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¿Cómo le pago la prima de junio a los empleados que están bajo aprendizaje?

Prima de junio

¿Tienes un aprendiz en tu empresa? Entérate de qué pagos es acreedor y cómo llevar a cabo su prima de servicios.

La prima de servicios es una prestación social, reconocida a los trabajadores que están bajo contrato de trabajo. En el caso de los aprendices o practicantes, estos tienen un tipo de relación especial con la empresa, conocida como patrocinador o empresa patrocinadora.

De esta manera, los aprendices ponen en práctica los conocimientos adquiridos durante su etapa académica y aprenden a través de las vivencias en una compañía.

Pero, ¿el aprendiz cuenta con todas las obligaciones de los trabajadores dependientes? Aquí lo sabrás todo 👇. 

¿Qué es la liquidación de prima de servicios?

La prima de servicios es una prestación social, de pago obligatorio, por parte del empleador, que consiste en el abono de 30 días de salario por cada año de trabajo, o proporcional al tiempo laborado cuando es inferior a un año. 

Según el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, la prima de servicio se liquida: 

“El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados la prestación social denominada prima de servicios, que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado”.

¿Los aprendices tienen derecho al pago de la prima de servicios?

Ahora bien, ¿los aprendices pueden recibir el pago de la prima de servicios? Debemos tener en cuenta que esta prestación social está destinada a los trabajadores que tienen un contrato laboral.

En el caso de los aprendices, ellos están regulados por la Ley 789 de Contrato de Aprendizaje y el Decreto 933 de 2003, los cuales establecen que el aprendiz se encuentra en una modalidad de trabajo en la que va a la empresa patrocinadora para adquirir nuevos conocimientos, es decir, está subordinado a la enseñanza.

Si bien el aprendiz puede recibir una cuota de sostenimiento, esta no se considera un salario, sino más bien una ayuda por parte de la empresa. En resumen, debido a que la relación entre el patrocinador y el aprendiz no es laboral, el primero no tiene la obligación de pagar esta prestación al aprendiz. Sin embargo, la empresa patrocinadora puede hacerlo de manera voluntaria, ya que no existe ningún impedimento legal.

¿Cómo se liquida la prima de servicios?

La fórmula para poder liquidar la prima de servicios es muy sencilla, aquí te compartiremos algunos casos prácticos:

Trabajador que laboró durante todo un semestre (entre el 1 de enero al 30 de junio)

Salario x 180 días/360 = pago de prima de servicios.

Trabajador que no laboró durante todo un semestre (cálculo proporcional)

Salario x número de días trabajados/360 = pago de prima de servicios.

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Luis Maraví

Comunicador y periodista que ama la contabilidad, los retos y las películas de superhéroes. Lo que más valoro es una buena conversación sobre negocios y emprendimiento.

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24, May 2023 3 min de lectura

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