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Facturación electrónica 4.4 en Costa Rica: guía para pymes y medianas empresas

Facturación electrónica 4.4

Si hoy emite con la versión 4.3 o no ha ajustado su sistema, una validación podría rechazar sus facturas y detener su cobranza. En los próximos minutos verá qué cambió, cuándo aplica y cómo cumplir sin estrés con la facturación electrónica 4.4 en Costa Rica para pymes y medianas empresas 👇. 

¿Qué necesito saber sobre la facturación 4.4 en Costa Rica? 

¡Atención, Tico! 😉 Aquí le mostramos 4 cosas impensables que debe saber de la facturación 4.4. 

👉 ¿Qué es?

La versión 4.4 actualiza, estructura y valida todos los comprobantes electrónicos en Costa Rica (factura, tiquete, compra, exportación, notas y Recibo Electrónico de Pago—REP) de acuerdo a la normativa de la Dirección General de Tributación.

👉¿Desde cuándo?

El uso voluntario tendría fecha a partir de 01 de abril del 2025

La obligatoriedad es desde 01 de septiembre del 2025 (con prórrogas caso a caso hasta inicios de octubre para algunos contribuyentes). 

💡#TipAlegra: la plataforma TRIBU‑CR puede utilizarse a partir de 06 de octubre del 2025.

👉 ¿Qué cambia para usted? Puntos clave 😉

Habrá nuevos medios de pago, por ejemplo, SINPE Móvil, campo de proveedor de sistemas, códigos de descuento, mejoras en impuestos (incluye “IVA a nivel de fábrica”), REP para ciertas ventas a crédito y pagos al Estado, y más controles sobre CAByS.

👉 Lo que viene

Adopción obligatoria de CIIU 4 en comprobantes a partir del 06 de octubre del 2025 (transición breve desde 1 septiembre de 2025).

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¿Qué es la versión 4.4 y a quién aplica?

La versión 4.4 es la nueva estructura técnica para emitir comprobantes electrónicos en Costa Rica. La definió el Ministerio de Hacienda mediante el Decreto 44739‑H y la Resolución MH‑DGT‑RES‑0027‑2024.

. Aplica a todo obligado tributario que emite comprobantes electrónicos.

Fechas clave y qué debe hacer en cada una

Fechas de facturación 4.4 en Costa Rica

Hacienda confirmó el 01 de septiembre del 2025 como fecha general para 4.4 y publicó listados oficiales de prórrogas para casos justificados; TRIBU‑CR se reprogramó al 06 de octubre del 2025. 

¿Qué cambios normativos impactan a pymes y medianas empresas?

Aquí le decimos los 9 cambios normativos de la facturación 4.4 en Costa Rica que impactarán directamente a pymes y medianas empresas 👇.

  1. Recibo Electrónico de Pago (REP): documenta pagos parciales en ventas a crédito con IVA diferido (hasta 90 días) y ciertos servicios al Estado. Úselo para reflejar abonos y trazabilidad. 
  2. Campo “Proveedor de sistemas”: identifica el software con el que usted emite. Aumenta control y soporte ante auditorías.
  3. Medios de pago ampliados: se agregan SINPE Móvil y plataformas digitales; ahora el comprobante debe desglosar el monto por cada medio usado. 
  4. Actividad económica del receptor: se incorpora el código de actividad del cliente en la factura. Hacienda avisó que su uso obligatorio se comunicará; en paralelo se exige migrar a CIIU 4. 
  5. Identificaciones nuevas en Factura de Compra: se habilitan Extranjero no domiciliado y No contribuyente con reglas específicas de datos y ubicación. 
  6. Descuentos con código y motivo: cada descuento debe llevar código (catálogo oficial) y, si aplica “Otros”, describir la naturaleza. Evite rechazos por falta de justificación.
  7. Impuestos específicos y “IVA a nivel de fábrica”: se agregan campos para calcular y desglosar correctamente impuestos especiales y el IVA cobrado a nivel de fábrica. 
  8. CAByS y combos/surtidos: mejoras para paquetes/combos: detalle de los componentes y controles de CAByS; en exportación, la partida arancelaria es obligatoria si aplica.
  9. Moneda y tipo de cambio: se exige informar código de moneda y tipo de cambio; el total debe cuadrar con los montos por medio de pago. 

¿Qué errores comunes debo evitar en la facturación 4.4?

No desglosar el pago por métodoActive campos de medios de pago y concilie totales.
Descuento sin códigoUse el catálogo de códigos de descuento y describa “Otros”.
Omitir datos en Factura de Compra a no domiciliadosAplique los nuevos tipos de identificación y reglas de ubicación.
No migrar a CIIU 4 a tiempoPrograme la actualización antes del 06 de octubre del 2025.

Preguntas frecuentes 

  1. ¿Qué comprobantes abarca 4.4?

Factura, tiquete, factura de compra, exportación, notas y REP.

  1. ¿Puedo seguir usando 4.3?

¡No! 😱 Desde el 01 de septiembre del 2025, salvo que tenga una prórroga otorgada por Hacienda (con fecha propia de vencimiento).

  1. ¿Qué pasa si mi proveedor no está listo?

Debe actualizar o cambiar; el campo “proveedor de sistemas” y las nuevas validaciones exigen cumplimiento técnico. 

  1. ¿Cuándo será obligatoria la CIIU 4?

Desde el 06 de octubre del 2025 para comprobantes emitidos con 4.4.

  1. ¿Debo incluir siempre la actividad del receptor?

El campo existe en 4.4; Hacienda comunicará su uso obligatorio. Prepare su captura de datos desde ahora. 

  1. ¿Se agregaron nuevos medios de pago?

¡Sí! SINPE Móvil y plataformas digitales, con desglose por método.

  1. ¿Dónde veo los cambios oficiales y anexos?

En los Anexos y Estructuras 4.4 del portal ATV y la presentación de “Generalidades y Versión 4.4”.

¡Ya lo sabe todo! Evite rechazos, automatice el REP y cumpla con CIIU 4 sin dolores de cabeza. Alegra implementó soporte para la versión 4.4 (cambios estructurales, REP, medios de pago, campos y validaciones), con guías prácticas para configurar su cuenta. 

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👓 En resumen...

La versión 4.4 de la facturación electrónica en Costa Rica actualiza la estructura y validaciones de los comprobantes electrónicos, como factura, tiquete y REP, y estará disponible de manera voluntaria desde abril de 2025 y obligatoria desde septiembre de 2025.

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Fernanda Alva

Redactora experta en temas empresariales, financieros y contables en más de 7 países de Latinoamérica y España. Apasionada por conectar con mi audiencia a través de las letras en el entorno digital.
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Actualizado el 2 de octubre de 2025
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