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ToggleSi tenés empleados en tu empresa, las cargas sociales son uno de los costos más importantes de tu planilla — y en 2026 cambiaron. Desde el 1.° de enero, la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) ajustó las cuotas del régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), lo que eleva el aporte patronal total a 26,83% sobre el salario bruto de cada trabajador.
Si no actualizaste tu sistema de planilla con estos nuevos porcentajes, podés estar pagando de menos, y eso tiene consecuencias: recargos, multas y revisiones de la CCSS.
En esta guía encontrás los porcentajes exactos vigentes para 2026, un ejemplo de cálculo con un salario típico en colones y todo lo que necesitás saber para tener tu planilla al día.
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¿Qué son las cargas sociales y por qué cambiaron en 2026?
Las cargas sociales son los aportes obligatorios que todo patrono debe pagar a la CCSS y a otras instituciones del Estado por cada trabajador que tiene en planilla. No son opcionales: son una obligación legal establecida en el Código de Trabajo y en los reglamentos del Seguro de Salud y del régimen IVM.
El cambio de 2026 se concentra específicamente en el régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM). La Junta Directiva de la CCSS aprobó en 2019 incrementos graduales y programados en este rubro para fortalecer la sostenibilidad financiera del fondo de pensiones, que enfrenta presiones por envejecimiento poblacional y menor densidad de cotización. El ajuste de 2026 es el tercero en este ciclo y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2028.
⚠️ Nota importante
El ajuste de las cuotas IVM rige desde el 1.° de enero de 2026 y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2028. Su base legal es el Transitorio XI del Reglamento del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), aprobado en la Sesión N.° 9038 de 2019 de la Junta Directiva de la CCSS. El incumplimiento genera diferencias, recargos e intereses que la CCSS puede cobrar retroactivamente.
Tabla de cargas sociales patronales 2026: porcentajes exactos por rubro
A continuación encontrás el desglose completo de lo que pagás como patrono por cada trabajador en planilla. El único rubro que cambió respecto a 2025 es el IVM: pasó de 5,42% a 5,58%. El resto se mantiene igual.
| Rubro | % Patronal 2025 | % Patronal 2026 | Cambio |
|---|---|---|---|
| Seguro de Salud y Maternidad (SEM) | 9,25% | 9,25% | Sin cambio |
| Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) | 5,42% | 5,58% | +0,16 pp ⬆️ |
| Fondo de Capitalización Laboral (FCL) | 1,50% | 1,50% | Sin cambio |
| Operadora de Pensiones Complementaria (OPC) | 2,00% | 2,00% | Sin cambio |
| FODESAF (Fondo Desarrollo Social) | 5,00% | 5,00% | Sin cambio |
| IMAS | 0,50% | 0,50% | Sin cambio |
| INA (Instituto Nacional de Aprendizaje) | 1,50% | 1,50% | Sin cambio ⚠️ |
| Banco Popular — cuota patronal | 0,25% | 0,25% | Sin cambio |
| Banco Popular — Ley Protección Trabajador | 0,25% | 0,25% | Sin cambio |
| INS — Riesgos del Trabajo | Variable* | Variable* | Sin cambio |
| TOTAL PATRONAL | 26,67% | 26,83% | +0,16 pp |
*La prima del INS (Riesgos del Trabajo) varía según la actividad económica y el nivel de riesgo de tu empresa. Consultá con el INS el porcentaje exacto aplicable a tu caso.
⚠️ Excepción INA: Los patronos no agrícolas con menos de 5 trabajadores permanentes no pagan el aporte al INA (1,50%). En ese caso, el total patronal es aproximadamente 25,33% para 2026.
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Aportes de los trabajadores en 2026: lo que se deduce del salario
Además de las cargas patronales, vos como empleador también sos responsable de retener y depositar los aportes de tus trabajadores. Acá te mostramos lo que se descuenta del salario bruto de cada colaborador:
| Rubro | % Obrero 2025 | % Obrero 2026 | Cambio |
|---|---|---|---|
| Seguro de Salud y Maternidad (SEM) | 5,50% | 5,50% | Sin cambio |
| Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) | 4,17% | 4,33% | +0,16 pp ⬆️ |
| Banco Popular | 1,00% | 1,00% | Sin cambio |
| TOTAL OBRERO | 10,67% | 10,83% | +0,16 pp |
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Con Alegra podés calcular la planilla con las tasas 2026 ya incorporadas y generar los reportes para la CCSS sin tener que actualizar manualmente una hoja de cálculo cada vez que cambian las tasas. El sistema refleja los porcentajes vigentes automáticamente — vos solo revisás y aprobás.
Ejemplo de cálculo: ¿cuánto cuesta un empleado con salario de ₡600.000 en 2026?
Para que los números sean concretos, veamos un ejemplo real con un trabajador que gana ₡600.000 mensuales de salario bruto:
| Concepto | Cálculo | Monto (₡) |
|---|---|---|
| Salario bruto | — | ₡600.000 |
| Carga patronal total (26,83%) | ₡600.000 × 26,83% | ₡160.980 |
| Costo real del empleado para la empresa | — | ₡760.980 |
| Deducción obrera (10,83%) | ₡600.000 × 10,83% | ₡64.980 |
| Salario neto que recibe el trabajador | — | ₡535.020 |
En términos prácticos: por cada ₡600.000 de salario bruto, tu empresa desembolsa casi ₡761.000. Eso significa que el costo laboral real es un 26,83% más alto que el salario acordado. Este dato es fundamental para presupuestar nuevas contrataciones correctamente.
¿Qué cambió vs. 2025? El aumento de 0,16 puntos porcentuales en el IVM representa, para este mismo empleado, ₡960 más al mes de cargo patronal y ₡960 más de deducción obrera. Parece poco, pero si tenés 10 empleados con salarios similares, son casi ₡10.000 adicionales por mes que tu empresa debe presupuestar.
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¿Cuándo y cómo se pagan las cargas sociales a la CCSS?
Conocer los porcentajes es solo la mitad del trabajo. También necesitás saber cuándo pagar para no caer en mora:
- Presentación de planilla: del 26 de cada mes al cuarto día hábil del mes siguiente (para grandes empresas, hasta el tercer día hábil).
- Pago de las cuotas: del 16 al 20 de cada mes en la Oficina Virtual de la CCSS (ovitribucr.hacienda.go.cr para trámites tributarios relacionados).
- Base Mínima Contributiva (BMC): si el salario de un trabajador es menor a ₡333.328 (SEM) o ₡311.990 (IVM), la CCSS ajusta el cálculo a esa base mínima, salvo excepciones por ingreso reciente, incapacidad o permiso sin goce.
- Aguinaldo: también está sujeto a cargas sociales — no lo omitás en el cálculo de diciembre.
- Horas extra: las cargas sociales aplican sobre el salario total devengado, incluyendo recargos por horas extra.
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⚠️ Nota importante
Un error en los porcentajes de planilla puede generar diferencias que la CCSS cobra con recargos e intereses de forma retroactiva. Si venís calculando con las tasas de 2025 desde enero, revisá si hay diferencias acumuladas y regularizalas antes de que llegue una fiscalización.
📖 Oficina Virtual CCSS para patronos — Presentación de planillas y pagos
Qué hacer si tu software de planilla no tiene las tasas 2026 actualizadas
Muchos sistemas de planilla requieren que actualices los parámetros manualmente cuando cambian las tasas. Si tu software no lo hizo automáticamente en enero 2026, estos son los pasos que debés seguir:
- Identificá el rubro IVM patronal en la configuración de tu sistema de planilla.
- Cambiá el porcentaje de 5,42% a 5,58% para la cuota patronal del IVM.
- Cambiá el porcentaje de 4,17% a 4,33% para la cuota obrera del IVM.
- Verificá el total patronal: debe sumar 26,83% (o 25,33% si sos patrono no agrícola con menos de 5 empleados).
- Recalculá la planilla desde enero 2026 para identificar si hay diferencias acumuladas que regularizar.
- Comunicá el ajuste a tus trabajadores: explicales que la leve reducción en su salario neto se debe al aumento en el aporte al IVM, un ajuste programado por ley.
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Si usás Alegra para gestionar tu contabilidad y costos de nómina, el sistema ya incluye las tasas vigentes 2026 para que el cálculo sea automático. No necesitás actualizarlo manualmente cada vez que la CCSS ajuste las tasas — Alegra lo refleja desde el primer momento. Probálo gratis y evitá errores de planilla.
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Preguntas frecuentes sobre cargas sociales CCSS 2026
¿Cuánto es el aporte patronal total a la CCSS en 2026?
El aporte patronal total en 2026 es de 26,83% sobre el salario bruto de cada trabajador. Este porcentaje incluye el Seguro de Salud y Maternidad (SEM), el régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), el Fondo de Capitalización Laboral (FCL), la Operadora de Pensiones Complementaria, FODESAF, IMAS, INA y Banco Popular. La prima del INS (Riesgos del Trabajo) se suma a este total y varía según la actividad económica de tu empresa. Si tu empresa no es agrícola y tenés menos de 5 trabajadores permanentes, el total aproximado es de 25,33% porque no aplicás el aporte al INA.
¿Qué cambió en las cargas sociales de 2025 a 2026?
El único rubro que cambió fue el aporte al régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM). La cuota patronal pasó de 5,42% a 5,58% (+0,16 puntos porcentuales) y la cuota obrera pasó de 4,17% a 4,33% (+0,16 pp). Los demás rubros (SEM, FCL, OPC, FODESAF, IMAS, INA, Banco Popular) se mantienen sin cambios. Este ajuste fue aprobado en 2019 y responde a un plan gradual de fortalecimiento del fondo de pensiones que continuará hasta 2028.
¿Hasta cuándo rige el nuevo porcentaje de IVM?
Las tasas actuales de IVM —5,58% patronal y 4,33% obrera— rigen desde el 1.° de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2028. A partir del 1.° de enero de 2029, los aportes subirán nuevamente según el cronograma aprobado por la Junta Directiva de la CCSS. El aporte tripartito total del IVM (patrono + trabajador + Estado) alcanzará el 12,16% en ese próximo ajuste.
¿El aguinaldo también paga cargas sociales?
Sí. El aguinaldo está sujeto a cargas sociales tanto patronales como obreras en Costa Rica. Esto aplica sobre el monto completo del aguinaldo que correspondería al período. Es un error frecuente omitirlo en el cálculo de diciembre. También aplicá las mismas tasas sobre horas extra, vacaciones disfrutadas y cualquier otra remuneración derivada de la relación laboral.
¿Qué pasa si no actualizo las tasas en mi planilla desde enero?
Si seguiste calculando con los porcentajes de 2025 desde enero 2026, tenés diferencias acumuladas a favor de la CCSS. La CCSS puede detectar estas diferencias en una fiscalización y cobrarlas con recargos e intereses retroactivos. Lo más conveniente es calcular las diferencias mes por mes desde enero, hacer el ajuste y regularizar antes de que llegue un requerimiento. Si tenés dudas, consultá con un contador o directamente con la sucursal de la CCSS más cercana.
¿Cómo presento la planilla de la CCSS en 2026?
La planilla se presenta a través de la Oficina Virtual de la CCSS (disponible en ccss.sa.cr). El período de presentación es del 26 de cada mes al cuarto día hábil del mes siguiente. Para grandes empresas, el plazo es hasta el tercer día hábil. El pago de las cuotas se realiza del 16 al 20 de cada mes. Asegurate de tener actualizadas las tasas del IVM antes de generar la planilla del mes.
¿Las tasas aplican igual para trabajadores a tiempo parcial?
Sí, los mismos porcentajes de cargas sociales aplican sobre el salario proporcional del trabajador a tiempo parcial. Si el salario resultante es menor a la Base Mínima Contributiva (₡333.328 para SEM o ₡311.990 para IVM), la CCSS ajusta el cálculo a esa base mínima, salvo excepciones por ingreso reciente al empleo, incapacidades o permisos sin goce de salario que abarquen más de quince días.
Fuentes
- Portal oficial de la CCSS para patronos. Caja Costarricense de Seguro Social. 2026.
- Cargas sociales suben en 2026: conozca cuánto pagarán trabajadores y patronos. La Nación. Diciembre 2025.
- Nuevas tasas y orden de prioridad en rebajos de planilla en Costa Rica. BLP Legal. Octubre 2025.
- Ajuste en las cuotas obrero-patronales de la CCSS: cambios vigentes a partir de enero de 2026. GlobaLex. Diciembre 2025.
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