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ToggleSi hoy emite con la versión 4.3 o no ha ajustado su sistema, una validación podría rechazar sus facturas y detener su cobranza. En los próximos minutos verá qué cambió, cuándo aplica y cómo cumplir sin estrés con la facturación electrónica 4.4 en Costa Rica para pymes y medianas empresas 👇.
¿Qué necesito saber sobre la facturación 4.4 en Costa Rica?
¡Atención, Tico! 😉 Aquí le mostramos 4 cosas impensables que debe saber de la facturación 4.4.
👉 ¿Qué es?
La versión 4.4 actualiza, estructura y valida todos los comprobantes electrónicos en Costa Rica (factura, tiquete, compra, exportación, notas y Recibo Electrónico de Pago—REP) de acuerdo a la normativa de la Dirección General de Tributación.
👉¿Desde cuándo?
El uso voluntario tendría fecha a partir de 01 de abril del 2025.
La obligatoriedad es desde 01 de septiembre del 2025 (con prórrogas caso a caso hasta inicios de octubre para algunos contribuyentes).
💡#TipAlegra: la plataforma TRIBU‑CR puede utilizarse a partir de 06 de octubre del 2025.
👉 ¿Qué cambia para usted? Puntos clave 😉
Habrá nuevos medios de pago, por ejemplo, SINPE Móvil, campo de proveedor de sistemas, códigos de descuento, mejoras en impuestos (incluye “IVA a nivel de fábrica”), REP para ciertas ventas a crédito y pagos al Estado, y más controles sobre CAByS.
👉 Lo que viene
Adopción obligatoria de CIIU 4 en comprobantes a partir del 06 de octubre del 2025 (transición breve desde 1 septiembre de 2025).
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¿Qué es la versión 4.4 y a quién aplica?
La versión 4.4 es la nueva estructura técnica para emitir comprobantes electrónicos en Costa Rica. La definió el Ministerio de Hacienda mediante el Decreto 44739‑H y la Resolución MH‑DGT‑RES‑0027‑2024.
. Aplica a todo obligado tributario que emite comprobantes electrónicos.
Fechas clave y qué debe hacer en cada una

Hacienda confirmó el 01 de septiembre del 2025 como fecha general para 4.4 y publicó listados oficiales de prórrogas para casos justificados; TRIBU‑CR se reprogramó al 06 de octubre del 2025.
¿Qué cambios normativos impactan a pymes y medianas empresas?
Aquí le decimos los 9 cambios normativos de la facturación 4.4 en Costa Rica que impactarán directamente a pymes y medianas empresas 👇.
- Recibo Electrónico de Pago (REP): documenta pagos parciales en ventas a crédito con IVA diferido (hasta 90 días) y ciertos servicios al Estado. Úselo para reflejar abonos y trazabilidad.
- Campo “Proveedor de sistemas”: identifica el software con el que usted emite. Aumenta control y soporte ante auditorías.
- Medios de pago ampliados: se agregan SINPE Móvil y plataformas digitales; ahora el comprobante debe desglosar el monto por cada medio usado.
- Actividad económica del receptor: se incorpora el código de actividad del cliente en la factura. Hacienda avisó que su uso obligatorio se comunicará; en paralelo se exige migrar a CIIU 4.
- Identificaciones nuevas en Factura de Compra: se habilitan Extranjero no domiciliado y No contribuyente con reglas específicas de datos y ubicación.
- Descuentos con código y motivo: cada descuento debe llevar código (catálogo oficial) y, si aplica “Otros”, describir la naturaleza. Evite rechazos por falta de justificación.
- Impuestos específicos y “IVA a nivel de fábrica”: se agregan campos para calcular y desglosar correctamente impuestos especiales y el IVA cobrado a nivel de fábrica.
- CAByS y combos/surtidos: mejoras para paquetes/combos: detalle de los componentes y controles de CAByS; en exportación, la partida arancelaria es obligatoria si aplica.
- Moneda y tipo de cambio: se exige informar código de moneda y tipo de cambio; el total debe cuadrar con los montos por medio de pago.
¿Qué errores comunes debo evitar en la facturación 4.4?
| No desglosar el pago por método | Active campos de medios de pago y concilie totales. |
| Descuento sin código | Use el catálogo de códigos de descuento y describa “Otros”. |
| Omitir datos en Factura de Compra a no domiciliados | Aplique los nuevos tipos de identificación y reglas de ubicación. |
| No migrar a CIIU 4 a tiempo | Programe la actualización antes del 06 de octubre del 2025. |
Preguntas frecuentes
- ¿Qué comprobantes abarca 4.4?
Factura, tiquete, factura de compra, exportación, notas y REP.
- ¿Puedo seguir usando 4.3?
¡No! 😱 Desde el 01 de septiembre del 2025, salvo que tenga una prórroga otorgada por Hacienda (con fecha propia de vencimiento).
- ¿Qué pasa si mi proveedor no está listo?
Debe actualizar o cambiar; el campo “proveedor de sistemas” y las nuevas validaciones exigen cumplimiento técnico.
- ¿Cuándo será obligatoria la CIIU 4?
Desde el 06 de octubre del 2025 para comprobantes emitidos con 4.4.
- ¿Debo incluir siempre la actividad del receptor?
El campo existe en 4.4; Hacienda comunicará su uso obligatorio. Prepare su captura de datos desde ahora.
- ¿Se agregaron nuevos medios de pago?
¡Sí! SINPE Móvil y plataformas digitales, con desglose por método.
- ¿Dónde veo los cambios oficiales y anexos?
En los Anexos y Estructuras 4.4 del portal ATV y la presentación de “Generalidades y Versión 4.4”.
¡Ya lo sabe todo! Evite rechazos, automatice el REP y cumpla con CIIU 4 sin dolores de cabeza. Alegra implementó soporte para la versión 4.4 (cambios estructurales, REP, medios de pago, campos y validaciones), con guías prácticas para configurar su cuenta.
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