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Toggle¡Atención, Tico! Un simple error en el cálculo del impuesto sobre la renta podría costarle miles de colones en multa 😰. ¡Tenga paz! Un solo error en el cálculo puede cambiar cuánto le retienen (o cuánto paga) al año, y eso se basa en los tramos, aquí le explicaremos todo.
👉 Siga leyendo para conocer las tablas oficiales 2026 (asalariados, actividad lucrativa y empresas), cómo aplicar créditos fiscales, y el calendario para no caer en sanciones 😉.
¿Qué es el Impuesto sobre la Renta (ISR) y quiénes deben pagarlo en Costa Rica?
En Costa Rica, el impuesto sobre la renta, o ISR Costa Rica, es un pago que grava ingresos o ganancias según el tipo de contribuyente. Es decir, es un impuesto que pagan las personas que trabajan por sueldo, las que tienen negocios propios, las jubiladas y las compañías.
En sencillo, lo pagan principalmente 👇.
- Personas asalariadas o pensionadas, normalmente por retención mensual (se lo rebaja el patrono). Conozca aquí todo sobre el Impuesto al salario 😉.
- Personas físicas con actividad lucrativa (independientes, profesionales, comerciantes), que calculan su impuesto anual según sus utilidades (ganancia).
- Personas jurídicas (empresas), según su renta imponible y, en algunos casos, sus ingresos brutos para definir la tarifa.
🚀#TipAlegra: si usted solo es asalariado (sin otros ingresos gravables), normalmente no presenta la declaración anual de renta de utilidades.
¿Qué significa «impuesto sobre las utilidades» según la Ley 7092?
La Ley 7092 dice que este impuesto se cobra por las ganancias o utilidades; es decir, grava la ganancia (utilidad) que le queda a una persona o empresa después de restar gastos permitidos, cuando proviene de actividades lucrativas de fuente costarricense.
👉 La materia imponible es todo ese dinero ganado aquí, como salarios o ventas de un negocio.
Dos conceptos clave
| Hecho generador | Materia imponible |
| Es el “momento” que hace nacer el impuesto. En esta ley, el hecho generador es percibir o devengar rentas (ganarlas, aunque todavía no se las hayan pagado) provenientes de actividades lucrativas de fuente costarricense. | Es “qué se está gravando”. Aquí, lo que se grava es la renta/ingreso/beneficio que califica como fuente costarricense, y que usted obtiene en el período fiscal, según reglas de la ley. |
¿Cómo funciona el Principio de Territorialidad en el sistema costarricense?
Costa Rica aplica, en general, un criterio de territorialidad: se grava la renta de fuente costarricense, es decir, la que se genera en el territorio nacional por servicios prestados, bienes situados, capital invertido o derechos usados en Costa Rica.
| Tipo de renta | ¿Cómo se ve en la vida real? | Idea clave |
| Fuente costarricense | Vender en CR, prestar servicios en CR, alquilar un local en CR, etc. | Se considera generada en CR. |
| Rentas del extranjero | Ingresos generados fuera del territorio nacional | En general, no se integran como renta gravada “normal” (hay excepciones específicas). |
¡Atención aquí! La ley trae excepciones puntuales para ciertas rentas pasivas de fuente extranjera en casos específicos (por ejemplo, algunas situaciones ligadas a grupos multinacionales).
Tramos y tarifas 2026: ¿cuánto se debe pagar según su perfil?
Para 2026, los tramos y tasas oficiales se actualizaron y rigen a partir del 1 de enero de 2026.
¡Ojo aquí! 👀Usted paga impuesto solo sobre el excedente de cada tramo, no sobre todo su ingreso.
¿Cuáles son los tramos del impuesto para asalariados y pensionados?
En salarios y pensiones, el cálculo es mensual (retención mensual). Estos son los tramos oficiales 2026:
Tabla de retención mensual 2026 (asalariados y pensionados)
| Salario bruto mensual | Tasa |
| Hasta ¢918.000 | 0% |
| Sobre el exceso de ¢918.000 y hasta ¢1.347.000 | 10% |
| Sobre el exceso de ¢1.347.000 y hasta ¢2.364.000 | 15% |
| Sobre el exceso de ¢2.364.000 y hasta ¢4.727.000 | 20% |
| Sobre el exceso de ¢4.727.000 | 25% |
Créditos fiscales (salario) 2026
Después de calcular el impuesto, se pueden rebajar créditos por cargas familiares:
👉 Por cada hijo: ¢1.710 (mensual)
👉 Por cónyuge: ¢2.590 (mensual)
¿Cómo se calcula el excedente? Aquí le dejamos un ejemplo, si un trabajador cuenta con un salario bruto mensual de ¢1.000.000 👇.
₡1.000.000 al mes, calcular el excedente: 10% sobre (1.000.000 – 918.000) = 10% de ₡82.000 = ₡8.200.
Recuerde que si el colaborador cuenta con créditos fiscales por hijos o cónyuges, debe aplicar esas rebajas ✅.
Si usted es asalariado, normalmente su patrono hace este cálculo y lo descuenta.
¿Qué tasas aplican a las personas físicas con actividad lucrativa?
Aquí entran, por ejemplo: profesionales independientes, emprendedores, freelancers con actividad, pequeños comercios, etc.
En 2026, la escala de tramos es anual para personas físicas con actividad lucrativa:
| Renta imponible anual | Tasa |
| Hasta ¢6.244.000 | 0% |
| Exceso hasta ¢8.329.000 | 10% |
| Exceso hasta ¢10.414.000 | 15% |
| Exceso hasta ¢20.872.000 | 20% |
| Exceso sobre ¢20.872.000 | 25% |
¡Ojo aquí! Los créditos fiscales 2026 (por actividad lucrativa) 👇.
- Por cada hijo: ¢20.520 al año
- Por cónyuge: ¢31.080 al año
Recuerde que un crédito fiscal no es un “gasto”. Es una rebaja directa al impuesto calculado.
¿Cómo se calculan los tramos para personas jurídicas y pymes?
En 2026, las personas jurídicas tienen dos “caminos” principales según su renta bruta (ingresos brutos) del período fiscal:
👉 Tasa general: 30% sobre la renta imponible (renta neta).
👉 Escala reducida (tipo pyme por umbral de renta bruta): si la renta bruta no supera ¢119.174.000, aplica una escala de 5% a 20% sobre la renta neta anual.
- Revise su umbral de ingresos brutos (2026)
Si su renta bruta es mayor a ¢119.174.000 → normalmente aplica 30%.
Si su renta bruta es menor ¢119.174.000 → puede aplicar escala 5% a 20% (por tramos).
- Aplique los tramos 2026 (si califica)
| Renta neta anual (si renta bruta es menor a ¢119.174.000) | Tasa |
| Primeros ¢5.621.000 | 5% |
| Exceso hasta ¢8.433.000 | 10% |
| Exceso hasta ¢11.243.000 | 15% |
| Exceso sobre ¢11.243.000 | 20% |
Vamos con el ejemplo 😉. Suponga que su empresa:
- Tiene renta bruta = ¢100.000.000 (sí califica por umbral)
- Tiene renta neta = ¢15.000.000
Cálculo por tramos:
- 5% de ¢5.621.000 = ¢281.050
- 10% de ¢2.812.000 = ¢281.200
- 15% de ¢2.810.000 = ¢421.500
- 20% de ¢3.757.000 = ¢751.400
✅ Impuesto aproximado = ¢1.735.150
Si no calificara y aplicara 30%:
30% de ¢15.000.000 = ¢4.500.000
🚀#AlegraTip: si su empresa está inscrita ante MEIC o MAG y cumple condiciones, puede aplicar una reducción escalonada del impuesto sobre utilidades durante sus primeros años (por ejemplo, 0% los primeros 3 años, luego reducciones parciales).

¿Cómo llevar el control y preparación del ISR con Alegra?
¡Atención, Tico! Entender tramos es importante ✅ . Pero en la vida real, lo que más cuesta es esto:
- Que no falte ninguna factura
- Que los gastos deducibles estén ordenados
- Que el banco “calce” con su contabilidad
Ahí es donde un sistema contable como Alegra le ayuda a llevar el impuesto sobre la renta con más control 😉. Con Alegra, lleve el control de sus facturas y contabilidad de manera fácil y desde un solo lugar, creando reportes automáticos y automatizando el flujo de casa.
¿Qué información contable se debe automatizar para el cierre fiscal?
Para llegar al cierre fiscal 2026 con calma, lo más útil es automatizar/ordenar:
1) Ingresos (ventas)
- Facturas emitidas y cobradas.
- Reportes de ventas por período.
Alegra le permite emitir facturas electrónicas y enviarlas automáticamente a la DGT (según su guía de facturación electrónica).
2) Gastos deducibles (ordenados por categoría)
- Separe gastos por tipo (alquiler, servicios, insumos, honorarios, etc.).
- Guarde el respaldo (facturas/recibos) desde el inicio.
3) Conciliación bancaria: para confirmar que lo que usted registró sí coincide con el estado de cuenta del banco (y detectar faltantes o duplicados).
4) Reportes clave: para renta, el reporte estrella es el Estado de resultados, porque muestra utilidades por período (ingresos − costos − gastos).
👉 ¡Descargue gratis nuestra Guía Tributaria 2026 para Costa Rica y domine las nuevas reglas fiscales!

¿Cómo generar el reporte para la declaración D-101 de forma automática?
La declaración anual se realiza en el formulario D-101 (régimen tradicional) disponible en la plataforma virtual de Hacienda ATV. Lo “automático” (de verdad útil) no es que un sistema “adivine” su declaración, sino que le construya el camino para llegar con datos limpios.
- Registre ingresos y gastos apenas suceden.
- No deje “para después” las facturas y recibos.
- Haga la conciliación bancaria.
- Revise que los gastos estén bien categorizados (especialmente los deducibles).
- Genere el Estado de resultados del mes y del acumulado del año.
- Anote su utilidad acumulada y estime (aproximadamente) cuánto podría pagar si se mantiene ese ritmo.
Al final del período fiscal:
- Confirme su período fiscal (en general es del 1 de enero al 31 de diciembre).
- Genere reportes anuales (por ejemplo, estado de resultados y estado de situación financiera) para completar la D-101 con respaldo ordenado.
Calendario y plazos: ¿cuándo se declara y paga el impuesto en Costa Rica?
El calendario es clave para no pagar multas. Declara y paga a tiempo.
¿Qué es el período fiscal ordinario y qué excepciones existen?
El período fiscal ordinario (el más común) es de un año y va del 1 de enero al 31 de diciembre. Con esto, cada año se liquida “por separado”.
Existen casos donde se puede solicitar un período fiscal especial (un cierre diferente), siguiendo condiciones y resoluciones de Tributación. En la práctica, esto se documenta con reglas y calendarios para períodos especiales.
¿Cuáles son las sanciones por presentación tardía o falta de pago?
Para enero 2026, Hacienda publica guías con sanciones actualizadas.
| Incumplimiento | ¿Qué puede pasar? |
| Presentar tarde la declaración ( D-101) | Multa equivalente a 50% del salario base (referencia enero 2026: ¢231.100). Puede haber reducciones si subsana voluntariamente. |
| Pagar tarde el impuesto | Multa por morosidad: 1% por mes o fracción, hasta un máximo de 20% sobre lo no pagado a tiempo. |
Preguntas frecuentes
¿Costa Rica aplica el concepto de Renta Mundial a residentes fiscales?
No. Usa territorialidad: Solo pagas por ganancias en Costa Rica. Ingresos del extranjero no cuentan, aunque seas residente.
Existen excepciones específicas (por ejemplo, ciertas rentas pasivas del extranjero bajo condiciones muy puntuales para algunas entidades de grupos multinacionales).
¿Dónde puedo consultar la actualización oficial de los tramos cada año?
Para 2026, usted puede revisar fuentes oficiales como:
- Decreto Ejecutivo 45333-H (publicado como norma vigente y con tramos/ créditos fiscales desde el 1/1/2026).
- Con el PDF oficial de Hacienda con Tramos de Renta 2026.
¿Qué gastos son deducibles para una persona física con actividad lucrativa?
En la práctica, suelen considerarse deducibles los gastos necesarios para generar ingresos y respaldados (con comprobantes), por ejemplo:
- Insumos o mercadería para vender.
- Alquiler del local u oficina (si se usa para la actividad).
- Servicios públicos vinculados al negocio (luz, internet, teléfono).
- Honorarios profesionales (contabilidad, legales) relacionados con la actividad.
- Herramientas/equipo de trabajo (y su desgaste/depreciación, cuando aplique).
- Comisiones bancarias asociadas al negocio.
- Salarios y cargas sociales de empleados.
- Depreciación de cosas como carros o máquinas.
- Intereses de préstamos para el negocio.
Recuerde: si es un gasto “personal” o no puede explicarlo como parte de su actividad, normalmente es mala idea meterlo como deducible.
Lleve el impuesto sobre la renta 2026 con orden (y sin correr al final)
Si quiere que el cálculo de tramos sea lo fácil (y no el caos de papeles), empiece con un sistema que le ayude a registrar, conciliar y reportar mes a mes.
Con Alegra, puede:
- Emitir facturas electrónicas cumpliendo con la DGT.
- Hacer conciliación bancaria para que sus números calcen.
- Generar reportes contables como Estado de resultados para preparar su D-101 con datos claros.
Pruebe Alegra gratis por 15 días y lleve su contabilidad (y su ISR Costa Rica) con más tranquilidad desde el primer mes 😉.
Fuentes de consulta
- Ley 7092 – Ley del Impuesto sobre la Renta, base legal del ISR, territorialidad, utilidades, etc.
- Ministerio de Hacienda – “Tramos del Impuesto sobre la Renta 2026” (PDF): tablas 2026 para asalariados/pensionados, actividad lucrativa y jurídicas; incluye créditos fiscales y umbral de renta bruta.
- Ministerio de Hacienda – “Infracciones y Sanciones Administrativas más relevantes” (PDF, actualizado a enero 2026): multa por morosidad (1% mensual hasta 20%), salario base 2026, y otras sanciones administrativas.
- Ministerio de Hacienda – Calendario de Pagos (sección 2026): para verificar fechas oficiales de vencimientos/obligaciones.
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