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TogglePara el 24 de abril de 2026 las gasolineras, distribuidores y transportistas tiene una nueva regla: sin el nuevo Complemento CFDI Hidrocarburos, la factura no timbrará. El SAT, en coordinación con la Secretaría de Energía (SENER) y la Comisión Nacional de Energía (CNE), construyó un candado digital que convierte el permiso regulatorio en requisito técnico de facturación.
Si el permiso no está vigente o no aparece en la lista CNE, el comprobante fiscal no será válido.
Para el dueño de una estación de servicio o distribuidora, esto no es un tema de contabilidad: es un tema operativo. Una gasolinera que no puede facturar es una gasolinera que frena sus ventas.
Si tu empresa participa en la cadena de valor de hidrocarburos, este tema no es opcional. Aquí te explico lo esencial.
¿Qué es el Complemento de hidrocarburos en el CFDI?
Es un nuevo nodo obligatorio dentro del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) que debe incluirse en cada concepto que registre la venta de gasolina regular, gasolina premium o diésel. Permite reportar información detallada sobre operaciones relacionadas con:
- Petrolíferos
- Gas natural
- Hidrocarburos refinados y no refinados
Su objetivo principal es que la autoridad pueda rastrear el origen, traslado y destino de estos productos.
Su nombre técnico es Complemento Concepto para la Facturación de Hidrocarburos y Petrolíferos v1.0, y opera a nivel Complemento Concepto, no a nivel general del comprobante.
El complemento exige cinco atributos en cada concepto de la factura:
| Atributo | Qué informa |
|---|---|
| Versión | Siempre «1.0» |
| TipoPermiso | Tipo de permiso CNE según la actividad |
| NumeroPermiso | Número de permiso CNE vigente en lista L_CNE |
| ClaveHYP | Clave del producto del catálogo SAT (gasolina/diésel) |
| SubProductoHYP | Subproducto del catálogo SAT correspondiente |
La innovación crítica es la validación en tiempo real: al momento de timbrar, el Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) cruza los datos del emisor con la lista que la CNE actualiza diariamente. Si el permiso no aparece, está suspendido o vencido, el CFDI no se emite.
¿Cuándo SÍ aplica el complemento de hidrocarburos?
Cuando el CFDI incluye productos como gasolina o diésel
- Se utilizan claves como:
- 15101505
- 15101514
- 15101515
- El comprobante es de tipo:
- Ingreso (I) o egreso (E)
No aplica cuando:
- No hay hidrocarburos en la operación
- Se facturan servicios no relacionados
- El CFDI no contiene esas claves
Este punto es crítico: usar el complemento cuando no corresponde también genera errores fiscales.
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No hay margen de error ni período de gracia una vez activa la obligación.
¿Quiénes están obligados a usar el complemento de hidrocarburos desde el 24 de abril 2026?
La obligación aplica a los contribuyentes señalados en l la Resolución Miscelánea Fiscal 2026: gasolineras, distribuidores y permisionarios que enajenan directamente gasolina y diésel.
De forma práctica, están obligados a incluir el complemento en su CFDI:
- Estaciones de servicio (gasolineras) con permiso CNE vigente
- Distribuidores de combustibles con permiso de enajenación, es decir, quienes realicen transporte, distribución o almacenamiento de hidrocarburos
- Comercializadores de petrolíferos con autorización de la CNE o SENER, que participen en la venta o intermediación de combustibles
- Cadenas gasolineras con múltiples ubicaciones
El autotransporte de carga no está obligado a emitir el complemento. Pero sí está obligado a recibirlo correctamente, porque un CFDI de combustible sin el complemento pierde efectos fiscales para el transportista.

¿Qué pasa si la estación no tiene el permiso vigente o lo tiene mal registrado?
Aquí está el punto que más duele operativamente: si el permiso CNE de la estación, el sistema de timbrado rechaza el CFDI. No es que se emita con error: simplemente no se emite.
Esto significa que la gasolinera o distribuidora no puede facturar ninguna venta de combustible hasta regularizar su situación.
| Situación del permiso CNE | ¿Puede timbrar? | Impacto operativo |
|---|---|---|
| Vigente y en lista L_CNE | ✅ Sí | Operación normal |
| Vigente pero no aparece en L_CNE aún | ❌ No | Bloqueo temporal hasta actualización de lista |
| Vencido o suspendido | ❌ No | Sin facturación hasta renovación del permiso |
| Número de permiso mal capturado en el sistema | ❌ No | Rechazo en el timbrado; requiere corrección técnica |
Además del bloqueo operativo, emitir un CFDI incorrecto o incompleto puede generar multas que van de $17,000 a $97,000 pesos para personas morales, conforme al Código Fiscal de la Federación.
¿Qué información debes incluir en el complemento de hidrocarburos?
El complemento exige datos técnicos precisos:
- Tipo de hidrocarburo o petrolífero
- Volumen o cantidad
- Unidad de medida
- Origen y destino
- Tipo y número de permiso
- Clave del producto (HYP)
- Datos del transporte
Ejemplo de un complemento de hidrocarburos
Una gasolinera vende diésel:
- CFDI tipo ingreso
- Clave producto: 15101514
- Debe incluir:
- TipoPermiso: distribución
- NúmeroPermiso: vigente
- ClaveHYP: diésel
- SubProductoHYP
Todo esto dentro del nodo de concepto correspondiente.
Impacto en transporte y logística: el CFDI de combustible sin complemento de hidrocarburos no deduce
Para empresas de transporte y distribución con flota propia, el riesgo no viene de emitir el complemento sino de recibirlo mal. Si la estación de servicio donde cargan diésel no tiene su permiso en regla o su sistema no fue actualizado a tiempo, el CFDI que emiten no tendrá el complemento correcto. Y ese comprobante, para efectos del SAT, no tiene validez fiscal plena.
La consecuencia concreta: el gasto de combustible se vuelve no deducible para el ISR y el IVA no es acreditable. Para una empresa de autotransporte cuyo combustible representa entre el 25% y el 35% de sus costos operativos, esto puede ser un impacto fiscal significativo.
La recomendación para empresas de transporte es directa: verificar que sus proveedores de combustible habituales ya tengan el complemento activo en sus sistemas antes de continuar cargando sin validar las facturas recibidas.
Checklist de cumplimiento: lo que hay que revisar antes del 24 de abril (y después)
Para gasolineras y distribuidores, la lista de verificación tiene tres frentes:
Situación del permiso ante la CNE
- Verificar vigencia del permiso en CNE.
- Confirmar que el número de permiso aparece activo en la lista L_CNE
- Si hay renovación pendiente, iniciar el trámite con tiempo suficiente antes de la fecha límite
- Si hay discrepancia entre el permiso en papel y el sistema de la CNE, gestionar la corrección directamente con la autoridad
Actualización del sistema de facturación
- Confirmar con el proveedor del sistema (ERP, software de facturación o PAC) que ya tiene habilitado el complemento HidroYPetro
- Realizar pruebas de timbrado con datos reales antes de la fecha de obligatoriedad
- Verificar que el sistema puede capturar correctamente TipoPermiso, NumeroPermiso, ClaveHYP y SubProductoHYP por cada concepto de la factura
- Probar tanto comprobantes de Ingreso (venta) como de Egreso (devoluciones y descuentos)
Validación de facturas recibidas (para empresas de transporte)
- A partir del 24 de abril, revisar que cada CFDI de combustible recibido incluya el nodo HidroYPetro con datos válidos
- Si una factura llega sin el complemento, comunicarse de inmediato con el proveedor para emisión de un nuevo CFDI correcto
- No acreditar IVA ni deducir ISR de facturas de combustible que no tengan el complemento
¿Por qué el SAT implementa este complemento ahora?
El Complemento de Hidrocarburos sigue la misma lógica del Complemento Carta Porte, que entró en vigor en 2022 para el traslado de mercancías y generó más de 140 millones de CFDI en 2023. La estrategia del SAT es clara: convertir la factura electrónica en el punto donde se valida la legalidad de la operación, no en un documento posterior a ella.
En el caso específico de los combustibles, el objetivo es combatir el huachicol fiscal: la comercialización de combustible de origen ilícito que circula sin trazabilidad y evade impuestos. Al condicionar el timbrado a un permiso CNE vigente, el SAT cierra el espacio para que gasolineras sin autorización o con permisos irregulares emitan facturas válidas.
Cómo lleva Alegra el control de facturación sin errores
Para gasolineras y distribuidoras que manejan alto volumen de facturas diarias, el riesgo de error manual en los datos del complemento es real. Un número de permiso mal capturado, una clave de producto incorrecta o un sistema no actualizado pueden detener la operación en el peor momento.
Con Alegra, los negocios pueden centralizar la emisión de CFDI, validar en tiempo real la información antes del timbrado y llevar el registro contable de ventas. El control de permisos y la conciliación de facturas de entrada y salida quedan en un solo sistema.
Si la operación incluye múltiples estaciones o una flota con decenas de cargas mensuales, Alegra permite automatizar la verificación de CFDI recibidos y detectar comprobantes que afecten la declaración.
Preguntas frecuentes sobre el complemento CFDI de hidrocarburos
¿El complemento aplica solo a gasolinas o también al diésel?
Aplica a gasolina regular, gasolina premium y diésel. Cualquier CFDI que registre la venta de estos tres productos debe incluir el nodo HidroYPetro a partir del 24 de abril de 2026.
¿Qué pasa si el sistema de mi proveedor de facturación no está actualizado para el 24 de abril?
El CFDI no podrá timbrarse con validez fiscal. La recomendación es contactar al PAC o proveedor de sistema antes de la fecha límite para confirmar compatibilidad y hacer pruebas previas.
¿Dónde consulto si mi permiso CNE aparece activo en la lista L_CNE?
En el portal oficial de la Comisión Nacional de Energía La lista se actualiza diariamente, por lo que es recomendable verificar con un día de anticipación antes de la entrada en vigor.
¿Una empresa de transporte que recibe CFDI sin el complemento puede reclamar la corrección al proveedor?
Sí. El emisor del CFDI es responsable de incluir el complemento correctamente. Si la factura llega sin él o con datos incorrectos, se puede solicitar la cancelación y reemisión del CFDI con la información correcta.
¿Cuáles son las multas por emitir un CFDI de gasolina sin el complemento?
Las multas por CFDI emitidos incorrectamente van de $17,000 a $97,000 pesos para personas morales, conforme al artículo 83 del Código Fiscal de la Federación. La reincidencia puede derivar en sanciones adicionales y, en casos extremos, en la cancelación del permiso CNE.
Fuentes:
- SAT — Complementos de factura electrónica
- Código Fiscal de la Federación, Arts. 29, 29-A y 83
- Resolución Miscelánea Fiscal 2026, Regla 2.6.1.1. fracción II y Regla 2.7.1.48
- CNE — Verificación de permisos
- SAT / SENER / CNE — Comunicado conjunto, 27 de marzo de 2026





