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ToggleDesde el 16 de enero de 2026, el salario mínimo en Panamá se rige por el Decreto Ejecutivo N.° 13 del 31 de diciembre de 2025, publicado en la Gaceta Oficial el 6 de enero de 2026.
Este decreto no establece una cifra única para todos los trabajadores: fija 59 tasas diferenciadas que cubren 74 actividades económicas, organizadas por región geográfica, tamaño de empresa y tipo de actividad.
Aquí te explico cuál es el salario mínimo en Panamá, cuáles son las tasas vigentes para los sectores más comunes, y qué pasos debe seguir una empresa para cumplir sin errores.
Qué es el salario mínimo en Panamá y quién lo fija
El salario mínimo en Panamá es la cantidad de dinero más baja que un empleador puede pagarle legalmente a un trabajador. Está definido en el artículo 173 del Código de Trabajo como la suma mínima que debe permitirle al trabajador cubrir sus necesidades materiales, morales y culturales, y las de su familia.
La base legal está en el artículo 66 de la Constitución Política y en los artículos 172 al 180 del Código de Trabajo, que obligan al Estado a revisar el salario mínimo al menos cada dos años.
Para eso existe la Comisión Nacional de Salario Mínimo, un órgano tripartito compuesto por representantes del gobierno, los empleadores y los trabajadores.
Es esta comisión la que negocia y acuerda las nuevas tasas, que luego el Ejecutivo formaliza mediante un decreto.
A diferencia de la mayoría de países de la región, Panamá no maneja una sola cifra nacional. El salario mínimo varía según:
- La región económica donde opera la empresa
- El sector o actividad económica al que pertenece
- El tamaño del empleador (pequeña o gran empresa según el número de empleados).
⚠️ Nota importante
El Decreto Ejecutivo N.° 13 del 31 de diciembre de 2025 derogó el Decreto Ejecutivo N.° 01 de enero de 2024. Las nuevas tasas rigen desde el 16 de enero de 2026 y se mantienen vigentes para el período 2026–2027. Toda empresa que no haya ajustado los salarios por debajo de la nueva tasa aplicable desde esa fecha se encuentra en incumplimiento ante el MITRADEL.
📖 Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL) — Salario Mínimo en Panamá
Las dos regiones económicas: dónde opera tu empresa define el piso salarial
El Decreto N.° 13 divide el territorio nacional en dos regiones para efectos del salario mínimo. La región determina directamente cuánto debe pagar un empleador, ya que las tasas de la Región 1 son más altas que las de la Región 2.
| Región | Distritos incluidos |
|---|---|
| Región 1 | Panamá, Colón, San Miguelito, David, Santiago, Chitré, Aguadulce, Penonomé, Bocas del Toro, La Chorrera, Arraiján, Capira, Chame, Antón, Natá, Las Tablas, Bugaba, Boquete, Taboga, San Carlos, Chepo, Guararé, Los Santos, Pedasí, Dolega, Changuinola, entre otros. |
| Región 2 | Todos los demás distritos del territorio nacional no incluidos en la Región 1. |
Una empresa con operaciones en la ciudad de Panamá aplica tasas de Región 1. Una empresa con instalaciones en un distrito del interior no listado en el decreto aplica tasas de Región 2.
Si el negocio opera en ambas regiones, debe aplicar la tasa correspondiente a cada lugar de trabajo.
Tasas vigentes 2026 para los sectores más comunes
La mayoría de actividades económicas en Panamá tienen tarifas expresadas en balboas por hora (B/./hora). El salario mensual de un trabajador se obtiene multiplicando la tasa horaria por las horas pactadas en contrato.
Aquí te presento las tasas del Decreto N.° 13 para los sectores con mayor presencia en la empresa privada panameña:
| Actividad económica | Tamaño de empresa | Región 1 (B/./h) | Región 2 (B/./h) |
|---|---|---|---|
| Comercio al por menor | Pequeña (hasta 10 empleados) | 1.74 | 1.48 |
| Comercio al por menor | Gran empresa (11+ empleados) | 3.02 | 2.48 |
| Comercio al por mayor | Gran empresa | 3.02 | 2.48 |
| Supermercados (5+ sucursales) | Gran empresa | 3.09 | 2.54 |
| Industrias manufactureras | Pequeña (hasta 15 empleados) | 2.32 | 1.95 |
| Industrias manufactureras | Gran empresa (16+ empleados) | 3.13 | 2.58 |
| Restaurantes (gran empresa) | Gran empresa | 3.09 | 2.54 |
| Hoteles | — | 2.96 | 2.43 |
| Construcción | (no diferencia por tamaño) | 3.51 | 3.30 |
| Suministro de electricidad, gas y agua | — | 3.50 (tasa nacional) | |
| Discotecas, bares y cantinas | — | 3.40 (tasa nacional) | |
| Agentes de seguridad | — | +B/.12/mes sobre tasa 2024 | |
| Trabajo doméstico | — | B/.350/mes | B/.320/mes |
Para sectores no incluidos en esta tabla — agroindustria, pesca, transporte, zonas francas, entre otros — la consulta oficial debe realizarse directamente en el portal del MITRADEL o descargando el texto completo del Decreto Ejecutivo N.° 13.
Cómo calcular el salario mensual a partir de la tasa horaria
En Panamá, la jornada ordinaria máxima es de 8 horas diarias o 48 horas semanales. Para convertir la tasa horaria del decreto en un salario mensual, la fórmula es:
Salario mensual mínimo = Tasa horaria × Horas semanales pactadas × 4.333
El factor 4.333 representa el promedio de semanas por mes (52 semanas ÷ 12 meses). Dos ejemplos concretos para entender la aplicación:
- Empleado de comercio al por menor, pequeña empresa, Región 1, 48 horas semanales: B/.1.74 × 48 × 4.333 = B/.361.94 mensuales
- Empleado de construcción, Región 1, 48 horas semanales: B/.3.51 × 48 × 4.333 = B/.730.22 mensuales
Si el contrato estipula menos de 48 horas semanales, el cálculo se hace sobre las horas pactadas. Lo que no puede suceder es que el resultado mensual quede por debajo de la tasa mínima vigente para esa actividad, región y tamaño de empresa.
⚠️ Nota importante
Si un trabajador ya recibe un salario superior al mínimo establecido, el Decreto N.° 13 no obliga a realizar ajustes adicionales. El cambio solo aplica cuando el salario actual queda por debajo de la nueva tasa mínima. Además, una cláusula contractual que fije un monto inferior al mínimo legal es inaplicable, ya que contraviene una norma de orden público del Código de Trabajo panameño.
📖 Gaceta Oficial de Panamá — Decreto Ejecutivo N.° 13 del 31 de diciembre de 2025
Qué otros costos laborales cambian cuando sube el salario mínimo
Ajustar el salario de un trabajador al nuevo mínimo no es el único impacto en la planilla. El salario base es la variable de entrada de al menos cuatro obligaciones adicionales que se recalculan en cascada.
Cuotas a la Caja de Seguro Social (CSS)
El empleador aporta actualmente el 13.25% del salario sobre las cuotas patronales (este porcentaje aumentará a 14.25% desde marzo de 2027 según la Ley 462 de 2025). El trabajador aporta el 9.75%. Si el salario sube, la cuota en valores absolutos también sube.
Décimo Tercer Mes
Se calcula sobre el salario ordinario devengado en cada cuatrimestre (artículos 164 a 174 del Código de Trabajo). Los pagos se realizan el 15 de abril, 15 de agosto y 15 de diciembre. Si el salario se ajustó al nuevo mínimo en enero, el Décimo Tercer Mes de ese cuatrimestre debe calcularse sobre el salario ajustado desde la fecha de vigencia del decreto, no sobre el anterior.
Prima de Antigüedad
Equivalente a una semana de salario por cada año de servicio (artículo 68 del Código de Trabajo). Un salario base más alto eleva el valor de esta provisión mensual.
Indemnización por despido
La indemnización puede alcanzar hasta 9.9 semanas de salario por año trabajado, dependiendo del tiempo de servicio. Un salario más alto incrementa el pasivo laboral potencial.
Una actualización parcial — ajustar el salario base sin recalcular estas obligaciones — genera errores acumulados que se vuelven visibles solo cuando hay una auditoría del MITRADEL o una liquidación laboral.
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Pasos para actualizar la planilla correctamente
El Decreto N.° 13 no es automático: cada empresa debe identificar cuál es la tasa que corresponde a su actividad y actualizar la planilla por cuenta propia. El proceso correcto tiene cuatro pasos:
- Identificar la región: Confirmar en cuál región económica opera cada instalación o punto de trabajo. Si la empresa tiene operaciones en Panamá capital y en una provincia del interior, debe aplicar la tasa de Región 1 para la primera y la de Región 2 para la segunda.
- Clasificar la actividad económica: Verificar en cuál de las 74 actividades del Decreto N.° 13 se clasifica la empresa. Una clasificación incorrecta puede generar contingencias laborales y sanciones administrativas. En caso de duda, lo recomendable es consultar directamente con el MITRADEL o con asesoría legal laboral.
- Determinar el tamaño de empresa: En varios sectores, el umbral entre pequeña y gran empresa se mide por número de empleados, pero el límite varía: en comercio es 11 empleados, en manufactura es 16. Esta clasificación determina cuál de las dos tasas aplica.
- Recalcular todas las obligaciones derivadas: Una vez actualizado el salario base, recalcular las cuotas CSS, el Décimo Tercer Mes (desde la fecha de vigencia del decreto), la prima de antigüedad y cualquier otro beneficio que tome el salario como base.
Para consultar la tasa exacta de la actividad económica, el MITRADEL ofrece una herramienta de consulta en línea donde el empleador puede buscar por actividad, región y tamaño de empresa.
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Preguntas frecuentes sobre el salario mínimo en Panamá
¿Cuánto es el salario mínimo en Panamá en 2026?
No existe una sola cifra. El Decreto Ejecutivo N.° 13 establece 59 tasas diferenciadas que cubren 74 actividades económicas. El promedio simple de las nuevas tasas se ubica en aproximadamente B/.636.80 mensuales.
La tasa más baja aplica al comercio al por menor en pequeñas empresas de la Región 2 (B/.1.48/hora), y la más alta, excluyendo aviación, corresponde a la construcción en Región 1 (B/.3.51/hora).
¿Desde cuándo rigen las nuevas tasas?
Las tasas del Decreto Ejecutivo N.° 13 rigen desde el 16 de enero de 2026 y se mantienen vigentes para el período 2026–2027. El decreto fue publicado en la Gaceta Oficial el 6 de enero de 2026.
¿Cómo saber qué salario mínimo aplica a mi empresa?
El empleador debe identificar: (1) la región económica donde opera (Región 1 o Región 2), (2) la actividad económica de la empresa según la clasificación del decreto, y (3) el tamaño de la empresa en los sectores que diferencian por número de empleados.
¿Cuánto paga el trabajo doméstico en Panamá?
El trabajo doméstico es la principal excepción al esquema de tasa horaria. El Decreto N.° 13 fija un salario mensual de B/.350.00 para la Región 1 y B/.320.00 para la Región 2, con un incremento de B/.10.00 y B/.5.00 respectivamente respecto a la tarifa anterior.
¿Qué pasa si la empresa no actualiza los salarios?
Toda empresa que no haya ajustado los salarios al nuevo mínimo desde el 16 de enero de 2026 está en incumplimiento ante el MITRADEL. Las consecuencias incluyen sanciones laborales, pago retroactivo de las diferencias salariales desde la fecha de vigencia del decreto, y posibles multas.
Una cláusula contractual que fije un monto inferior al mínimo legal es inaplicable por contravenir una norma de orden público del Código de Trabajo.
¿Con qué frecuencia se actualiza el salario mínimo en Panamá?
El Código de Trabajo (artículo 174) obliga a revisar el salario mínimo al menos cada dos años. La próxima revisión está prevista para 2028. El proceso lo lleva la Comisión Nacional de Salario Mínimo, que inicia sus sesiones usualmente en noviembre del año previo.
¿Las cuotas de la CSS también cambian con el nuevo salario mínimo?
Las tasas porcentuales de la CSS no cambian por el decreto salarial. Lo que varía es el valor absoluto de las cuotas, porque se calculan como porcentaje del salario. Si el salario sube, la cuota en balboas también sube.
El aporte patronal actual es del 13.25% y el del trabajador es del 9.75% según la Ley 462 de 2025.




