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Decreto 0261 modifica las tarifas de autorretención de ingreso: qué debes saber

Decreto 0261

El Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 0261 de 2023. Conoce cuáles son las modificaciones.

El Decreto 0261 del 24 de febrero de 2023, expedido por el Ministerio de Hacienda, ha modificado las tarifas de retención en la fuente y autorretención a título de renta para los ingresos de la explotación de hidrocarburos, carbón y otros productos mineros. Estos cambios se deben al aumento de tarifas de la Ley 2277 de diciembre 13 de 2022.

👉 El objetivo de estas autorretenciones especiales es lograr una mayor equidad tributaria y fomentar el uso de la banca electrónica para el pago de impuestos, lo que contribuirá al desarrollo económico del país.

Los impuestos anticipados conocidos como autorretenciones especiales son un pago anual de gran relevancia para el Estado, debido a que los recursos recaudados a través de ellos son destinados a financiar proyectos y programas sociales, así como las actividades de entidades públicas y privadas.

Este decreto ha introducido cambios significativos, principalmente en las tarifas de retención en la fuente a título de impuesto de renta y complementarios sobre el valor bruto del pago o abono por exportación o venta de hidrocarburos, carbón y otros productos mineros. Por ejemplo:

  • Exportaciones de hidrocarburos, ventas de hidrocarburos, venta de carbón y exportaciones de carbón – extracción de hulla (carbón de piedra) CIIU- 051O y extracción de carbón lignito CIIU-0520, quedaron con la tarifa de 5,4%.
  • Con relación a las autorretenciones a título de impuesto sobre la renta y complementario, ratifica la norma que esta se liquidará sobre cada pago o abono en cuenta realizado al contribuyente sujeto pasivo de este tributo.
  • Exportaciones de otros productos mineros, incluyendo el oro, quedaron con una tarifa del 1%.

👉 Lo más destacado de este nuevo decreto es que las tarifas de autorretención a título del impuesto sobre la renta quedaron establecidas según el código de actividad económica —CIIU— y oscilan entre el 0,55% y el 4,50%.

Es importante aclarar que este decreto quedó vigente a partir del 1 de marzo de 2023 y que además los contribuyentes deberán cumplir con esta disposición para poder seguir disfrutando de los beneficios tributarios y no incurrir en multas.

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Andrea Jaramillo

Andrea Jaramillo

Apasionada del universo contable, financiero y tributario. Con años de experiencia en redacción y marketing de contenidos. Especializándome en finanzas y contabilidad. Fuera del teclado, soy la fan #1 de mi gata Mei y las hamburguesas.
Andrea Jaramillo

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8, Mar 2023 2 min de lectura

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