Lo que debes saber sobre incapacidad laboral en Colombia

incapacidad laboral Colombia

 

Pensar en tu bandeja de correos llena, en las tareas pendientes o en los plazos vencidos son el mejor remedio para cualquier enfermedad… ¡Dijo nadie nunca! 

Ante una enfermedad o indisposición incapacitante lo que necesitas es reponerte, para volver con toda.

Seguro te has enfermado alguna vez y es que cualquier persona es propensa a sufrir una indisposición o incluso, un accidente. 

Por eso es importante que conozcas qué es una incapacidad laboral, cómo se tramita y cuáles son tus derechos en esta situación. ¡Quédate leyendo! 

¿Qué es una incapacidad laboral? 

Una incapacidad laboral en Colombia se da cuando un empleado padece una enfermedad o afronta un accidente, que le imposibilita el cumplimiento de su trabajo, pues necesita tratamiento médico y reposo para su recuperación.

Es preciso aclarar que, como la misma palabra lo indica, se trata de una situación incapacitante y la determina un médico.

¿Qué dice la ley de incapacidad laboral en Colombia?

¿Existe una ley para pago de incapacidades? Es correcto. Lo anterior hace referencia a los artículos 227, 236 y 237 del Código Sustantivo de Trabajo, que albergan el derecho al reconocimiento y pago del auxilio por incapacidad comprobada.

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Cuáles son los tipos de incapacidad laboral

Si te preguntas por cuántos tipos de incapacidad laboral existen en Colombia, aquí te respondemos:

Incapacidad laboral de origen común

Es aquella que surge a partir de un accidente o dolencia no laboral, es decir que el incidente incapacitante no ocurrió en el ambiente de trabajo ni la enfermedad es consecuencia de su actividad laboral. 

Por ejemplo, si sufriste una lesión incapacitante en una actividad deportiva en tu tiempo de ocio (nada que ver con el trabajo) o te dio una gripa tremenda, que te dejó en la cama.

En este caso, la empresa o empleador asumen los dos primeros días de incapacidad. En caso de que sean más, la respectiva EPS responde desde el tercer día. 

🚀 Alegra Tip: de esta manera, al hacer los aportes del empleado en los siguientes períodos, la empresa descuenta esos días de incapacidad (a partir del tercero).

Incapacidad de origen laboral o profesional

Precisamente, esta es el resultado de una enfermedad asociada a la actividad laboral del empleado o de un accidente sucedido en el trabajo. Por ejemplo, una caída transportando mercancía en el espacio de trabajo.

En estas circunstancias es la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) la que cubre desde el primer día de incapacidad el 100% del salario base de cotización.  

Incapacidad temporal o transitoria 

También es denominada baja médica. Aquí, sea de origen común o laboral, la incapacidad es un tema puntual. 

Es decir que el trabajador necesita asistencia médica y reposo para su recuperación y tiene una duración definida, que no es permanente. 

Incapacidad permanente

Este caso es más serio, pues implica que luego del debido reposo y tratamiento médico el empleado presenta lesiones (físicas o funcionales), que reducen o eliminan sus capacidades para ejercer el trabajo.

Dependiendo del grado de reducción, la incapacidad permanente puede ser: 

  • Parcial. 
  • Total. 
  • Absoluta. 
  • Gran invalidez. 

Incluso, dado el caso, si la persona definitivamente no puede rehabilitarse o recuperar la mencionada capacidad laboral plena, se debe pensionar. 

🚀 Alegra Tip: afilia a tus empleados a EPS y ARL. Si no, ante una incapacidad de origen profesional la empresa debe asumir el auxilio, e incluso pensión si es un caso permanente.

¿Cómo se pagan las incapacidades?

¿Los días de incapacidad se pagan? Como lo vimos, la respuesta es sí. Ahora, ¿cómo se pagan las incapacidades en Colombia? Eso lo veremos a continuación: 👇

Lo primero que debes entender es que lo que se le paga al colaborador en la incapacidad no se calcula sobre el salario, sino sobre el ingreso base de cotización (o base de liquidación). 

Es decir, el valor que la empresa o empleador reporta en la planilla, sobre el cual hace las cotizaciones. 

👀 Recuerda: 

Incapacidades de origen común 
  • El empleador paga los primeros dos días.
  • La EPS paga a partir del tercer día: 66.6% del salario base de cotización los primeros 90 días y 50% después de 90 días. (Se respeta el salario mínimo). 
Incapacidades de origen laboral o profesional 
  • ARL cubre desde el primer día el 100% del salario base de cotización. 

¿Sabes cómo hacer el pago de la seguridad social para trabajadores independientes? Descúbrelo. 

¿Cómo funciona la incapacidad laboral?

Este es otro aspecto fundamental y es que cualquier médico profesional puede prescribir la incapacidad laboral. Sin embargo, la EPS solo reconoce las incapacidades prescritas por sus médicos. 

Por lo tanto, para que sea válida por la EPS es necesario que el empleado haga la consulta médica por la entidad a la que esté inscrito. O dado el caso, puede solicitar una transcripción a la respectiva EPS.

¿Qué es la transcripción de una incapacidad? 

La transcripción es el proceso a través del cual la EPS expide oficialmente la incapacidad laboral prescrita por médicos externos a su sistema. 

Para llevarla a cabo, las entidades solicitan documentos como la identificación, historia clínica e incapacidad, entre otros, y evalúan criterios de pertinencia médica y duración, para validar. 

¿Qué es la prórroga de la licencia?

O de la incapacidad. Se califica como prórroga si luego del periodo inicial la licencia se extiende ante la no recuperación de la misma lesión o enfermedad. Esto aplica si entre una y otra no hay una diferencia de 30 días calendario.

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Laura Jaramillo
Laura Jaramillo

Productora de contenido, apasionada por temas de innovación y emprendimiento. Amo los viajes, la música y el cine. Fan de la comida y los board games.

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