Índice
ToggleLa declaración mensual RESICO para personas físicas se presenta ante el SAT a más tardar el día 17 del mes siguiente. El artículo 5.1 del Decreto del 26 de diciembre de 2013 permite días hábiles adicionales según el sexto dígito numérico del RFC, salvo los casos excluidos por el propio Decreto.
En el portal, el ISR se precarga con información de los CFDI de ingreso y el IVA con CFDI emitidos y recibidos. Antes de enviar, revisa el periodo, los ingresos, las retenciones y el cálculo separado de IVA. Al finalizar, guarda el acuse y, si hay saldo a cargo, la línea de captura.
Te explico las las fechas, los requisitos y el paso a paso para presentar tu declaración mensual RESICO 2026 sin confundir el cálculo del ISR con el del IVA.
Si eres parte del Régimen Simplificado de Confianza, preparar tu declaración mensual RESICO con tiempo, no solo te ahorrará problemas con el SAT, sino que también, te podrá traer beneficios fiscales.
¿Cuándo se presenta la declaración mensual RESICO 2026?
La respuesta corta es a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponde el pago. Pero el SAT reconoce una prórroga adicional según el sexto dígito numérico de tu RFC, así que tu fecha límite real puede variar entre uno y cinco días hábiles más.
¿Cuál es tu plazo exacto según el sexto dígito de tu RFC?
De acuerdo con el Artículo 5.1 del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa (26 de diciembre de 2013), estos son los días hábiles adicionales según el sexto dígito de tu RFC:
| Sexto dígito numérico del RFC | Fecha límite |
|---|---|
| 1 y 2 | Día 17 + 1 día hábil |
| 3 y 4 | Día 17 + 2 días hábiles |
| 5 y 6 | Día 17 + 3 días hábiles |
| 7 y 8 | Día 17 + 4 días hábiles |
| 9 y 0 | Día 17 + 5 días hábiles |
⚠️ Nota importante
Esta facilidad no aplica a todos los contribuyentes. Revisa las excepciones del artículo 5.1 del Decreto del 26 de diciembre de 2013 y confirma tu fecha en el portal del SAT.

¿Quién debe presentar la declaración mensual RESICO?
Las personas físicas que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y están obligadas al pago mensual de ISR e IVA.
Los requisitos para estar en el RESICO como persona física son:
- Tener ingresos anuales inferiores a $3.5 millones de pesos mexicanos.
- Estar al corriente con el SAT y no haber sido excluido del régimen.
- Realizar actividades empresariales, prestar servicios profesionales u otorgar el uso o goce temporal de bienes, siempre que cumplan los requisitos del artículo 113-E de la LISR.
⚠️ Nota importante
Algunas actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras (AGAPES) pueden contar con una facilidad para no presentar mensuales si cumplen los supuestos aplicables; cada caso debe confirmarse en el SAT.
Si tu actividad económica o tus ingresos superan los límites establecidos por el SAT, no podrás optar al RESICO y deberás cambiar de régimen fiscal.
¿Cuáles son los requisitos para la declaración mensual RESICO?
Antes de comenzar con tu declaración mensual, prepara estos requisitos correctamente.
- Tener tu RFC activo y actualizado antes de poder hacer tu declaración.
- Contraseña o e.firma vigente para acceder al portal del SAT.
- CFDI de ingreso (emitidos) para justificar tus ingresos del periodo.
- CFDI de erogaciones (recibidos) para revisar el IVA acreditable.
- Tus ingresos del mes contabilizados, amparados por CFDI.
- Pagos de impuestos anteriores, además, si tienes pagos de impuestos pendientes, debes ponerte al corriente antes de iniciar la declaración mensual RESICO.
🚀 #TipAlegra
Tener tus CFDI, ingresos y gastos organizados facilita la revisión antes de entrar al SAT. Con Alegra puedes centralizar tu facturación y consultar reportes para preparar la declaración con menos trabajo manual
¿Cuándo se presenta la declaración mensual RESICO?
La respuesta corta es 👉 a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponde el pago. Pero el SAT reconoce una prórroga adicional según el sexto dígito numérico de tu RFC, así que tu fecha límite real puede variar entre uno y cinco días hábiles más.
¿Cuál es tu plazo exacto según el sexto dígito de tu RFC?
De acuerdo con el Artículo 5.1 del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa (26 de diciembre de 2013), estos son los días hábiles adicionales según el sexto dígito de tu RFC:
| Sexto dígito del RFC | Plazo límite |
| 1 y 2 | Día 17 más 1 día hábil |
| 3 y 4 | Día 17 más 2 días hábiles |
| 5 y 6 | Día 17 más 3 días hábiles |
| 7 y 8 | Día 17 más 4 días hábiles |
| 9 y 0 | Día 17 más 5 días hábiles |
⚠️ Nota importante
Esta prórroga es una facilidad adicional, no una obligación. En la práctica, lo más seguro es trabajar con el día 17 como tu fecha interna de control y no esperar al último día hábil que te corresponda según tu RFC.
📖 Presenta tu declaración de pagos mensuales y definitivos — SAT
¿Quieres conocer todos los requisitos del RESICO? 👉 Consulta nuestra guía completa sobre RESICO para personas físicas.
¿Cómo hacer la declaración mensual RESICO?
¡Es muy fácil! Aquí te dejamos los pasos imprescindibles para hacer tu declaración mensual RESICO.
- Inicia sesión en el portal oficial del SAT con tu RFC y contraseña. Si no tienes tu acceso, deberás crear una cuenta o recuperar tu información.

- Selecciona la opción «Declaración mensual» dentro del régimen RESICO.
- Selecciona la opción «Declaración mensual» dentro del régimen RESICO.
- Elige el mes y el ejercicio fiscal en el que estás haciendo la declaración y verifica que toda tu información sea correcta.
- Revisa el prellenado del ISR: el portal carga los ingresos efectivamente cobrados amparados por CFDI. Verifica que coincidan con tus registros.
- Revisa el IVA: verifica los CFDI emitidos y recibidos. El IVA se determina por separado y puede considerar IVA acreditable de erogaciones que cumplan los requisitos fiscales.
- Antes de enviar, revisa que el periodo, los ingresos, las retenciones y el cálculo de IVA estén correctos.
- Envía la declaración y descarga inmediatamente el acuse de recibo.
- Si existe saldo a cargo, descarga la línea de captura y realiza el pago. Conserva también el comprobante bancario.
La información incorrecta puede generar diferencias, requerimientos o una declaración complementaria; la omisión o el pago extemporáneo puede causar actualización, recargos y, según el caso, multas.
Te puede interesar 👉 Cómo cambiar mi régimen fiscal en México 2026: paso a paso SAT
¿Cómo revisar el ISR y el IVA sin confundir deducciones?
segment.table
| Concepto | ISR mensual RESICO (persona física) | IVA mensual |
|---|---|---|
| Base de cálculo | Ingresos efectivamente cobrados amparados por CFDI | Actos o actividades gravados |
| ¿Se disminuyen gastos? | No. El ISR se calcula sobre ingresos, sin disminuir gastos | El IVA puede considerar IVA acreditable de erogaciones que cumplan requisitos fiscales |
| Prellenado SAT | Con CFDI de ingreso emitidos | Con CFDI emitidos y recibidos |
¿Qué errores debes corregir antes de enviar?
- No envíes la declaración sin revisar el prellenado del SAT. Compara el periodo, el estatus de los CFDI, los complementos de pago y las retenciones.
- No confundas ISR con IVA: en personas físicas RESICO, el ISR mensual no se reduce con gastos; el IVA sí puede considerar acreditamiento.
- Verifica que los CFDI estén vigentes y no cancelados antes del cierre del periodo.
- Confirma tu fecha límite real en el portal del SAT, considerando el sexto dígito de tu RFC y las excepciones del Decreto
Preguntas frecuentes sobre la declaración mensual RESICO
¿Los gastos reducen el ISR mensual de una persona física RESICO?
No. El ISR mensual se calcula sobre los ingresos efectivamente cobrados amparados por CFDI, sin disminuir gastos. El IVA se revisa por separado y puede considerar IVA acreditable si la erogación cumple los requisitos fiscales.
¿Debo presentar la declaración si no tuve ingresos?
La obligación depende de tu situación fiscal registrada y de las facilidades aplicables. Si el portal muestra la obligación mensual, presenta el periodo aun cuando el resultado sea en ceros. Confirma cualquier excepción directamente en el SAT.
¿El día 17 siempre es la fecha límite?
Es la fecha general. El artículo 5.1 del Decreto del 26 de diciembre de 2013 permite días hábiles adicionales según el sexto dígito numérico del RFC, salvo los contribuyentes excluidos por el propio Decreto.
¿Qué debo guardar después de enviar la declaración?
Descarga el acuse de recibo y, si existe saldo a cargo, la línea de captura. Después del pago, conserva también el comprobante bancario y verifica que la obligación aparezca presentada.
¿Qué pasa si no registro todos mis ingresos en la declaración?
Recuerda declarar todos los ingresos obtenidos en el mes, incluso los que podrían parecer menores. La omisión de ingresos puede resultar en auditorías o multas.
¿Qué pasa si no incluyo mis gastos deducibles?
¡Pon atención! Si no deduces los gastos que se relacionan con tu actividad económica, tu carga de base imponible aumenta, eso te llevará a pagar más impuestos.
¿Qué pasa si capturo mal mis datos en la declaración?
Los errores de captura en tu RFC o en la cantidad de impuestos a pagar pueden generar rechazos del sistema, por eso, siempre revisa bien cada detalle.
¿Qué pasa si no pago a tiempo mi declaración mensual RESICO?
Si quieres evitar recargos o multas, es mejor pagar a tiempo los impuestos generados, respetando el plazo del día 17 o el día adicional que te corresponda según tu RFC. Así, será más fácil presentar la declaración sin contratiempos.
¿Puedo presentar mi declaración mensual RESICO antes del día 17?
Sí. Puedes presentarla en cuanto tengas tus ingresos y gastos del mes correctamente contabilizados; no es necesario esperar a la fecha límite. Presentarla con anticipación reduce el riesgo de errores de último momento.
Fuentes
- Presenta tu declaración de pagos mensuales y definitivos. Régimen Simplificado de Confianza
- Régimen Simplificado de Confianza para personas físicas
¿Aún te falta mantener tu contabilidad en orden? ¡Usa un sistema contable!
¡Ponte trucha! Y dale un impulso a tu negocio con el Programa de Partners de Alegra. Genera ingresos recurrentes, accede a recursos exclusivos y haz crecer tu red de contactos.
Como Alegra, un software contable que te permitirá tener el registro de todos tus movimientos para que la declaración mensual sea más fácil.




