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Toggle¡El SAT cambió cómo se calcula el estímulo IEPS diésel! Si tu empresa mueve mercancía, cultiva o distribuye — y no ajustaste el cálculo desde el 17 de abril de 2026 — podrías estar acreditando menos de lo que te corresponde.
Para una flota de 10 camiones que consume 5,000 litros semanales, eso puede significar miles de pesos perdidos que no podrás recuperar con posterioridad.
Aquí te explicamos exactamente qué es el estímulo fiscal del IEPS al diésel, quiénes lo pueden aplicar en 2026, cuánto representa para tu empresa y qué pasos debes seguir para no perder el beneficio.
Qué es el estímulo de IEPS al diésel y por qué importa a tu negocio
El IEPS (Impuesto Especial sobre Producción y Servicios) es el impuesto que el SAT cobra sobre cada litro de diésel que adquieres. Para una empresa de transporte o del sector agropecuario, este impuesto puede representar entre el 25 % y el 40 % del costo total del combustible — un gasto que se repite semana a semana a lo largo de todo el ejercicio fiscal.
El estímulo fiscal del IEPS al diésel es un mecanismo autorizado por la Ley de Ingresos de la Federación (LIF), que permite a empresas de ciertos sectores acreditar el IEPS que pagaron en la compra de diésel contra su ISR del ejercicio.
Es decir, el IEPS que pagaste al surtir combustible reduce el impuesto sobre la renta que deberás pagar al SAT al cierre del año.
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Para 2026, este estímulo está vigente y fue reforzado por la Secretaría de Hacienda (SHCP), que mantiene un subsidio semanal sobre el precio del diésel. Durante la semana del 25 de abril al 1 de mayo de 2026, el estímulo sobre el diésel fue de 33.22 %, con el gobierno cubriendo 2.4458 pesos por litro. Pero el estímulo que aplica tu empresa no es ese subsidio de precio al consumidor — es el acreditamiento del IEPS contra ISR, regulado por el artículo 20 de la LIF 2026.
🚀#TipAlegra: el estímulo de IEPS al diésel no es una devolución en efectivo. Es un acreditamiento: el monto del IEPS que pagaste se descuenta directamente del ISR que debes pagar. Si no lo aplicas en el ejercicio correspondiente, pierdes el derecho a usarlo en ejercicios posteriores.
Quiénes pueden aplicar el estímulo IEPS al diésel en 2026
La LIF 2026 define con precisión qué sectores y bajo qué condiciones pueden aprovechar este beneficio. No todas las empresas que compran diésel califican — los requisitos dependen del uso del combustible y de los ingresos anuales de la empresa.
| Sector | Tipo de uso de diésel | Porcentaje acreditable | Límite de ingresos anuales | Contra qué se acredita |
|---|---|---|---|---|
| Transporte público y privado de carga o pasaje | Uso automotriz en vehículos que circulan en vías públicas | 100% del IEPS pagado | Sin límite de ingresos | ISR propio del ejercicio o ISR retenido a terceros |
| Transporte turístico | Uso automotriz en vehículos de transporte turístico | 100% del IEPS pagado | Sin límite de ingresos | ISR propio del ejercicio |
| Sector agropecuario (agrícola, ganadero, silvícola, pesquero) | Maquinaria agropecuaria (no vehículos terrestres convencionales) | 100% del IEPS pagado | Ingresos anuales menores a $60 millones MXN | ISR del ejercicio + devolución trimestral si no hay ISR suficiente |
| Sector primario — maquinaria general | Combustible para maquinaria en general (excepto vehículos) | 100% del IEPS pagado | Ingresos anuales menores a $60 millones MXN | ISR causado en el ejercicio |
⚠️ Restricción importante: el estímulo NO aplica para vehículos terrestres convencionales en el sector agropecuario ni para personas morales que sean partes relacionadas según el artículo 179 de la LISR. Antes de aplicarlo, verifica con tu asesor fiscal que tu empresa no está dentro de esas excepciones.
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El cambio de abril 2026 que debes conocer: nueva regla 11.7.3
La Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) publicó una modificación clave a la regla 11.7.3, con efectos desde el 17 de abril de 2026, que cambia la metodología para calcular el precio base del diésel sobre el que se determina el monto del IEPS acreditable.
Si tu empresa aplica el estímulo IEPS al diésel y usas la metodología anterior a abril, estás calculando un acreditamiento menor al que te corresponde. El cambio modifica el cálculo desde el 17 de abril de 2026.
En términos prácticos, esto significa que:
- El monto del estímulo que puedes acreditar cambia con la nueva regla — en algunos casos puede ser más favorable que con la metodología anterior
- Si sigues aplicando el cálculo anterior desde el 17 de abril, estás dejando dinero sobre la mesa
- El ajuste debe aplicarse en los pagos provisionales de ISR correspondientes a partir de esa fecha
Requisitos para que el acreditamiento sea válido
El estímulo no se aplica automáticamente por el hecho de comprar diésel. El SAT establece condiciones específicas que deben cumplirse en cada adquisición para que el acreditamiento sea procedente.
Un error en cualquiera de estos puntos puede hacer que el SAT rechace el estímulo completo en una revisión.
| Requisito | Detalle operativo |
|---|---|
| Forma de pago | El diésel debe pagarse mediante transferencia bancaria o monedero electrónico autorizado por el SAT. Los pagos en efectivo no dan derecho al acreditamiento |
| CFDI con IEPS desglosado | El comprobante fiscal de compra debe indicar expresamente el monto del IEPS trasladado. Si el CFDI no desglosa el IEPS, el acreditamiento no procede |
| Uso del combustible | El diésel debe usarse exclusivamente en el tipo de actividad que da derecho al estímulo (transporte, maquinaria agropecuaria, etc.) — no uso mixto sin segregación |
| Documentación de soporte | Llevar registro interno del volumen de diésel consumido por unidad/maquinaria, bitácoras de viaje o de operación, y conservar todos los CFDI de compra |
| No partes relacionadas | La persona moral que aplique el estímulo no debe ser parte relacionada de acuerdo al Art. 179 LISR |
| Acreditamiento en el ejercicio | El IEPS solo puede acreditarse en el ejercicio en que se adquirió el diésel. Si no se aplica en ese año, se pierde el derecho |
Cuánto puede representar el estímulo para tu empresa
Para dimensionar el impacto real, considera este ejemplo práctico con datos de 2026:
Caso: Empresa de transporte de carga privado con 8 camiones
| Dato | Cifra |
|---|---|
| Consumo mensual de diésel | 12,000 litros |
| Cuota IEPS diésel (mayo 2026) | ~$4.92 por litro |
| IEPS pagado al mes | ~$59,040 MXN |
| IEPS pagado en el ejercicio (12 meses) | ~$708,480 MXN |
| Ahorro fiscal anual vía acreditamiento ISR | ~$708,480 MXN (100% acreditable para transporte) |
Para el sector agropecuario con maquinaria (tractores, cosechadoras, equipos de riego), el cálculo es el mismo pero se aplica a los litros consumidos exclusivamente por esa maquinaria — no por vehículos de carga terrestres convencionales.
⚠️ Estas cifras son referenciales. La cuota del IEPS se actualiza semanalmente por la SHCP vía el DOF. Para el cálculo exacto de tu empresa, usa los montos específicos del CFDI de cada compra y la metodología actualizada de la regla 11.7.3 de la RMF 2026.
Preguntas frecuentes sobre el estímulo IEPS al diésel
¿El estímulo IEPS al diésel aplica para personas físicas con actividad empresarial?
Sí. El estímulo está dirigido a personas físicas y morales con actividades empresariales, incluyendo el sector primario. Lo que varía es el límite de ingresos: para maquinaria en general (no transporte), los ingresos anuales no deben exceder $60 millones de pesos.
¿Puedo aplicar el estímulo si mi empresa usa diésel para distribución interna?
Sí, siempre que uses vehículos propios o arrendados para transportar bienes o personal relacionados con tu actividad económica — incluso si no cobras por ese transporte. Se entiende por transporte privado de personas o de carga aquel que realizan los contribuyentes con vehículos de su propiedad o en arrendamiento para transportar bienes propios o su personal, sin que por ello se genere un cobro.
¿Qué pasa si en el ejercicio no tengo ISR suficiente para acreditar el IEPS?
Para el sector agropecuario, si el IEPS acreditable es mayor al ISR del ejercicio, puedes solicitar la devolución del saldo a favor en forma trimestral (abril, julio, octubre y enero del siguiente año). Para el sector de transporte, el excedente puede acreditarse contra el ISR retenido a terceros en el mismo ejercicio — siempre dentro del año.
¿El diésel para la flota de reparto de una distribuidora califica?
Sí, siempre que los vehículos se usen para transportar bienes propios o relacionados con la actividad de la empresa. Lo importante es que el CFDI de compra de diésel desglosa el IEPS y que el pago sea bancarizado — no en efectivo.
¿Cuándo venció el plazo para aplicar el estímulo de 2025?
El derecho a acreditar el IEPS del diésel adquirido en 2025 debíó aplicarse en la declaración anual de ISR 2025. Si no lo hiciste, ese monto se pierde — no puede trasladarse a 2026. Para el ejercicio 2026, asegúrate de llevar control mensual y aplicarlo en cada pago provisional o en la declaración anual, según el sector.
¿Puedo aplicar el estímulo en los pagos provisionales de ISR o solo en la declaración anual?
Depende del sector. Para su aplicación en pagos provisionales, se deberá atender a los supuestos establecidos en la Resolución de Facilidades Administrativas 2026. Para el sector agropecuario, el acreditamiento generalmente aplica en la declaración anual. Para transporte, la Resolución de Facilidades Administrativas 2026 (DOF 17-feb-2026) define los mecanismos de aplicación en pagos provisionales.





