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IVA autonomos 2025: La guía que necesitas

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¿Eres autónomo en España y te preguntas cómo funciona el IVA en 2025? El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un tributo indirecto que afecta a la mayoría de productos y servicios. Como profesional autónomo, actúas como intermediario: cobras IVA a tus clientes y luego lo ingresas a Hacienda, deduciendo el IVA que has pagado en tus gastos. A continuación, te explicamos de forma sencilla las reglas del IVA autónomos 2025, los tipos impositivos aplicables, qué casos están exentos de pagar IVA y otros datos útiles para llevar tu negocio al día.

¿Cómo funciona el IVA autónomos 2025?

El funcionamiento del IVA para un trabajador por cuenta propia sigue las mismas bases en 2025: por cada venta o servicio debes repercutir IVA (añadir el impuesto en la factura al cliente) y, por cada gasto relacionado con tu actividad, soportas IVA (pagas el impuesto incluido en la factura del proveedor). Periódicamente, declaras la diferencia entre el IVA repercutido y el soportado, pagando a Hacienda el IVA neto resultante. En resumen, el autónomo no “pierde” ni “gana” IVA, solo actúa como recaudador del impuesto para el Estado.

Obligaciones principales del autónomo con el IVA:

  • Alta censal: Al darte de alta como autónomo, debes inscribirte en el censo de empresarios (modelo 036/037) indicando tu actividad y obligación de IVA.
  • Facturación con IVA: Emite facturas a tus clientes con el IVA correspondiente desglosado, salvo que tu actividad esté exenta. Debes aplicar el tipo impositivo correcto (21%, 10% o 4% según el caso, ver sección de tipos).
  • Registro de facturas: Lleva un control de todas tus facturas emitidas (ingresos) y recibidas (gastos) con sus importes de IVA. Esto te permitirá calcular el IVA a pagar.
  • Declaraciones trimestrales: Presenta la autoliquidación de IVA cada trimestre mediante el modelo 303. Los plazos habituales son del 1 al 20 de abril, julio y octubre (para el 1º, 2º y 3º trimestre), y hasta el 30 de enero del año siguiente para el 4º trimestre (Plazo de presentación del modelo 303 – IVA – Agencia Tributaria). En cada declaración indicas el IVA cobrado menos el IVA pagado.
  • Resumen anual: En algunos casos, además de los trimestres, se presenta un resumen anual – modelo 390 – en enero, aunque si has cumplido todas las declaraciones trimestrales es posible que este modelo sea informativo.
  • Pago del IVA: Ingresar a Hacienda la cantidad resultante en cada trimestre. Si el resultado es negativo (has soportado más IVA del que has repercutido), puedes compensarlo en los trimestres siguientes o solicitar la devolución anual correspondiente.

¿Cómo calcular el IVA trimestral? 

Para calcular cuánto IVA debes pagar cada trimestre, puedes seguir estos pasos (IVA de autónomos: guía 2025 para dominarlo (y pagar menos)):

  1. Suma el IVA repercutido: calcula el total de IVA que has cobrado a tus clientes en tus facturas durante el trimestre (por ejemplo, IVA del 21% sobre tus ventas).
  2. Suma el IVA soportado: calcula el total de IVA que has pagado en las compras y gastos de tu actividad en ese trimestre (por ejemplo, IVA de materiales, gasolina, herramientas, etc.).
  3. Calcula la diferencia: resta el IVA soportado al IVA repercutido. Si has cobrado más IVA del que pagaste, tendrás que ingresar la diferencia a Hacienda; si pagaste más del que cobraste, ese exceso queda a tu favor (para compensar o solicitar devolución). 
  4. Presenta el modelo 303: refleja estos importes en tu declaración trimestral de IVA y presenta el formulario dentro del plazo. Realiza el pago correspondiente si el resultado es a ingresar (Hacienda) o marca la opción de compensación/ devolución si corresponde.

Ten en cuenta que el IVA no es un gasto para ti, sino para tu cliente final. Tu papel como autónomo es gestionar correctamente ese IVA: añadirlo en tus precios de venta, llevar registro de todo y cumplir con las fechas de declaración.

Tipos de IVA aplicables en 2025

En 2025 en España, se mantienen tres tipos impositivos de IVA para las operaciones domésticas habituales. Cada bien o servicio lleva un porcentaje distinto según la categoría:

Tipo de IVAPorcentaje¿Qué grava?
General21%La mayoría de productos y servicios (régimen común).
Reducido10%Bienes y servicios básicos: alimentación, transporte, hostelería, productos sanitarios, etc.
Superreducido4%Bienes de primera necesidad: pan, leche, huevos, frutas, verduras, libros, medicamentos, etc.

Nota: Adicionalmente, han existido tipos excepcionales temporales (por ejemplo, 0% en ciertos alimentos básicos o 5% en suministros energéticos durante 2023-2024), pero en 2025 la normativa vuelve a los tipos estándar indicados arriba. Por otro lado, en territorios forales existen impuestos equivalentes al IVA con tipos diferentes (p. ej., IGIC en Canarias, IPSI en Ceuta/Melilla), pero para la mayoría de autónomos en Península y Baleares aplican los porcentajes mencionados.

Como autónomo, debes aplicar el tipo de IVA correcto en cada factura según la naturaleza del producto o servicio que ofreces. Ejemplo: si prestas un servicio de consultoría (21% IVA) por 1.000€, añadirás 210€ de IVA en la factura, cobrando 1.210€ en total. Si en ese trimestre gastaste 121€ en gasolina (con 21% IVA, es decir 21€ de IVA soportado), al hacer la declaración ingresarás a Hacienda 210 – 21 = 189€ de IVA (el resto lo has pagado en tus gastos). Esta mecánica se repite cada periodo impositivo.

En resumen, a fecha de 2025, la mayoría de los autónomos deben seguir cobrando y declarando el IVA normalmente. Solo no pagarás IVA en dos casos: porque tu actividad está específicamente exenta por la ley del IVA (casos listados arriba), o bien cuando entre en vigor el nuevo régimen para pequeños negocios de facturación inferior a 85.000 € (lo cual, por ahora, está pendiente de aplicación). En cualquier caso, conviene estar atento a las novedades fiscales y contar con buenas prácticas de facturación para no tener sorpresas con Hacienda.

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👓 En resumen...

IVA autónomos 2025: claves para gestionar tus impuestos

El IVA para autónomos en 2025 sigue la misma dinámica: cobras el impuesto en tus facturas y lo ingresas a Hacienda, descontando el IVA de tus gastos. Se mantienen los tipos del 21% (general), 10% (reducido) y 4% (superreducido). La declaración se presenta trimestralmente mediante el modelo 303, con un resumen anual opcional.

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Actualizado el 17 febrero, 2025
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