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Horas extras y recargos en Colombia 2026: ¿Cuánto debes pagar (con tabla y ejemplos)?

Horas extras y recargos en Colombia 2026

🔴 Pagar mal las horas extras y los recargos es uno de los errores que más demandas y sanciones le genera a una pyme. Si liquidas con el porcentaje equivocado o no registras las horas, el trabajador puede reclamar las diferencias incluso después de salir, y el Ministerio del Trabajo puede multarte.

Y en 2026 cambió toda la cuenta: la jornada baja a 42 horas semanales el 15 de julio, lo que sube el valor de la hora ordinaria (con el salario mínimo pasa de $7.959 a $8.338). Además, el recargo nocturno arranca a las 7:00 p. m. y el dominical o festivo subió al 90%.

¡Sigue leyendo! 👇 Aquí tienes la diferencia entre hora extra y recargo, la tabla maestra con todos los porcentajes 2026, el valor de la hora con el salario mínimo y un ejemplo que puedes replicar con tus propios números.

¿Qué son las horas extras y los recargos? (no son lo mismo)

Confundirlos es el error más común y el que más plata cuesta. Son cosas distintas y se pagan distinto:

  • Hora extra (o trabajo suplementario): es el tiempo que tu colaborador trabaja por encima de su jornada pactada. Como no está incluido en el salario mensual, se paga completo más un recargo.
  • Recargo: es un pago adicional por trabajar en una condición especial (de noche, en domingo o festivo) dentro de su jornada ordinaria. Como ese tiempo ya está cubierto por el salario, solo se suma el recargo.

✅ La diferencia en una frase La hora extra se paga completa (la hora + su recargo) porque es tiempo de más. El recargo nocturno o dominical solo suma el porcentaje, porque esa hora ya está en el salario.

Para que no queden dudas, así se comparan:

AspectoHora extraRecargo (nocturno / dominical-festivo)
¿Qué es?Tiempo trabajado por encima de la jornada pactadaPago adicional por trabajar en condición especial dentro de la jornada
¿Cuándo aplica?Cuando se superan las horas del día o la semanaDe noche (7 p. m.–6 a. m.), en domingo o en festivo
¿Cómo se paga?La hora completa más su recargoSolo el porcentaje adicional (la hora ya está en el salario)
% de referencia 2026Diurna +25% · nocturna +75%Nocturno +35% · dominical/festivo +90%

También importa la franja horaria. El trabajo diurno va de 6:00 a. m. a 7:00 p. m. y el nocturno de 7:00 p. m. a 6:00 a. m. Una misma hora extra vale más si cae de noche, y más todavía si es domingo o festivo.

Qué cambió en 2026: jornada de 42 horas, nocturno desde las 7 p. m. y dominical al 90%

Tres cambios de la Reforma Laboral (Ley 2466 de 2025) y la Ley 2101 de 2021 modifican lo que pagas este año:

🔴 Jornada de 42 horas desde el 15 de julio de 2026. La jornada máxima baja de 44 a 42 horas semanales. El salario no baja, así que el valor de la hora ordinaria sube y, con él, todas las horas extras y recargos.

🔴 Recargo nocturno desde las 7:00 p. m. Antes empezaba a las 9:00 p. m. Ahora cualquier hora trabajada después de las 7:00 p. m. genera el recargo nocturno del 35%.

🔴 Dominical y festivo al 90%. Desde el 1 de julio de 2026 el recargo por trabajar domingo o festivo pasó del 80% al 90% (y llegará al 100% en julio de 2027).

Como el valor de la hora ordinaria es la base de todo, este es el punto de partida con el salario mínimo 2026 ($1.750.905):

JornadaVigencia en 2026Valor hora ordinaria (SMMLV)
44 horas/semanaHasta el 14 de julio≈ $7.959
42 horas/semanaDesde el 15 de julio≈ $8.338

💡 Si el salario de tu colaborador no es el mínimo, divide su salario mensual entre 220 (jornada de 44 h) o 210 (jornada de 42 h) para obtener su hora ordinaria.

Tabla maestra: todos los porcentajes 2026

Este es el recuadro para guardar. Cada porcentaje se aplica sobre el valor de la hora ordinaria. Ten en cuenta que el dominical/festivo subió el 1 de julio, así que hay dos columnas:

Tipo de horaRecargo (Ene 1 – Jun 30)Recargo (Jul 1 – Dic 31)
Hora extra diurna+25%+25%
Hora extra nocturna+75%+75%
Recargo nocturno (jornada ordinaria)+35%+35%
Trabajo dominical o festivo (diurno)+80%+90%
Recargo nocturno en dominical/festivo+115%+125%
Hora extra diurna en dominical/festivo+105%+115%
Hora extra nocturna en dominical/festivo+155%+165%

⚠️ Cuando se juntan dos condiciones (por ejemplo, hora extra y festivo y de noche), los porcentajes se suman. Por eso una hora extra nocturna en festivo es la más cara del calendario.

📚 Para profundizarReforma laboral 2026: todos los cambios — qué más cambió en jornada, contratos y costos laborales.
Recargo dominical y festivo 2026 — el detalle del 90% y el nuevo festivo del 13 de julio.

Cómo calcular las horas extras y recargos: paso a paso con ejemplo

El cálculo tiene tres pasos:

  1. Halla el valor de la hora ordinaria: salario mensual ÷ 220 (jornada de 44 h) o ÷ 210 (jornada de 42 h desde el 15 de julio).
  2. Identifica el tipo de hora: ¿es extra o recargo? ¿diurna o nocturna? ¿día normal, domingo o festivo?
  3. Aplica el porcentaje de la tabla maestra y multiplica por las horas trabajadas.

Veámoslo con un caso que puedes replicar:

🧮 Ejemplo — Restaurante «Sazón SAS» (agosto 2026, jornada de 42 h) Empleado con salario mínimo: $1.750.905 → hora ordinaria ≈ $8.338

Caso 1 — 2 horas extra diurnas entre semana (+25%):
2 × ($8.338 × 1,25) = 2 × $10.423 ≈ $20.845

Caso 2 — 3 horas el domingo en jornada ordinaria (recargo +90%):
3 × ($8.338 × 0,90) = 3 × $7.504 ≈ $22.513 (adicional, sobre el salario)

Caso 3 — 2 horas extra nocturnas un festivo (+165%):
2 × ($8.338 × 1,65) = 2 × $13.758 ≈ $27.515

✅ Fíjate en la diferencia: en el Caso 1 y 3 (horas extra) pagas la hora completa con su recargo. En el Caso 2 (recargo dominical) solo sumas el 90% adicional, porque ese domingo ya está cubierto por el salario mensual.

⚠️ Ojo con la fecha Si la jornada del cálculo es anterior al 15 de julio, usa la hora ordinaria de la jornada de 44 horas (≈ $7.959). Después de esa fecha, usa la de 42 horas (≈ $8.338). El valor cambia y con él todos los recargos.

Con Alegra Nómina no tienes que hacer esta cuenta a mano: el sistema identifica el tipo de hora, aplica el porcentaje vigente según la fecha y la jornada, y deja el comprobante listo por cada empleado.

Errores y límites legales que más le cuestan a las pymes

🔴 Pasarte del límite de horas extra. La ley permite máximo 2 horas extra al día y 12 a la semana. Superarlo expone a sanciones del Ministerio del Trabajo.

⚠️ Creer que aún necesitas permiso del Ministerio. Con la Ley 2466 de 2025 ya no se requiere autorización previa para horas extra. Pero sí debes llevar un registro detallado de cada una.

⚠️ No registrar las horas. Sin soporte, no puedes demostrar cuánto trabajó tu equipo. Ante una reclamación o una visita, el registro es tu respaldo.

⚠️ Olvidar que las horas extra son salario. Entran en la base de prima, cesantías y seguridad social. Si las dejas por fuera, subpagas prestaciones.

⚠️ Usar el porcentaje viejo. Después del 1 de julio el dominical es 90%, no 80%. Y el nocturno arranca a las 7 p. m., no a las 9.

💡 #AlegraTip No liquides las horas extra en una hoja de cálculo. Un porcentaje mal puesto, repetido cada quincena y por cada empleado, se convierte en una diferencia grande al cierre del año y en riesgo de reclamación. Automatiza el cálculo y guarda el registro de horas: es tu respaldo ante el Ministerio del Trabajo y la UGPP.
🔗 Lee tambiénLiquidación de nómina en Colombia 2026 — cómo se arma el pago completo de un empleado, paso a paso.
Cómo calcular las prestaciones sociales — dónde entran las horas extra y los recargos.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto vale una hora extra diurna en 2026?

Con el salario mínimo, la hora ordinaria es ≈ $8.338 desde el 15 de julio (jornada de 42 h). La hora extra diurna se paga con un 25% adicional: ≈ $10.423. Antes del 15 de julio, sobre la hora de 44 h (≈ $7.959), vale ≈ $9.949.

¿Desde qué hora se paga el recargo nocturno?

Desde las 7:00 p. m. y hasta las 6:00 a. m. (antes empezaba a las 9:00 p. m.). El recargo nocturno es del 35% sobre la hora ordinaria.

¿Cómo se calcula una hora extra nocturna?

Se paga la hora completa con un 75% adicional (×1,75). Si además es domingo o festivo, se suma el recargo dominical: en el segundo semestre de 2026 son 75% + 90% = 165%.

¿Cuántas horas extra puede trabajar un empleado?

Máximo 2 al día y 12 a la semana. Pasarse de ese tope no es legal y expone tu empresa a sanciones del Ministerio del Trabajo.

¿Qué pasa si no le pago bien las horas extra a mi empleado?

Genera un subpago que el trabajador puede reclamar, incluso tras terminar el contrato. Y como las horas extra son salario, también subpagas prima, cesantías y seguridad social.

¿Y si soy independiente o trabajo por mi cuenta?

Si trabajas por cuenta propia, sin contrato laboral, no aplican horas extra ni recargos. Pero si tienes personal contratado, sí debes reconocerles las horas extra y los recargos que generen.

🔴 Liquidar mal las horas extra no es un detalle: un porcentaje equivocado, multiplicado por tu equipo y por cada quincena, se vuelve reclamaciones, intereses y subpago de prestaciones que golpean tu flujo de caja.

Con Alegra Nómina las horas extra y los recargos se calculan automáticamente: el sistema reconoce el tipo de hora, aplica el porcentaje vigente según la fecha y la jornada, lleva el registro y deja el comprobante listo por cada empleado. Así pagas justo, cumples y no pierdes tiempo en fórmulas. 👉 Prueba Alegra gratis por 15 días.

¿Aún no quieres automatizar? Consulta nuestra de Guía de nómina 2026 con la tabla de horas extras y recargos. Y si tienes un caso puntual, valídalo con la Red de Profesionales Alegra para estar tranquilo.

Fuentes

👓 En resumen...

  • En 2026 cambió toda la cuenta: jornada de 42 horas desde el 15 de julio, nocturno desde las 7 p. m. y dominical/festivo al 90%.
  • La hora extra se paga completa; el recargo solo suma el porcentaje (esa hora ya está en el salario).
  • Con el SMMLV, la hora ordinaria pasa de $7.959 (44 h) a $8.338 (42 h).
  • Cuando se juntan condiciones (extra + festivo + noche), los porcentajes se suman.
  • Límite legal: 2 horas extra/día y 12/semana; ya no necesitas permiso del Ministerio, pero sí registrar las horas.

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Dana Becerra

contadora pública, especialista en Gerencia Tributaria y Auditoría de Impuestos, con pasantía académica en la Universidad Nacional Autónoma de México —UNAM—. Actualmente cursa una especialización en Marketing Digital & E-Commerce.Cuenta con más de 8 años de experiencia en la creación de contenido editorial y digital especializado en temas contables, tributarios y laborales para Latinoamérica. Su perfil combina criterio técnico, visión estratégica de contenido y capacidad para traducir normativa compleja en información clara, útil y accionable para contadores, empresarios y emprendedores.Su trabajo se enfoca en construir contenidos confiables, actualizados y orientados a la toma de decisiones empresariales, con respaldo normativo y enfoque práctico.
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Dana Becerra

contadora pública, especialista en Gerencia Tributaria y Auditoría de Impuestos, con pasantía académica en la Universidad Nacional Autónoma de México —UNAM—. Actualmente cursa una especialización en Marketing Digital & E-Commerce.Cuenta con más de 8 años de experiencia en la creación de contenido editorial y digital especializado en temas contables, tributarios y laborales para Latinoamérica. Su perfil combina criterio técnico, visión estratégica de contenido y capacidad para traducir normativa compleja en información clara, útil y accionable para contadores, empresarios y emprendedores.Su trabajo se enfoca en construir contenidos confiables, actualizados y orientados a la toma de decisiones empresariales, con respaldo normativo y enfoque práctico.
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