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ToggleLa DIOT (Declaración Informativa de Operaciones con Terceros) es una obligación fiscal en México que deben presentar las empresas y personas físicas o morales que realizan actividades económicas y han efectuado pagos a proveedores o prestadores de servicios.
Su principal objetivo es reportar al SAT las operaciones realizadas con estos terceros, para garantizar que las transacciones sean transparentes y estén correctamente registradas en el sistema fiscal.
¿Quiénes deben presentar la DIOT?
¡Pon atención! 😉. En general, están obligados obligados a presentar DIOT:
👉 Personas físicas y morales con actividades gravadas por IVA.
👉 Contribuyentes que hayan obtenido la clave IVA.
👉 Municipios, entidades federativas y organismos descentralizados.
¿Quienes están exentos de presentar DIOT?
Así es, hay excepciones de quienes no deben presentar la DIOT:
👉 Personas físicas con ingresos menores a 4 millones de pesos y que emitan todas sus facturas.
👉 Contribuyentes en régimen simplificado de confianza RESICO.
¿Cuál es la fecha límite para presentar la DIOT en 2025?
La DIOT se debe presentar mensualmente, a más tardar el último día del mes siguiente al periodo reportado. Por ejemplo, la declaración de enero debe presentarse a más tardar el 28 o 31 de febrero, según el calendario.
Aunque la Ley del IVA menciona el día 17, la regla miscelánea vigente amplía el plazo al último día del mes para facilitar el cumplimiento.
¿Dónde llenar el formato de la DIOT?
El formato de la DIOT puede presentarse en el portal oficial del SAT. Aquí te explicamos los pasos 👇.
- Accede al portal del SAT.
- Inicia sesión con RFC, contraseña y e.firma.
- Una vez dentro del portal, ve al menú de “Declaraciones” y selecciona la opción para presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT).
- En este apartado, podrás ingresar los datos solicitados, como el RFC de tus proveedores, las operaciones realizadas y los montos correspondientes.
- Asegúrate de que toda la información esté correcta y luego envíala al SAT.
Si prefieres evitar el proceso manual, herramientas como Alegra permiten automatizar la generación y el cómo presentar la DIOT, ahorrándote tiempo y reduciendo el riesgo de errores.
¿Qué diferencia hay entre la DIOT para personas físicas y morales?
Aunque tanto las personas físicas como las morales deben presentar la DIOT, existen algunas diferencias:
¿Qué errores comunes se deben evitar al presentar la DIOT?
Al presentar la DIOT, los errores más comunes son:
- Omisión de operaciones: asegúrate de incluir todas las operaciones realizadas con proveedores durante el año.
- Errores en el RFC: verifica que el RFC de cada proveedor esté correctamente ingresado.
- Incluir pagos no reportables: no incluyas pagos que no corresponden a actividades económicas o que no sean del régimen fiscal aplicable.
- No usar el formato adecuado: el SAT tiene un formato específico para la DIOT, y es importante usar el correcto.
Si requieres verificar la información, recuerda que puedes consultar DIOT presentadas 😉.
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¿Qué pasa si no presento la DIOT a tiempo?
No cumplir con esta obligación puede traer sanciones muy graves, como:
- Multas que van de $14,800 a $29,750 pesos, con multas duplicadas en caso de reincidencia.
- Inscripción negativa en la Opinión de Cumplimiento del SAT.
- Auditorías, revisiones fiscales y multas adicionales.
- En casos extremos, sanciones penales por evasión fiscal.
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