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Checklist de facturación electrónica en República Dominicana

Checklist de facturación electrónica

El 15 de mayo de 2026 es la fecha límite para que todas las pequeñas empresas, microempresas y contribuyentes no clasificados, emitan comprobantes fiscales electrónicos (e-CF) obligatoriamente. Tener un checklist facturación electrónica en República Dominicana te permite saber si tu empresa está lista o aún no está habilitada como emisora electrónica la DGII. Cada día que pasa reduce el margen para hacerlo sin contratiempos. Lo que frena a la mayoría no es falta de voluntad, sino no saber exactamente qué documentos y pasos se requieren.

Aquí te traemos un checklist de 8 pasos obligatorios para que tu empresa se habilite como emisora electrónica, en orden, con los requisitos precisos que exige la DGII.

¿Por qué tu empresa necesita estar lista ahora?

La Ley 32-23 de Facturación Electrónica, establece que las facturas en papel dejan de tener validez fiscal para los contribuyentes que no cumplan con la implementación en las fechas establecidas. Según el artículo 55 del Decreto 587-24, las secuencias de NCF tradicionales quedarán automáticamente vencidas una vez que venza tu plazo.

Esto tiene consecuencias directas: tus clientes no podrán deducir ITBIS con tus facturas, y tú no podrás sustentar tus gastos ante la DGII. Además, si tienes deudas tributarias pendientes, la DGII no te habilitará como emisor electrónico hasta que las regularices. Por eso te recomendamos comenzar este proceso hoy.

¿Qué es el e-CF y a quién aplica la Ley 32-23?

El Comprobante Fiscal Electrónico (e-CF) es el documento digital firmado electrónicamente mediante el cual se acredita la transferencia de bienes o la prestación de servicios en República Dominicana. Tiene la misma validez legal que una factura en papel, pero se genera en formato XML estándar, se firma digitalmente y se valida ante la DGII en tiempo real.

La Ley 32-23 aplica a todas las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, y a los entes sin personalidad jurídica domiciliados en el país que realicen operaciones de transferencia de bienes o prestación de servicios. El calendario de implementación define los plazos según tu clasificación como contribuyente:

Tipo de contribuyentePlazo límite
Grandes contribuyentes nacionales y medianos15 de noviembre de 2025
Pequeños, micro y no clasificados15 de mayo de 2026

Checklist completo: los 8 pasos para habilitarte como emisor electrónico

  1. RNC activo y al día: tu Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) debe estar en estado activo y sin obligaciones tributarias pendientes. Si tienes deudas, aplica a las facilidades de pago disponibles antes de continuar.
  2. Certificado digital para procesos tributarios: es la firma electrónica que identifica a tu empresa ante la DGII. Debe ser emitido por un proveedor autorizado y estar vigente a nombre del representante legal que actuará como signatario.
  3. Elección del modelo de operación: define si usarás un software propio con integración vía API, un proveedor de facturación electrónica autorizado, o el facturador gratuito de la DGII (que excluye del incentivo pecuniario).
  4. Software homologado por la DGII: la solución tecnológica que elijas debe cumplir con las especificaciones técnicas oficiales y estar certificada por la DGII. Verifica que el proveedor figure en la lista pública de proveedores autorizados.
  5. Pruebas en el ambiente de certificación: antes de emitir en producción, debes superar exitosamente las pruebas en el ambiente de homologación de la DGII, validando que tu sistema genera e-CF con el formato XML correcto.
  6. Solicitud formal en la Oficina Virtual (OFV): completa el formulario de solicitud de autorización como emisor electrónico en la OFV. Adjunta la documentación requerida y espera la resolución de habilitación.
  7. Resolución de habilitación de la DGII: una vez que la DGII evalúa y aprueba tu solicitud, emite la resolución que te autoriza a facturar electrónicamente. Solo a partir de este punto puedes emitir e-CF válidos.
  8. Configuración de roles en la Oficina Virtual: antes de emitir el primer e-CF, asigna los roles de usuarios dentro de la OFV (emisor, administrador, etc.). Sin esta configuración, el sistema no permitirá generar documentos.

Errores frecuentes antes de emitir el primer e-CF

La mayoría de los rechazos en la habilitación como emisor electrónico provienen de estos errores comunes que debes anticipar:

  • Certificado digital a nombre del propietario, no del representante autorizado: la DGII requiere que el certificado pertenezca a la persona registrada como representante legal del RNC.
  • Software sin homologación DGII: usar un sistema que no haya completado la certificación oficial invalida todos los e-CF que generes.
  • Roles en la OFV sin configurar: sin asignar los permisos correctos a los usuarios, el sistema bloquea la emisión.
  • Declaraciones omisas: la DGII no aprueba la habilitación de contribuyentes con obligaciones tributarias pendientes de presentación.
  • No validar el formato XML en homologación: saltar la etapa de pruebas y pasar directo a producción genera errores de rechazo en cada emisión.
emisor electrónico DGII

¿Qué pasa si no cumples antes del 15 de mayo de 2026?

A partir del 15 de mayo de 2026, los contribuyentes clasificados como pequeños, micro y no clasificados que no estén habilitados como emisores electrónicos enfrentarán las siguientes consecuencias, establecidas en la Ley 32-23 y en el Decreto 587-24:

  • Sus secuencias de NCF en papel quedarán vencidas automáticamente.
  • Las facturas en papel no tendrán validez fiscal ni servirán para sustentar créditos de ITBIS o deducir gastos.
  • Las sanciones por incumplimiento de deberes formales van desde 5 hasta 30 salarios mínimos, según la gravedad y reincidencia, de acuerdo con la guía de infracciones y sanciones de la DGII.
  • Perderán el incentivo pecuniario de crédito fiscal por adopción voluntaria que establece el artículo 38 de la Ley 32-23.

¡No te quedes atrás! Cumple fácilmente con la guía de facturación electrónica gratuita.

obligatorio facturación electrónica

Preguntas frecuentes

¿Necesito un contador para habilitarme como emisor electrónico?
No es obligatorio, pero sí recomendable. Un contador puede revisar que el RNC esté activo, que no haya deudas pendientes, y guiarte en la elección del proveedor de facturación más adecuado para tu tipo de negocio.

¿Qué pasa si uso el facturador gratuito de la DGII?
Puedes emitir e-CF válidos, pero quedarás excluido del incentivo pecuniario de crédito fiscal por adopción durante el período de voluntariedad, según el párrafo IV del artículo 40 de la Ley 32-23.

¿Cuánto tarda la DGII en aprobar la habilitación?
El plazo varía según el volumen de solicitudes. En períodos de alta demanda puede tardar varios días hábiles, por lo que se recomienda iniciar el proceso con al menos 30 días de anticipación a tu fecha límite.

¿Puedo emitir e-CF sin internet en el punto de venta?
Algunos sistemas de facturación homologados cuentan con modo offline que permite facturar sin conexión y sincronizar con la DGII en cuanto regrese el servicio. Verifica esta funcionalidad con tu proveedor antes de contratar.


Si tu empresa aún no está habilitada, no esperes al último mes. Prueba Alegra gratis por 15 días y completa los pasos 3 a 8 del checklist en menos de una hora.

Fuentes

Congreso Nacional de la República Dominicana. (2023). Ley de facturación electrónica de la República Dominicana 32-23. Congreso Nacional.
Poder Ejecutivo. (2024). Decreto 587-24: Reglamento de la Ley de Facturación Electrónica. Presidencia de la República Dominicana.
Dirección General de Impuestos Internos. (2025). Guía de requisitos para habilitarse como emisor electrónico. DGII. https://dgii.gov.do

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Fernanda Alva

Redactora experta en temas empresariales, financieros y contables en más de 7 países de Latinoamérica y España. Apasionada por conectar con mi audiencia a través de las letras en el entorno digital.
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Actualizado el 7 de abril de 2026
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