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Qué es la DIOT en México: quién debe presentarla y quién está exento

Qué es la DIOT en México

La DIOT es la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros. En México, esta obligación permite informar al SAT las operaciones con proveedores relacionadas con IVA, como pagos, retenciones, acreditamientos y traslados del impuesto.

Si tu negocio compra mercancía, contrata servicios, paga rentas o registra gastos con IVA, entender la DIOT ayuda a saber si debes reportar esas operaciones y si aplica o no en tu caso específico.

Qué es la DIOT ante el SAT

La DIOT es la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros. Es un reporte mensual que envías al SAT con las operaciones de IVA que realizaste con tus proveedores: pagos, retenciones, acreditamientos y traslados del impuesto.

En 2026, la DIOT cumple una función clave: el SAT cruza automáticamente tu declaración con los CFDI 4.0 que tus proveedores emitieron. Si hay diferencias entre lo que tú reportas y lo que ellos facturaron, el sistema genera requerimientos automáticos para que aclares la inconsistencia.

No es una declaración de ventas a clientes finales. Tampoco sustituye tu declaración mensual de IVA. Es un reporte de compras y gastos con proveedores que permite al SAT validar que el IVA que tú acreditas coincide con el IVA que tus proveedores trasladaron.

Para qué sirve la DIOT en México

La DIOT sirve para tres cosas concretas:

  1. Validar el IVA acreditable: El SAT confirma que el IVA que tú quieres acreditar en tu declaración mensual está respaldado por facturas reales de tus proveedores.
  2. Detectar inconsistencias fiscales: Si tu DIOT no coincide con los CFDI 4.0 de tus proveedores, el SAT te envía un requerimiento.
  3. Ordenar la información de tu negocio: Preparar la DIOT obliga a tener conciliados tus compras, gastos, retenciones y CFDI recibidos.

Para una empresa, esto significa que un proveedor con RFC mal capturado, una factura omitida o un monto de IVA descuadrado puede convertirse en un problema fiscal meses después. La DIOT obliga a mantener ese orden desde el origen.

¿A quién le aplica la DIOT? Tres casos reales de negocios en México

Antes de entrar a quiénes están obligados formalmente, estos tres casos ilustran cómo se aplica la DIOT en situaciones reales:

María, RESICO con tienda en línea

María está en RESICO. En 2025 tuvo ingresos de $3,200,000. En 2026 compra inventario a proveedores con IVA.

¿Presenta DIOT? Solo si no solicitó el relevo o si el SAT no se lo otorgó. Si ya tiene el relevo vigente, no presenta. Si no lo tiene, debe presentar mensualmente.

Juan, persona física con actividad profesional

Juan factura honorarios como diseñador. En 2025 tuvo ingresos de $2,800,000. No tiene compras con proveedores: solo paga internet y software, pero le emiten facturas.

¿Presenta DIOT? Si esas facturas de internet y software tienen IVA, sí debe presentar DIOT con esas operaciones, a menos que tenga el relevo solicitado y aprobado.

S. de R.L. de consultoría

La empresa tiene ingresos de $8,000,000 anuales. Compra equipos, paga renta de oficina y contrata servicios de diseño.

¿Presenta DIOT? Sí, obligatoriamente. Las personas morales no tienen relevo. Debe presentar DIOT mensual del 1 al 17 con todas sus operaciones con proveedores.

Quiénes deben presentar la DIOT

De forma general, deben presentar la DIOT las personas físicas y morales que realicen operaciones con proveedores relacionadas con IVA, conforme al artículo 32, fracción VIII de la Ley del IVA.

Personas morales

Todas las personas morales (S. de R.L., S.A. de C.V., S.A.P.I. de C.V., etc.) que realicen actividades gravadas con IVA están obligadas a presentar DIOT mensualmente, sin excepción de monto. No existe relevo para personas morales.

Personas físicas con actividad empresarial o profesional

Las personas físicas con actividad empresarial, servicios profesionales o arrendamiento están obligadas si tienen operaciones con proveedores relacionadas con IVA. La obligación no depende del monto de ingresos, sino de la existencia de operaciones reportables.

Contribuyentes en RESICO

Los contribuyentes en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) están obligados a presentar DIOT si realizan operaciones con proveedores relacionadas con IVA. Sin embargo, pueden solicitar el relevo si cumplen ciertos requisitos.

⚠️ Nota importante

Estar en RESICO no te exime automáticamente. El relevo debe solicitarse y obtenerse del SAT.

📖 Presenta tu Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) – SAT

DIOT en México

Quiénes pueden quedar relevados de presentar la DIOT

El SAT permite que ciertos contribuyentes queden relevados de presentar la DIOT, pero este relevo no es automático. Debes cumplir los requisitos y solicitarlo expresamente ante el SAT.

¿Quiénes pueden solicitar el relevo?

ContribuyenteRequisito¿Es automático?
Personas físicas en RESICOIngresos del ejercicio anterior no mayores a $4,000,000No. Debes solicitarlo al SAT.
Personas físicas con actividad empresarial, profesional o arrendamiento (fuera de RESICO)Ingresos del ejercicio anterior no mayores a $4,000,000No. Debes solicitarlo al SAT.

Puntos críticos sobre el relevo

  • El límite de $4 millones se revisa del ejercicio inmediato anterior, no del actual. Si iniciaste actividades hace menos de un año, el SAT hace una estimación.
  • Si superas el límite en el ejercicio actual, pierdes el relevo y debes presentar DIOT el siguiente año.
  • Si no solicitaste el relevo o no obtuviste la resolución favorable, sigues obligado a presentar DIOT.
  • Personas morales no tienen relevo. Deben presentar DIOT siempre que tengan operaciones con proveedores.

📌 La forma más segura de saber si estás relevado: Revisa tu constancia de situación fiscal en el portal del SAT. Si aparece la obligación de DIOT, debes presentarla. Si tienes dudas, confirma con tu contador antes de omitir la declaración.

⚠️ Nota importante

El portal del SAT indica que algunas personas físicas y morales en RESICO, así como ciertas personas físicas con ingresos de hasta cuatro millones de pesos, pueden quedar relevadas de presentar la DIOT. Antes de asumir que aplica a tu caso, confirma tu régimen y obligaciones vigentes.

📖 Presenta tu Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) – SAT

DIOT vs otras declaraciones fiscales

Muchos contribuyentes confunden la DIOT con otras obligaciones. Esta tabla aclara las diferencias:

DeclaraciónQué reportasPeriodicidad¿Quién la presenta?
DIOTOperaciones con proveedores (IVA)Mensual (o semestral en actividades agropecuarias)Quienes tienen compras/gastos con IVA
DIMOperaciones con proveedores (ISR retenido)MensualPersonas morales y algunas físicas
Declaración mensual de IVAVentas, compras, IVA causado y acreditableMensualTodos los contribuyentes en IVA
Declaración AnualTodo el ejercicio fiscal completoAnualTodos los contribuyentes

DIOT y DIM no son lo mismo. La DIOT reporta IVA; la DIM reporta ISR retenido a proveedores. Se presentan en sistemas diferentes del SAT.

Qué información se reporta en la DIOT

La DIOT reporta información de proveedores y operaciones relacionadas con IVA. Antes de prepararla, conviene tener ordenados tus CFDI recibidos, compras, gastos, retenciones y papeles de trabajo del periodo.

DatoPor qué importa
RFC del proveedorIdentifica al tercero informado ante el SAT.
Tipo de proveedorPermite distinguir proveedor nacional, extranjero o global, según aplique.
Tipo de operaciónAyuda a clasificar servicios, arrendamiento, importaciones u otras operaciones.
Valor de actos o actividadesSirve como base para reportar operaciones por tasa de IVA.
IVA trasladadoMuestra el impuesto cobrado por el proveedor.
IVA acreditableAyuda a conciliar el IVA que el negocio puede acreditar.
IVA retenidoAplica cuando existe retención de IVA en la operación.
Periodo declaradoConecta la información con el mes o semestre correspondiente.

La clave está en no improvisar al cierre. Si tus compras y CFDI están desordenados, la DIOT se vuelve más lenta y aumenta el riesgo de inconsistencias.

🚀 #TipAlegra

Si tu negocio trabaja con varios proveedores, registra compras, gastos y CFDI durante el mes. Con Alegra puedes organizar esa información y generar el reporte DIOT en formato .txt listo para la plataforma del SAT desde Reportes > Reportes Fiscales > Reporte DIOT. Tu contador solo lo descarga y lo sube al SAT. Conoce más en la guía de reporte DIOT en Alegra.

Preguntas frecuentes sobre la DIOT

¿Qué es la DIOT?

La DIOT es la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros. Sirve para informar al SAT operaciones con proveedores relacionadas con IVA.

¿Quién está obligado a presentar la DIOT?

La presentan personas físicas y morales cuando tienen operaciones con proveedores relacionadas con IVA y la obligación aplica según su régimen fiscal.

¿Quiénes están relevados de presentar la DIOT?

El SAT indica que ciertos contribuyentes en RESICO y algunas personas físicas con ingresos de hasta cuatro millones de pesos pueden quedar relevados. Confirma tu caso antes de omitirla.

¿La DIOT reporta ventas o compras?

La DIOT reporta operaciones con proveedores relacionadas con IVA. No es una declaración de ventas a clientes finales.

¿Cuándo se presenta la DIOT?

La DIOT se presenta mensualmente del 1 al 17 del mes siguiente al periodo informado. Para ver las fechas específicas y el proceso completo, consulta la guía paso a paso de presentación de la DIOT. Para actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o de pesca con facilidad autorizada, la periodicidad es semestral.

¿Dónde se presenta la DIOT?

La DIOT se presenta en la plataforma digital del SAT. Desde agosto de 2025, el SAT informó que debe usarse únicamente la nueva plataforma.

¿Qué pasa si no presento la DIOT?

Puedes recibir requerimientos o multas que van de $1,720 a $51,610 pesos conforme a los artículos 81 y 82 del CFF y el Anexo 5 de la RMF 2026. Si detectas una omisión, reúne tus CFDI, acuses y papeles de trabajo para revisar la corrección con tu contador.

Fuentes

Con Alegra puedes organizar compras, gastos, CFDI e información de proveedores para trabajar con más claridad antes de preparar tus obligaciones fiscales en México.

👓 En resumen...

La DIOT es un reporte mensual de operaciones con proveedores relacionadas con IVA que se presenta ante el SAT del 1 al 17 de cada mes. Están obligados quienes tienen compras o gastos con IVA, salvo quienes obtuvieron el relevo formal. Si mantienes tus CFDI y compras ordenados durante el mes, preparar la DIOT será mucho más sencillo.

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Fernanda Alva

Redactora experta en temas empresariales, financieros y contables en más de 7 países de Latinoamérica y España. Apasionada por conectar con mi audiencia a través de las letras en el entorno digital.
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Actualizado el 30 de junio de 2026
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