Índice
ToggleEl Impuesto al Valor Agregado (IVA) es un tributo esencial, regulado por la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Este impuesto grava la venta de bienes y la prestación de servicios en el país, reemplazando al antiguo Impuesto General sobre las Ventas. Su aplicación es clave para la recaudación fiscal y el desarrollo económico del país. Conozca lo último sobre esta obligación y esté al día con el Ministerio de Hacienda. ¡Siga leyendo!
¿Qué es el Impuesto al Valor Agregado en Costa Rica?
El IVA es un impuesto indirecto que se aplica a la mayoría de bienes y servicios en Costa Rica. Entró en vigencia el 1 de julio de 2019 con la reforma fiscal y su tasa general es del 13%. Sin embargo, algunos bienes y servicios tienen tarifas reducidas de 4%, 2% y 1%, dependiendo de su naturaleza.
La Ley del Impuesto al Valor Agregado Costa Rica establece que este impuesto debe ser recaudado por los comerciantes y prestadores de servicios, quienes posteriormente lo trasladan al consumidor final.
👉 Conozca cuál es el IVA para servicios de ingeniería, arquitectura, topografía y construcción.
¿Quién debe pagar el Impuesto al Valor Agregado?
Todas las personas físicas y jurídicas que realicen actividades comerciales gravadas están sujetas al pago del IVA. Esto incluye:
- Empresas y comercios que vendan bienes o presten servicios.
- Profesionales independientes, como abogados, médicos e ingenieros.
- Importadores de bienes.
- Organizaciones que ofrezcan servicios digitales desde el extranjero a consumidores costarricenses.
Los contribuyentes deben registrarse ante la Dirección General de Tributación y cumplir con la facturación electrónica para documentar las ventas y el cobro del impuesto.
👉 También le puede interesar: prorrata del IVA en Costa Rica.
¿Qué es el valor agregado y un ejemplo?
El valor agregado es el incremento de valor que un bien o servicio obtiene en su proceso de transformación antes de llegar al consumidor final.
Ejemplo: una empresa compra tela por ₡2,000 y fabrica una prenda de vestir que vende por ₡5,000. El valor agregado en este caso es ₡3,000, que es la diferencia entre el precio de venta y el costo de los materiales.
Este concepto es fundamental en la aplicación del IVA, ya que el impuesto se cobra sobre ese valor agregado en cada fase de la cadena productiva.
¿Cuáles servicios digitales pagan IVA en Costa Rica?
Desde la reforma fiscal, los servicios digitales prestados desde el extranjero también están gravados con el IVA. Algunas de las plataformas que deben pagar este impuesto incluyen:
- Servicios de streaming como Netflix, Spotify y Disney+.
- Plataformas de videollamadas y almacenamiento en la nube.
- Aplicaciones de suscripción para software y juegos en línea.
- Servicios de transporte y hospedaje gestionados digitalmente.
El IVA en estos servicios se cobra automáticamente al momento del pago y es retenido por las entidades bancarias que procesan la transacción.
👉 También le puede interesar: ¿cómo funcionan las exoneraciones del IVA en Costa Rica? Guía completa para empresarios.
Multas y sanciones por incumplimiento del IVA
El incumplimiento en el pago del IVA puede derivar en multas y sanciones por parte de la Administración Tributaria. Entre las más comunes están:
Tipo de multa | Sanción |
Por presentación tardía | Puede alcanzar hasta el 50% del impuesto adeudado. |
Intereses moratorios | Se generan sobre el monto impago según la tasa establecida por el Banco Central de Costa Rica. |
Cierre de establecimiento | En casos graves de evasión, el negocio puede ser clausurado temporalmente. |
Aprenda todo sobre los cambios y desafíos sobre el IVA Diferido a 90 días en nuestro Alegra LIVE:
Cumplir con la Ley del Impuesto al Valor Agregado es esencial para evitar sanciones y mantener un negocio en regla. Facilite este proceso con Alegra. Nuestro software contable que permite gestionar impuestos de forma automática, generando facturas electrónicas con IVA y ayudando a presentar declaraciones sin errores. Regístrese hoy y simplifique su cumplimiento tributario.
¿De cuánta utilidad te ha parecido este contenido?
¡Haz clic en una estrella para puntuarlo!
Promedio de puntuación 0 / 5. Recuento de votos: 0
Hasta ahora, ¡no hay votos!. Sé el primero en puntuar este contenido.