¿Eres empresario? Suscríbete a nuestro newsletter y permanece actualizado 💻 🚀

InicioAdministración y Finanzas

Recargo dominical y festivo 2026: ¿Cuánto te cuesta el nuevo festivo del 13 de julio?

Recargo dominical y festivo 2026 ¿Cuánto te cuesta el nuevo festivo del 13 de julio

🔴 Si tu negocio abre domingos o festivos, el 13 de julio de 2026 te va a costar más caro que el año pasado. Ese lunes es un nuevo festivo nacional (Ley 2578 de 2026) y cae justo cuando el recargo por trabajar en día de descanso sube. Pagar mal ese día te expone a reclamaciones de tus empleados y a sanciones del Ministerio del Trabajo, por el nuevo recargo dominical y festivo.

Desde el 1 de julio de 2026, cada hora trabajada en domingo o festivo se paga con un recargo del 90% sobre la hora ordinaria (antes era 80%). Con el salario mínimo 2026 de $1.750.905, ese recargo suma más de $7.000 adicionales por hora, por cada persona que tengas operando.

¡Sigue leyendo! 👇 Aquí tienes por qué el 13 de julio es festivo, la tabla con los recargos vigentes, un ejemplo con números reales que puedes replicar y los errores que más le cuestan a las pymes colombianas.

Recargo dominical y festivo 2026: ¿Cuánto te cuesta el nuevo festivo del 13 de julio?

Nuevo festivo en Colombia: ¿por qué el 13 de julio de 2026 es día de descanso?

El Gobierno sancionó la Ley 2578 de 2026, que declara el 9 de julio como Día de Nuestra Señora del Rosario de Chiquinquirá, patrona de Colombia. Es un festivo nacional de obligatorio cumplimiento, con descanso remunerado para el sector público y el privado.

Aquí está el detalle que afecta tu nómina: la ley aplica la Ley Emiliani (Ley 51 de 1983). Esa norma traslada ciertos festivos al lunes siguiente cuando no caen en lunes. En 2026, el 9 de julio cae jueves, así que el descanso se corre al lunes 13 de julio.

✅ Lo que cambia para tu negocio En 2026 tu calendario laboral tiene un festivo más: el lunes 13 de julio. Colombia pasa a tener 19 festivos en el año. Cada festivo es un día en el que, si operas, pagas recargo.

Para un dueño de pyme esto no es solo un dato del calendario. Es un día adicional de descanso remunerado que ya está incluido en el salario mensual de tu equipo. Y si necesitas que alguien trabaje ese día, se suma el recargo que verás a continuación.

Recargo dominical y festivo 2026: del 80% al 90%

El recargo por trabajar en domingo o festivo es un pago adicional sobre tu hora normal de trabajo. La Reforma Laboral (Ley 2466 de 2025) modificó el artículo 179 del Código Sustantivo del Trabajo y lo subió de forma gradual hasta llegar al 100%.

Este es el cronograma vigente. Fíjate en la fecha de cada cambio, porque ahí está el costo real:

PeríodoRecargoDesde cuándoReferencia legal
Hasta junio de 202575%Régimen anteriorArt. 179 CST
Julio 2025 – junio 202680%1 de julio de 2025Ley 2466 de 2025
🔴 Julio 2026 – junio 202790%1 de julio de 2026Ley 2466 de 2025
Desde julio de 2027100%1 de julio de 2027Ley 2466 de 2025
⚠️ La trampa del calendario El nuevo festivo del 13 de julio es posterior al 1 de julio. Por eso, a quien trabaje ese día ya le aplica el recargo del 90%, no el del 80%.
💡 Recuerda Desde diciembre de 2025, la jornada nocturna empieza más temprano: a las 7:00 p. m. (antes 9:00 p. m.). Si tu equipo trabaja el festivo en la noche, al recargo del 90% se le suma el recargo nocturno del 35%.
📚 Para profundizarReforma laboral 2026: todos los cambios — recargos, jornada de 42 horas y horas extras, explicados.
Cómo calcular las prestaciones sociales — dónde entran las horas extras y los recargos en la liquidación.

Cuánto te cuesta tener gente trabajando el 13 de julio (ejemplo con cifras 2026)

La fórmula es sencilla: valor de la hora ordinaria × porcentaje de recargo × horas trabajadas. El recargo se paga además del salario que ya cubre el día festivo.

Veamos el caso de una empresa real para que puedas replicarlo con tus propios números:

🧮 Ejemplo — Cafetería «La Esquina SAS»

  • Empleado con salario mínimo 2026: $1.750.905
  • Valor hora ordinaria de referencia (SMMLV ÷ 220, jornada de 44 h vigente en julio): ≈ $7.959
  • El empleado trabaja 8 horas el festivo del 13 de julio.

Recargo al 90% por hora: $7.959 × 0,90 ≈ $7.163 Costo adicional por la jornada de 8 horas:$57.300

Ese valor es extra, sobre el salario que ya tiene incluido el festivo.

Ahora compara lo que habrías pagado el año pasado (80%) con lo que pagas ahora (90%):

ConceptoRecargo 80% (hasta jun-2026)Recargo 90% (desde jul-2026)
Por hora≈ $6.367≈ $7.163
Jornada de 8 horas≈ $50.935≈ $57.300
Diferencia por persona/día≈ + $6.367

Parece poco por una persona. Pero multiplícalo por tu equipo de fin de semana y por la cantidad de festivos del año: ahí está el impacto real en tu flujo de caja.

⚠️ Ten esto en cuenta El valor de la hora ordinaria depende de tu jornada. El ejemplo usa la jornada de 44 horas vigente el 13 de julio. Desde el 15 de julio de 2026 baja a 42 horas (Ley 2101), lo que sube todavía más el valor de la hora y, por ende, el recargo. Por eso las cifras son aproximadas. Para no equivocarte persona por persona, Alegra Nómina calcula el recargo automáticamente con el salario y las horas de cada empleado, y deja el comprobante listo.
🔗 Lee tambiénLiquidación de nómina en Colombia 2026: guía completa — el cálculo completo del pago de un empleado, paso a paso.

¿Siempre pagas recargo? Ocasional, habitual y día compensatorio

No todos los casos se pagan igual. La clave está en cuántos domingos o festivos al mes trabaja la persona. Usa esta tabla como guía de decisión:

Situación¿Pagas recargo del 90%?¿Das día compensatorio?
El empleado no trabaja el festivoNo (el día ya está pagado en su salario)No
Trabaja de forma ocasional (1 o 2 festivos/domingos al mes)✅ SíNo (puede elegir dinero)
Trabaja de forma habitual (3 o más al mes)✅ Sí✅ Sí, descanso compensatorio remunerado
✅ En palabras simples Si tu colaborador trabaja festivos de vez en cuando, le pagas el recargo del 90%. Si lo hace casi todos los fines de semana, además del recargo le debes dar un día de descanso compensatorio en la semana siguiente.
⚠️ Ojo con esto Si los recargos son habituales, entran al promedio salarial. Eso eleva la base con la que calculas la prima y las cesantías. Lo explicamos en la guía de prima de servicios para empresarios.

Errores que más le cuestan a las pymes con los festivos

Estos son los descuidos que más generan reclamaciones y sanciones. Revísalos antes del 13 de julio:

🔴 Seguir pagando el 80% después del 1 de julio. Desde esa fecha el recargo es 90%. Pagar de menos es un subpago que el trabajador puede reclamar.

⚠️ Olvidar que el festivo trasladado cuenta como festivo. El descanso es el lunes 13, no el jueves 9. El recargo aplica al día efectivo de descanso.

⚠️ No dar el día compensatorio al trabajador habitual. Si trabaja 3 o más festivos al mes, el compensatorio es obligatorio, no opcional.

⚠️ Ignorar el recargo nocturno desde las 7:00 p. m. Si la jornada del festivo entra en la noche, se suma el 35% nocturno al 90% del festivo.

⚠️ No incluir los recargos habituales en prima y cesantías. Es uno de los errores más frecuentes y más costosos en una liquidación.

💡 #AlegraTip No calcules los recargos a mano en una hoja de cálculo. Un solo error de porcentaje, repetido en cada festivo y en cada empleado, se convierte en una diferencia grande al final del año. Automatiza el cálculo y deja la trazabilidad lista por si el Ministerio del Trabajo o la UGPP la piden.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es el recargo dominical y festivo en 2026?

Desde el 1 de julio de 2026 es del 90% sobre el valor de la hora ordinaria. Entre julio de 2025 y junio de 2026 fue del 80%, y desde julio de 2027 será del 100%.

¿El 13 de julio de 2026 es festivo de verdad?

Sí. La Ley 2578 de 2026 declaró el 9 de julio como festivo nacional. Como en 2026 cae jueves, por la Ley Emiliani el descanso remunerado se traslada al lunes 13 de julio.

¿Qué pasa si no le pago el recargo del 90% a mi empleado?

Estás generando un subpago que el trabajador puede reclamar, incluso después de terminar el contrato. Además te expones a sanciones del Ministerio del Trabajo y a costos por intereses y reliquidaciones.

¿Tengo que dar día compensatorio si mi empleado trabaja el festivo?

Solo si trabaja domingos o festivos de forma habitual (3 o más al mes). En ese caso, además del recargo, le debes un descanso compensatorio remunerado. Si es ocasional, basta con pagar el recargo.

¿Cómo se calcula el recargo si trabajan de noche el festivo?

Se suman dos recargos: el 90% del festivo más el 35% nocturno, aplicables a las horas trabajadas después de las 7:00 p. m. Ambos van sobre el valor de la hora ordinaria.

¿Y si soy independiente o trabajo por mi cuenta?

Si trabajas por cuenta propia y no tienes contrato laboral, no recibes recargo: ese pago aplica a la relación empleador–trabajador. Pero si tienes personal contratado, sí debes reconocer el recargo del 90% a quienes trabajen ese día.

🔴 Pagar mal un festivo no es un descuido menor: un error de porcentaje repetido en cada empleado y en cada fin de semana se convierte en reclamaciones, intereses y reliquidaciones que golpean tu flujo de caja.

Con Alegra Nómina liquidas los recargos dominicales y festivos de forma automática: el sistema aplica el porcentaje vigente (90% en el segundo semestre de 2026), suma el recargo nocturno cuando corresponde, gestiona el día compensatorio del trabajador habitual y deja el comprobante listo para cada empleado. Así llegas al 13 de julio con la nómina resuelta, no improvisando. 👉 Prueba Alegra gratis por 15 días.

¿Aún no estás listo para automatizar? Descarga el Calendario laboral 2026 con todos los festivos del año (incluido el nuevo 13 de julio) para planear tus turnos con tiempo. Y si tienes dudas puntuales sobre tu caso, apóyate en la Red de Profesionales Alegra para validar tus cálculos con un contador.

Fuentes

👓 En resumen...

  • El 13 de julio de 2026 es nuevo festivo nacional (Ley 2578); el 9 de julio se traslada al lunes por la Ley Emiliani.
  • Desde el 1 de julio de 2026, el recargo dominical y festivo sube del 80% al 90%.
  • A quien trabaje el 13 de julio ya le aplica el 90%: con el SMMLV son más de $7.000 extra por hora.
  • Si el trabajo en festivos es habitual (3+ al mes), además del recargo das día compensatorio.
  • Automatizar el cálculo evita subpagos, reclamaciones y sanciones.

Imagen de Dana Becerra

Dana Becerra

contadora pública, especialista en Gerencia Tributaria y Auditoría de Impuestos, con pasantía académica en la Universidad Nacional Autónoma de México —UNAM—. Actualmente cursa una especialización en Marketing Digital & E-Commerce.Cuenta con más de 8 años de experiencia en la creación de contenido editorial y digital especializado en temas contables, tributarios y laborales para Latinoamérica. Su perfil combina criterio técnico, visión estratégica de contenido y capacidad para traducir normativa compleja en información clara, útil y accionable para contadores, empresarios y emprendedores.Su trabajo se enfoca en construir contenidos confiables, actualizados y orientados a la toma de decisiones empresariales, con respaldo normativo y enfoque práctico.
Imagen de Dana Becerra

Dana Becerra

contadora pública, especialista en Gerencia Tributaria y Auditoría de Impuestos, con pasantía académica en la Universidad Nacional Autónoma de México —UNAM—. Actualmente cursa una especialización en Marketing Digital & E-Commerce.Cuenta con más de 8 años de experiencia en la creación de contenido editorial y digital especializado en temas contables, tributarios y laborales para Latinoamérica. Su perfil combina criterio técnico, visión estratégica de contenido y capacidad para traducir normativa compleja en información clara, útil y accionable para contadores, empresarios y emprendedores.Su trabajo se enfoca en construir contenidos confiables, actualizados y orientados a la toma de decisiones empresariales, con respaldo normativo y enfoque práctico.
Suscribirse
Notificar de
guest
0 Comentarios
Más antigua
Más reciente La Mayoría De Los Votaron

Actualizado el 5 junio, 2026
9 min de lectura

Compartir en

Buscar

Recibe información y herramientas actualizadas para tomar decisiones con inteligencia empresarial.

Únete a la comunidad en WhastApp donde podrás tener novedades y noticias al momento. ¡Círculo de Líderes te espera!

Guía: ¿Cómo liquidar la prima de servicios 2026 en Colombia?
Descarga gratis nuestra guía para liquidar la prima de servicios en Colombia
Gracias por compartirnos tus datos

Haz clic en el botón para descargar la guía. Entérate de todo sobre los cambios tributarios y fiscales de la DGII en nuestro Instagram @AlegraRD