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Toggle¿Sabes cuál es el respaldo oficial que necesitas para demostrar tu solvencia tributaria ante el SAT? ¡Así es! La opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales, este documento funciona como un sello de confianza que impulsa tu credibilidad empresarial.
Este aval no solo agiliza procesos clave como licitaciones, financiamientos y contratos, sino que también refuerza tu reputación frente a clientes y proveedores, posicionándote como un socio sólido y confiable. Aquí te contamos todo sobre la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales y cómo mantenerla siempre positiva 😉.
¿Qué es la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales?
La opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales es un certificado emitido por el SAT que indica si un contribuyente, ya sea persona física o moral, está al día con sus obligaciones fiscales.
Este documento, también conocido como formato 32-D, demuestra que cumples con las normativas tributarias establecidas por el SAT, según el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.
La opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales SAT puede ser:
| Positiva | Negativa |
| Sin adeudos ni omisiones. | Existen obligaciones pendientes. |
| Suspensión de actividades | Inscrito sin obligaciones |
| RFC inactivo; no se evalúan obligaciones. | Contribuyente registrado sin cargas fiscales. |
👉 Conoce aquí qué es el régimen sin obligaciones fiscales.
¿Para qué sirve la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales?
Este documento es clave para diversas actividades empresariales:

¿Cómo obtener la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales?
Obtener la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales SAT es un proceso sencillo y gratuito. Aquí te explicamos el paso a paso😉.
- Ingresa al portal del SAT.
- Ve a “Otros trámites y servicios” y selecciona “Obtén tu Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales”.
- Inicia sesión con tu RFC, contraseña o e.firma.
- Descarga el documento en formato PDF.
¿Cómo se obtiene la opinión de cumplimiento positiva ante el SAT?
Para obtener una opinión positiva del cumplimiento de obligaciones fiscales, debes cumplir con los siguientes requisitos 👇.
- Estar inscrito en el RFC con estado fiscal activo.
- No tener créditos fiscales firmes o exigibles.
- Estar al corriente con todas las declaraciones fiscales (anuales, mensuales y provisionales).
- No figurar en el listado del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (operaciones simuladas).
El SAT revisa estos puntos antes de emitir una opinión positiva 😉.
¿Cuál es la vigencia de la opinión de cumplimiento SAT?
La vigencia de la opinión depende de su propósito.
- Subsidios y estímulos: 3 meses desde la fecha de emisión.
- Otros casos (licitaciones, contratos, etc.): 30 días naturales desde la fecha de emisión.
👉 Es recomendable renovarla periódicamente para mantenerla vigente.
¿Qué hacer si la opinión de cumplimiento es negativa?
Si obtienes una opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales negativa, puedes tomar las siguientes acciones.
- Solicitar una aclaración
- Accede a “Mi portal” en el sitio del SAT.
- Presenta una aclaración con documentos que respalden tu caso, como comprobantes de pago.
- Selecciona la etiqueta correspondiente al tipo de inconsistencia (por ejemplo, “RFC opinión del cumplimiento” o “Créditos”).
- Regularizar tu situación
- Corrige las irregularidades, como pagar adeudos o presentar declaraciones pendientes.
- Una vez resueltas, solicita nuevamente la opinión.
¿Cómo verificar una opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales?
| Consultarla en el portal del SAT | Ingresa con tu RFC y contraseña o e.firma en la sección “Consulta tu opinión de cumplimiento”. |
| Solicitarla directamente | Pide al contribuyente que te proporcione el documento o que autorice su consulta. |
| Validar su autenticidad | Usa la herramienta en línea del SAT para verificar el folio del documento. |
¿Qué implicaciones tiene no contar con una opinión vigente?
No tener una opinión vigente puede generar problemas 😰.
- Inhabilitación para licitaciones públicas: no podrás participar en contratos gubernamentales.
- Impedimento para subsidios o estímulos: pierdes acceso a programas de apoyo.
- Dificultades en contratos públicos: muchas dependencias exigen una opinión positiva.
- Retrasos en trámites fiscales: puede complicar procesos ante el SAT.
¿Qué diferencia hay entre la opinión del SAT y la del IMSS o Infonavit?
¡Pon atención! Cada institución emite una opinión de cumplimiento para áreas específicas:
| Área de cumplimiento | Propósito | |
| SAT | Obligaciones fiscales (impuestos, declaraciones) | Subsidios, licitaciones, contratos públicos |
| IMSS | Seguridad social (cotizaciones patronales) | Cumplimiento laboral, REPSE, contratos públicos |
| Infonavit | Fondo de vivienda (cotizaciones) | Beneficios habitacionales, contratos públicos |
La opinión del SAT se centra en impuestos, mientras que las del IMSS e Infonavit abordan obligaciones laborales y de vivienda.
¿Cómo afecta la opinión de cumplimiento en licitaciones públicas?
Una opinión positiva es un requisito obligatorio para participar en licitaciones públicas, según el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación. Sin ella, tu empresa quedará inhabilitada para competir por contratos de obras, servicios o adquisiciones con entidades gubernamentales.
¿Qué errores comunes se cometen al solicitar la opinión de cumplimiento?
- e.firma vencida.
- Declaraciones incompletas.
- Adeudos olvidados.
- No verificar la vigencia antes de un trámite.
¿Se puede autorizar a un tercero para consultar la opinión fiscal?
Sí, puedes autorizar a un tercero para consultar tu opinión de cumplimiento a través del portal del SAT:
- Ingresa a “Otros trámites y servicios”.
- Selecciona la opción para autorizar a un tercero.
- Proporciona los datos del autorizado.
Esto es útil para compartir la opinión con clientes, proveedores o instituciones financieras.
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