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ToggleEn este artículo se explica qué es la facturación electrónica Panamá 2026, quiénes están obligados a implementarla, qué cambió con la nueva normativa de la DGI vigente desde enero de 2026, cómo funciona el Sistema de Facturación Electrónica de Panamá (SFEP) y qué pasos concretos debe seguir una empresa para cumplir. Quienes no hagan la transición a tiempo quedan expuestos a sanciones que van desde ฿500 hasta ฿10,000 en casos de reincidencia.
La facturación electrónica en Panamá ya no es opcional para la mayoría de los negocios. La DGI viene ampliando su obligatoriedad desde 2023, y en 2026 estableció nuevos límites que obligan a miles de empresas a migrar del facturador gratuito a un Proveedor Autorizado Calificado (PAC).
¿Qué es la facturación electrónica en Panamá 2026?
La facturación electrónica Panama es un documento tributario que tiene la misma validez legal que una factura en papel, pero se emite y recibe en formato digital. En Panamá, este sistema está regulado por la Dirección General de Ingresos (DGI) y busca modernizar los procesos contables, reduciendo costos y optimizando el control fiscal.
Su base legal está sustentada principalmente en la Ley 256 del 26 de noviembre de 2021, que establece la obligatoriedad progresiva del sistema, y en el Decreto Ejecutivo 766 del 29 de diciembre de 2020, que define el rol de los Proveedores Autorizados Calificados (PAC). La validez de cada documento queda garantizada por la Ley 51 del 22 de julio de 2008, que reconoce la firma electrónica calificada como equivalente legal de la firma manuscrita.
A diferencia de una factura física, la factura electrónica cumple con un ciclo técnico preciso: se genera en formato digital, se firma electrónicamente, se valida ante el PAC o el SFEP y solo entonces se entrega al receptor. Sin esa cadena de validación, el documento no tiene existencia legal ante la DGI.
Características de la factura electrónica
La factura electrónica en Panamá tiene una serie de características que la distinguen de las facturas tradicionales.

Marco normativo: las leyes y resoluciones que regulan el sistema
| Norma | Contenido clave |
| Ley 51 de 2008 (arts. 2 y 74) | Validez legal de la firma electrónica calificada |
| Decreto Ejecutivo 766 de 2020 | Establece el rol y las obligaciones de los PAC |
| Ley 256 de 2021 | Obligatoriedad progresiva de la facturación electrónica |
| Resolución 201-0384 de 2024 | Obliga a partidos políticos y proveedores del Estado a usar SFEP |
| Resolución 201-6299 de 2025 | Nuevos límites del facturador gratuito vigentes desde enero de 2026 |
La Resolución 201-6299 de 2025 es la novedad más relevante para 2026. Establece que el facturador gratuito del SFEP ya no es accesible para cualquier contribuyente: a partir del 1 de enero de 2026, solo pueden usarlo quienes cumplan simultáneamente dos condiciones. La primera es tener ingresos brutos anuales de hasta ฿36,000. La segunda es emitir como máximo 100 documentos electrónicos mensuales. Quienes superen cualquiera de esos dos límites están obligados a contratar un PAC.
De acuerdo con el decreto N° 766, todas las empresas que adopten el modelo de facturación electrónica deben contratar los servicios de al menos un Proveedor Autorizado Calificado (PAC). Este proveedor es responsable de validar y autorizar los documentos electrónicos, asegurando que cumplan con las normativas establecidas.
¿Quiénes están obligados a la facturación electrónica en 2026?
La obligatoriedad de la facturación electrónica en Panamá se ha ampliado de forma gradual. Los grupos obligados son los siguientes:
| Grupo | Obligación |
| Nuevos RUC desde enero de 2023 | Obligados a facturar electrónicamente desde el momento de su inscripción |
| Proveedores del Estado y la ACP | Obligados desde octubre de 2023 |
| Profesionales independientes (abogados, contadores, arquitectos, médicos) | Obligados desde 2024 |
| Grandes contribuyentes | Obligados según calendario de la DGI |
| Contribuyentes con ingresos > ฿36,000 o > 100 docs/mes | Obligados a usar PAC desde enero de 2026 (Resolución 201-6299) |
| Entidades bancarias e instituciones financieras | Según calendario específico DGI |
Excepciones:
Las excepciones al sistema son acotadas. Los pequeños contribuyentes bajo régimen simplificado que no superen los umbrales del facturador gratuito pueden seguir con ese sistema. Las zonas francas tienen disposiciones particulares según su régimen fiscal especial. Las entidades gubernamentales están exentas de los límites de volumen y pueden emitir sin necesidad de PAC.
Cómo generar la facturación electrónica Panamá 2026: facturador gratuito vs PAC
Hasta 2025, el facturador gratuito del SFEP era la puerta de entrada para la mayoría de los pequeños negocios y emprendedores en Panamá. Con la Resolución 201-6299, la DGI restringió ese acceso y definió dos carriles claramente diferenciados.
¿Cuál aplica a tu empresa?
| Criterio | Facturador gratuito DGI | PAC obligatorio |
| Ingresos brutos anuales | Hasta ฿36,000 | Más de ฿36,001 |
| Documentos electrónicos por mes | Hasta 100 | 101 o más |
| Integración contable | No disponible | Sí |
| Facturación masiva / API | No disponible | Sí |
| Entidades gubernamentales | Sin límite de volumen | Flexible |
Si la empresa supera cualquiera de los dos límites del facturador gratuito — ingresos o volumen —, está obligada a contratar un PAC autorizado por la DGI.
El incumplimiento de esta migración expone al negocio a las mismas sanciones que aplican por facturar sin sistema válido. La DGI señaló que esta decisión busca consolidar un sistema robusto y sostenible, dejando el facturador gratuito exclusivamente para negocios de muy baja escala.
Para el resto, el PAC no es solo una obligación — es la infraestructura que permite integrar la facturación con la contabilidad, el inventario y los reportes fiscales.
¿Qué es un Proveedor Autorizado Calificado (PAC) y por qué importa?
El PAC es la pieza central del sistema de facturación electrónica para empresas con volumen medio y alto. Es una entidad aprobada por la DGI que se encarga de validar y autorizar los documentos electrónicos del contribuyente, garantizando que cumplen con los requisitos legales y fiscales establecidos.
El Decreto 766 de 2020 establece que todas las empresas que adopten la modalidad PAC deben contratar los servicios de al menos un proveedor de este tipo. El PAC no reemplaza la responsabilidad fiscal del contribuyente, pero sí garantiza que cada documento emitido pasa por las validaciones técnicas necesarias antes de llegar al receptor.
¿Por qué conviene migrar a un PAC aunque no sea obligatorio todavía? Porque el facturador gratuito tiene limitaciones operativas importantes: no permite integración con sistemas contables, no soporta facturación masiva y no genera reportes automáticos para la DGI. Una empresa que crece necesita esa capacidad antes de que el volumen la obligue a migrar bajo presión.
🚀#AlegraTip: El sistema de facturación electrónica en Panamá permite incluir hasta 1,000 artículos en una sola factura, siempre que se cumplan con las especificaciones exigidas por la DGI.
Cómo implementar la facturación electrónica en Panamá: paso a paso
Implementar la factura electrónica en Panamá sigue un proceso definido. Estos son los pasos para hacerlo correctamente:
1️⃣ Registro ante la DGI La empresa debe estar inscrita en el sistema tributario de Panamá con su RUC activo y actualizado. Si el RUC está inactivo o desactualizado, la DGI no habilitará el acceso al SFEP.
2️⃣ Obtener la firma electrónica calificada La firma electrónica es obligatoria para todos los emisores, incluso quienes trabajan con un PAC. Cada empresa es responsable de los documentos fiscales que genera y la firma garantiza su autenticidad e integridad. Se tramita ante la Dirección Nacional de Firma Electrónica del Registro Público de Panamá.
3️⃣ Definir la modalidad: facturador gratuito o PAC Según el volumen de facturación y las necesidades de integración, se elige entre el SFEP gratuito (hasta B/.36,000 anuales y 100 documentos mensuales desde 2026) o la contratación de un PAC autorizado por la DGI.
4️⃣ Registrarse en el SFEP Una vez definida la modalidad, la empresa debe registrarse como emisor en el Sistema de Factura Electrónica de Panamá. La DGI da un plazo de 15 días calendario desde la declaración jurada de adopción para aceptar términos y condiciones e iniciar la facturación.
5️⃣ Integrar el sistema de facturación Para empresas que migran a PAC, este es el paso clave: elegir una plataforma que se integre con los procesos contables y operativos del negocio. Con Alegra, la facturación electrónica queda conectada directamente con la contabilidad, el inventario y los reportes fiscales, reduciendo el trabajo manual y los errores de transcripción.
6️⃣ Capacitar al equipo y hacer pruebas Antes de la implementación oficial, es recomendable capacitar a las personas que emitirán los documentos y hacer pruebas del sistema para verificar que los documentos se generan, validan y envían correctamente.

Sanciones por incumplimiento: lo que dice la DGI
El incumplimiento de las obligaciones de facturación electrónica tiene consecuencias concretas en Panamá. La DGI tiene la facultad de imponer multas y verificar el cumplimiento tanto en visitas presenciales como mediante el cruce automatizado de información.
Las multas por irregularidades en la facturación electrónica oscilan entre ฿500 y ฿1,000 por incumplimiento. En casos de reincidencia, pueden alcanzar de ฿5,000 a ฿10,000. Adicionalmente, la DGI verifica aspectos como la visibilidad del letrero «Exige tu Factura», la certificación del sistema de facturación utilizado y que los reportes diarios de equipos fiscales estén al día.
Los datos de las visitas de octubre y noviembre de 2024 son ilustrativos: el 61.4% de los comercios visitados recibió sanciones, con multas que sumaron ฿469,700 en ese período. Ese porcentaje no habla de empresas en infracción abierta — habla de negocios que pensaban estar cumpliendo y no estaban.
Requisitos para emitir facturas electrónicas bajo la modalidad PAC
Para operar bajo la modalidad PAC, la empresa debe cumplir estos requisitos:
✅ Estar exceptuada del uso de equipos fiscales (o haber completado el proceso de reemplazo ante la DGI).
✅ Contar con un certificado de firma electrónica calificada emitido por un prestador registrado ante la Dirección Nacional de Firma Electrónica del Registro Público de Panamá.
✅ Estar registrada en el SFEP ante la DGI como emisora.
✅ Emitir todos los documentos bajo las especificaciones de la ficha técnica vigente (estructura XML, campos obligatorios, validaciones y formatos).
✅ Contratar los servicios de al menos un PAC debidamente autorizado por la DGI.
Un punto que genera dudas frecuentes: ¿se necesita firma electrónica si ya se trabaja con un PAC? Sí. La firma es obligatoria para el emisor porque es la empresa quien es responsable legal de los documentos fiscales que genera. El PAC valida; el emisor firma.
Beneficios operativos de la facturación electrónica para pymes
Más allá del cumplimiento fiscal, la facturación electrónica genera ventajas concretas para la operación diaria de las empresas:
Reducción de costos de papel, impresión y almacenamiento físico. Trazabilidad completa de cada documento desde su emisión hasta su recepción. Acceso a reportes fiscales en tiempo real sin procesar datos manualmente. Mayor agilidad en los cobros, al entregar facturas al instante al correo del cliente. Integración directa entre la facturación y la contabilidad, eliminando la doble entrada de datos. Cumplimiento automático con la DGI en cada transacción, sin depender de revisiones manuales periódicas.
Para una empresa que crece, la diferencia entre una plataforma integrada y un sistema manual no es solo de eficiencia — es de control. Saber exactamente qué se facturó, qué está pendiente de cobro y qué hay que declarar, sin tener que esperar al cierre del mes, cambia la forma en que los dueños y gerentes toman decisiones.
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Preguntas frecuentes
¿Es obligatoria la facturación electrónica en Panamá en 2026?
Sí. Desde el 1 de enero de 2023 es obligatoria para todos los nuevos RUC. Para contribuyentes existentes, la obligatoriedad se amplió progresivamente por sector. En 2026, la Resolución 201-6299 de la DGI establece que quienes superen ฿36,000 en ingresos anuales o emitan más de 100 documentos mensuales deben usar obligatoriamente un PAC.
¿Qué es el SFEP y cómo funciona?
El SFEP es el Sistema de Factura Electrónica de Panamá, administrado por la DGI. Es la plataforma que valida los documentos electrónicos de los contribuyentes. Puede accederse mediante el facturador gratuito de la DGI (para negocios de bajo volumen) o a través de un PAC autorizado (para empresas con mayor volumen o necesidad de integración contable).
¿Qué es un PAC y cuándo es obligatorio contratarlo?
El PAC (Proveedor Autorizado Calificado) es una entidad aprobada por la DGI que valida y autoriza los documentos electrónicos. Es obligatorio cuando la empresa supera ฿36,000 en ingresos brutos anuales o emite más de 100 documentos electrónicos mensuales. También es necesario si se requiere integración con sistemas contables o ERP.
¿La firma electrónica es obligatoria aunque se use un PAC?
Sí. La firma electrónica calificada es obligatoria para todos los emisores de facturas electrónicas en Panamá, incluso cuando se opera a través de un PAC. El emisor es el responsable legal de los documentos que genera y la firma garantiza la autenticidad e integridad de cada uno.
¿Cuáles son las multas por no facturar electrónicamente en Panamá?
Las multas oscilan entre ฿500 y ฿1,000 por incumplimiento. En casos de reincidencia pueden llegar a ฿5,000–฿10,000. La DGI verifica el cumplimiento tanto en visitas presenciales como mediante el cruce automatizado de información del SFEP.
¿Cuántos artículos puede incluir una factura electrónica en Panamá?
El sistema de facturación electrónica en Panamá permite incluir hasta 1,000 artículos en una sola factura, siempre que se cumplan las especificaciones técnicas de la ficha técnica exigida por la DGI.
¿Qué pasa si una empresa está en zona franca?
Las zonas francas tienen disposiciones particulares según su régimen fiscal especial. Si la empresa opera bajo un régimen de zona franca, debe consultar directamente con la DGI o con un PAC autorizado las obligaciones específicas que le aplican.
Con Alegra, la implementación es guiada desde el primer paso: desde el registro ante la DGI hasta la emisión del primer documento validado. La plataforma se integra con la contabilidad y el inventario, para que cada factura que sale sea automáticamente un registro contable.
Fuentes
Dirección General de Ingresos de Panamá. (s.f.). Base legal de Factura Electrónica — Decretos y Resoluciones DGI. Ministerio de Economía y Finanzas. https://dgi.mef.gob.pa/_7FacturaElectronica/Blegales
Dirección General de Ingresos de Panamá. (2025). Resolución No. 201-6299 — Nuevos límites del Facturador Gratuito SFEP vigentes desde enero de 2026. DGI. https://dgi.mef.gob.pa/_7FacturaElectronica/Blegales
Dirección General de Ingresos de Panamá. (s.f.). Modalidad Facturador Gratuito — Requisitos para ser Emisor de Factura Electrónica. DGI. https://dgi.mef.gob.pa/_7FacturaElectronica/f-Gratuito
Asamblea Nacional de Panamá. (2021). Ley 256 del 26 de noviembre de 2021 — Obligatoriedad de la facturación electrónica. Gaceta Oficial de Panamá.
LLB Solutions. (2026, enero). Preparándote para 2026: Nuevos Requisitos de Facturación Electrónica en Panamá. https://llbsolutions.com/es/preparandote-para-2026-nuevos-requisitos-de-facturacion-electronica-en-panama/
EDICOM Group. (s.f.). Factura electrónica en Panamá: normativa, requisitos y PAC. https://edicomgroup.com/es/blog/estado-factura-electronica-panamaGosocket. (2025, septiembre). Nuevos obligados a facturar mediante un PAC en 2026. https://www.gosocket.net/centro-de-recursos/nuevos-obligados-a-implementar-sistema-pac-2026/
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Consulta cuál es la ley o articulo etc.. que menciona esta obligatoriedad?
Seguí leyendo pero no habla de esa ley o articulo que lo hace obligatorio, ya que se hizo gasto en equipo fiscal y dispositivo de transmisión placef, solo se ve una entrevista de Publio en Twiter.
¡Hola, José! Gracias por tu comentario. Entendemos tu inquietud respecto a la obligatoriedad de la facturación electrónica en Panamá y la referencia legal que lo sustenta. En el artículo mencionado, se hace referencia a la Ley 256 y al Decreto 147, los cuales establecen la obligatoriedad de la facturación electrónica para todas las actividades económicas a partir de 2024. Estos decretos son los que respaldan la transición de los equipos fiscales tradicionales a la facturación electrónica.