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Declaración de sociedades inactivas en Costa Rica: todo lo que necesitas saber

declaración de sociedades inactivas

La declaración de sociedades inactivas es un requisito fiscal obligatorio en Costa Rica. Aunque estas entidades no generan ingresos, deben informar anualmente su situación mediante el formulario D-195. A continuación, se responden las principales preguntas sobre este proceso.

¿Qué es una sociedad inactiva en Costa Rica?

Es una persona jurídica registrada que no realiza actividades económicas. A pesar de su inactividad, debe presentar el formulario D-195 Costa Rica y mantener actualizado el Registro Único Tributario (RUT).

¿Cuáles son las obligaciones fiscales sociedades inactivas?

Las sociedades inactivas deben cumplir con ciertas responsabilidades fiscales para mantenerse en regla. A continuación, se detallan las principales obligaciones:

  • Formulario D-195: declaración anual en la plataforma Administración Tributaria Virtual (ATV).
  • Actualización del RUT: mantener los datos de la sociedad al día.
  • Pago del impuesto a las personas jurídicas conforme a la Ley N° 9428.

¿Qué es el formulario D-195 y cómo se presenta?

Este es el documento oficial para declarar la situación fiscal de sociedades inactivas. Se presenta en línea a través de la plataforma ATV:

  1. Ingrese a la ATV con usuario y contraseña.
  2. Seleccione Declaraciones/D-195.
  3. Complete los datos (activos, pasivos y patrimonio).
  4. Verifique y envie la declaración.

¿Cuál es el plazo para presentar la declaración de sociedades inactivas?

El plazo máximo para presentar la declaración de sociedades inactivas es hasta el 30 de abril de cada año. Es importante realizar este trámite dentro del plazo establecido para evitar sanciones y mantener la sociedad en cumplimiento con las obligaciones fiscales.

¿Qué sanciones aplican por no presentar la declaración?

Existen diversas sanciones por no declarar sociedades inactivas dentro del plazo establecido.  Según Hacienda, la multa es de medio salario base por mes o fracción de mes ¢231.100,00, sin que supere el monto de 3 salarios base ¢1.386.600,00. Aquí le explicamos con más detalle: 

SituaciónCondiciónReducción (%)Monto a Pagar ()
Subsanación voluntaria y espontánea, antes de cualquier actuación de la Administración Tributaria:

Presenta la declaraciónSin requerimiento previo de la Administración Tributaria75%₡57.775
Presenta la declaración y paga la sanción de inmediatoAutoliquida y paga al momento de presentar la declaración80%₡46.22
Después de la actuación de la Administración Tributaria, antes de la notificación de la resolución sancionatoria:

Presenta la declaraciónTras la actuación de la Administración, pero antes de recibir la notificación50%₡115.55
Presenta la declaración y paga la sanción de inmediatoAutoliquida y paga al presentar la declaración55%₡103.995
Después de la notificación de la resolución sancionatoria

Acepta los hechos y presenta la declaraciónNo impugna la resolución y presenta la declaración25%₡173.325
Presenta la declaración y paga la sanción de inmediatoAutoliquida y paga al momento de presentar la declaración30%₡161.77

¿Cómo se actualiza la información en el Registro Único Tributario?

Para actualizar la información en el Registro Único Tributario (RUT), siga estos pasos:

  1. Ingrese a la plataforma ATV con su usuario y contraseña.
  2. Seleccione la opción Actualización de Datos del Contribuyente en el menú principal.
  3. Complete los campos requeridos, incluyendo los datos personales, dirección y cualquier cambio en la situación de la sociedad.
  4. Revise la información ingresada y confirme la actualización.
  5. Guarde el comprobante de la actualización para sus registros.

¿Es necesario presentar la declaración si la sociedad no tiene bienes ni movimientos?

Sí. Es obligatorio presentar el formulario D-195, incluso si la sociedad no posee bienes ni ha tenido movimientos financieros. En este caso, debe completarse declarando en ceros, asegurando que la información proporcionada refleje la ausencia de activos, pasivos y patrimonio. Este requisito aplica para todas las sociedades inactivas registradas, evitando así sanciones por omisión de la declaración.

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¿Qué información incluye el formulario D-195?

Este formulario requiere datos esenciales para identificar y describir la situación fiscal de la sociedad. La información incluye:

  • Identificación: nombre, cédula jurídica y actividad económica.
  • Patrimonio: detalle de activos, pasivos y patrimonio.
  • Contacto: dirección, teléfono y correo electrónico.

¿Cómo afecta la disolución de una sociedad inactiva?

La disolución de una sociedad inactiva tiene varias implicaciones legales y fiscales que deben ser consideradas:

  • Pérdida de personalidad jurídica: la sociedad deja de existir legalmente, pero debe cumplir sus obligaciones pendientes durante la liquidación.
  • Liquidación: consiste en vender activos, pagar pasivos y distribuir el remanente entre los socios.
  • Obligaciones fiscales: debe presentar declaraciones anuales, como el formulario D-195.
  • Responsabilidad legal: el último representante legal gestiona la liquidación si no hay liquidador designado.
  • Reinscripción: es posible si se cumplen los requisitos dentro del plazo establecido.

¿Dónde obtener asistencia para completar la declaración?

Si necesita ayuda para realizar la declaración de sociedades inactivas, puede acudir a las siguientes opciones:

  • Portal ATV: ingrese al portal de ATV con su número de identificación y contraseña. Seleccione «Informativas» y luego «Presentar Declaraciones Informativas» para acceder al formulario D-195.
  • Centro de Información Tributaria: llame al 2539-4000 para recibir asistencia sobre el llenado y presentación D-195 en línea.
  • Plataformas Online: utilice servicios como INFOyASISTENCIA y TRAVI, donde un chatbot puede resolver tus dudas sobre la declaración informativa.

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👓 En resumen...

Las sociedades inactivas en Costa Rica, aunque no generen ingresos, deben presentar anualmente el formulario D-195 en la plataforma ATV y actualizar su Registro Único Tributario (RUT). Además, deben pagar el impuesto a las personas jurídicas. La declaración se realiza hasta el 30 de abril para evitar multas.

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Luis Maraví

Comunicador y periodista que ama la contabilidad, los retos y las películas de superhéroes. Lo que más valoro es una buena conversación sobre negocios y emprendimiento.

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Actualizado el 31 de marzo de 2025
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