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ToggleEl Impuesto Sobre la Renta (ISR) es el tributo que grava los ingresos anuales de personas físicas y empresas domiciliadas en República Dominicana. Para 2026, las personas físicas están exentas hasta RD$416,220.00 anuales (RD$34,685 mensuales); el excedente tributa al 15%, 20% o 25% según el tramo. Las empresas pagan una tasa fija del 27% sobre sus ingresos netos.
El impuesto es administrado por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) bajo el marco de la Ley 11-92 (Código Tributario).
En este artículo te decimos todo lo relevante que las empresas necesitan saber sobre el ISR en República Dominicana. Sigue leyendo 👇
¿Qué es el Impuesto sobre la Renta (ISR) y para qué sirve?
El ISR financia el gasto público del Estado dominicano: salud, educación, infraestructura y seguridad. Están sujetos a este impuesto tanto las personas físicas (asalariados, independientes, dueños de negocios unipersonales) como las personas jurídicas (sociedades comerciales: SRL, SA, SAS). Cada tipo de contribuyente tiene un régimen de cálculo diferente:
| Persona física | Persona jurídica |
| Régimen progresivo: la tasa sube con los ingresos. Exenta hasta RD$416,220 anuales; luego 15%, 20% o 25% sobre el excedente según el tramo. | Tasa fija del 27% sobre ingresos netos gravables, después de deducciones permitidas (salarios, alquiler, materiales, depreciación, entre otros). |
Tabla ISR 2026: Impuesto sobre la renta escala progresiva para personas físicas
Según la resolución DDG-AR1-2026-00001 de la DGII, la escala 2026 es la siguiente:
| Ingresos anuales netos gravables (RD$) | Tasa | Cuota fija |
| Hasta 416,220.00 | 0% — Exento | — |
| 416,220.01 – 624,329.00 | 15% | — |
| 624,329.01 – 867,123.00 | 20% | RD$31,216.00 |
| Más de 867,123.00 | 25% | RD$79,776.00 |
⚠️ Nota importante
Esta tabla se mantiene sin cambios desde 2018. Aunque el Código Tributario (Art. 327, Ley 11-92) exige ajuste anual por inflación, las leyes de presupuesto sucesivas lo han pospuesto. Si se aplicara el ajuste acumulado, el umbral exento debería ser cercano a RD$51,857 mensuales.
Esa escala congelada cambia pronto. La Ley 30-26, promulgada el 18 de junio de 2026, reescribe el Art. 296 del Código Tributario y amplía la exención a partir del ejercicio fiscal 2027:
| Renta neta gravable anual (RD$) | Tasa desde 2027 | Cuota fija |
|---|---|---|
| Hasta 480,000.00 | 0% — Exento | — |
| 480,000.01 – 685,000.00 | 15% | — |
| 685,000.01 – 910,000.00 | 20% | RD$30,750.00 |
| 910,000.01 – 4,800,000.00 | 25% | RD$75,750.00 |
| Más de 4,800,000.00 | 27% (nuevo tramo) | RD$1,048,250.00 |
⚠️ Nota importante
El Art. 10 de la Ley 30-26 modifica el Art. 296 del Código Tributario: desde el ejercicio fiscal 2027, el mínimo exento sube de RD$416,220 a RD$480,000 anuales (aprox. RD$40,000 mensuales) y se incorpora un quinto tramo del 27% para rentas superiores a RD$4,800,000 anuales. La escala también volverá a ajustarse cada año por inflación. Durante 2026 sigue vigente la tabla de arriba.
📖 Ley núm. 30-26 — Presidencia de la República Dominicana, 2026
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Impuesto sobre la renta según el tipo de renta: tasas diferenciadas por actividad ISR
La Ley 11-92 no establece una sola tasa de ISR: define regímenes distintos según quién recibe la renta, de dónde proviene y si el beneficiario está domiciliado en RD o no. Para el negocio dominicano, conocer estas diferencias determina cuánto retener cuando paga dividendos a sus socios, contrata un proveedor extranjero, genera intereses o vende un activo.
| Tipo de renta o actividad | Tasa ISR | Naturaleza | Base legal (Ley 11-92) |
|---|---|---|---|
| Asalariados | 0% – 25% progresivo | Retención mensual computable (IR-4) | Art. 296 |
| Independientes y profesionales | 0% – 25% progresivo | Declaración anual (IR-1) | Art. 296 |
| Personas jurídicas (empresas) | 27% sobre renta neta | Declaración anual (IR-2) | Art. 297 |
| Dividendos a socios o accionistas | 10% retención definitiva | La empresa retiene al distribuir; no hay declaración adicional del socio | Art. 308 |
| Intereses pagados a personas físicas domiciliadas | 10% retención definitiva | La entidad pagadora retiene; cierra la obligación del beneficiario | Art. 305-A |
| Honorarios y servicios a empresas locales | 5% retención computable | La empresa pagadora retiene; el proveedor la acredita en su IR-2 | Art. 309 |
| Pagos a proveedores no domiciliados en RD | 27% retención definitiva sobre el bruto | La empresa local retiene y paga a la DGII; el no residente no declara | Art. 305 |
| Ganancias de capital (venta de activos) | 27% sobre la ganancia neta ajustada por inflación | Declaración separada; aplica a inmuebles, acciones y activos fijos | Arts. 289–295 |
| Arrendamiento de inmuebles | Escala progresiva (personas físicas) / 27% (empresas) | Declaración anual (IR-13 para personas físicas) | Art. 287 |
⚠️ Nota importante
Las retenciones definitivas (dividendos al 10%, intereses al 10%, pagos al exterior al 27%) cierran la obligación fiscal: el monto retenido no se declara ni se compensa posteriormente. Las retenciones computables (5% en honorarios a empresas locales, retenciones mensuales de empleados) sí se acreditan contra la declaración anual del contribuyente. Confundir ambos tipos lleva a sub-declaraciones o pagos en exceso detectables en auditoría de la DGII.
📖 Ley 11-92 — Arts. 287, 289–295, 296, 297, 305, 305-A, 308, 309
Para el cálculo mensual de retenciones a empleados 👉 Calculadora de ISR para empleados en RD 2026
Impuesto sobre la renta para empresas: la tasa fija del 27% ISR
Las personas jurídicas (SRL, SA, SAS y demás sociedades comerciales) pagan el 27% sobre sus ingresos netos anuales. El cálculo base es simple: ingresos totales menos costos y gastos deducibles = base gravable; base gravable × 27% = ISR a pagar.
⚠️ Nota importante
La retención del 27% sobre pagos al exterior tiene una excepción vigente desde el 18 de junio de 2026: los nuevos Art. 305-1 y Art. 305-2 del Código Tributario, incorporados por la Ley 30-26, bajan la retención a 15% sobre regalías y derechos, y sobre pagos a proveedores extranjeros por licencias de software, publicidad en línea y almacenamiento de datos — el tipo de gasto que hace casi cualquier negocio dominicano (Google Workspace, Meta Ads, Dropbox). Los pagos a residentes de Canadá mantienen 18%, y los préstamos o remesas a la casa matriz en el exterior, 10%.
¿Qué gastos son deducibles para empresas ante la DGII?
Son deducibles los gastos necesarios para producir la renta, siempre que estén respaldados con comprobantes fiscales válidos (e-CF o NCF vigentes):
- Sueldos, bonos y prestaciones laborales de empleados
- Alquiler de oficina, local comercial o almacén
- Servicios básicos (electricidad, agua, telecomunicaciones)
- Materiales, insumos y mercadería para vender
- Publicidad y marketing con comprobante
- Depreciación de activos fijos (equipos, vehículos, maquinaria)

⚠️ Nota importante
Todo gasto deducible debe estar respaldado con un e-CF válido emitido por un proveedor habilitado ante la DGII. Los gastos con NCF vencidos o inválidos son rechazados en auditoría y no reducen la base del ISR. La DGII puede auditar los últimos 5 años fiscales.
Formularios DGII: ¿cuál corresponde a cada contribuyente?
Existen cinco formularios principales para el ISR en República Dominicana:
| Formulario | Para quién | Vencimiento |
| IR-1 | Personas físicas independientes (declaración anual) | 31 de marzo del año siguiente |
| IR-2 | Personas jurídicas (empresas) | Hasta 120 días después del cierre fiscal |
| IR-4 / IR-3 | Empleadores: retenciones mensuales y declaración anual consolidada | Día 10 de cada mes (IR-4); anual (IR-3) |
| IR-17 | Retenciones a proveedores y empleados (reporte anual) | Fecha establecida por DGII |
| IR-13 | Ingresos por arrendamiento de inmuebles | 31 de marzo del año siguiente |
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Cómo automatizar reportes fiscales y cálculo de Impuesto sobre la renta ISR con Alegra
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Preguntas frecuentes sobre el Impuesto sobre la Renta en República Dominicana
¿Qué es el Impuesto sobre la Renta (ISR) en República Dominicana?
El ISR es el tributo que grava los ingresos anuales de personas físicas y jurídicas domiciliadas en RD. Las personas físicas siguen una escala progresiva del 15% al 25%; las empresas pagan tasa fija del 27%. Lo administra la DGII bajo la Ley 11-92.
¿A partir de cuánto se paga ISR en RD 2026?
Las personas físicas están exentas hasta RD$416,220 anuales (RD$34,685 mensuales). Este umbral no ha cambiado desde 2018, según la resolución DDG-AR1-2026-00001 de la DGII.
¿Cuál es la tasa del ISR para empresas en RD?
Las personas jurídicas pagan el 27% sobre sus ingresos netos gravables, después de deducir los gastos permitidos respaldados con e-CF válidos.
¿Qué tasa aplica cuando una empresa paga dividendos a sus socios?
La empresa que distribuye dividendos debe retener el 10% sobre el monto distribuido y pagarlo a la DGII antes del día 10 del mes siguiente. Esta retención es definitiva: el socio no tiene que declarar ese ingreso adicionalmente. El soporte legal es el Art. 308 de la Ley 11-92.
¿Qué formulario se usa para declarar el ISR?
El IR-1 para personas físicas independientes (vence el 31 de marzo). El IR-2 para empresas. El IR-4 para retenciones mensuales de empleados. Todos se presentan en la Oficina Virtual de la DGII.
¿Qué pasa si no presento la declaración de ISR a tiempo?
Se generan recargos del 10% mensual más intereses sobre el monto adeudado. La DGII puede auditar los últimos 5 años fiscales. Para personas físicas el plazo es el 31 de marzo del año siguiente al período declarado.
¿Cómo funciona la exención por gastos educativos?
La Ley 179-09 permite deducir gastos de educación propios y de dependientes directos, respaldados con e-CF válidos. Se reportan en la Oficina Virtual de la DGII antes de febrero para recibir una devolución del ISR pagado en exceso. Esta gestión la realiza el empleado directamente, no el empleador.
¿Cuál es la diferencia entre retención y declaración anual de ISR?
La retención mensual (IR-4) es el pago anticipado que el empleador realiza en nombre del trabajador. La declaración anual (IR-1 o IR-3) consolida todos los ingresos del año y ajusta la diferencia entre lo retenido y el ISR real correspondiente.
¿Va a cambiar el impuesto sobre la renta en 2027?
Sí. La Ley 30-26 modifica el Art. 296 del Código Tributario: desde el ejercicio fiscal 2027, el mínimo exento para personas físicas sube de RD$416,220 a RD$480,000 anuales y se agrega un nuevo tramo del 27% para rentas superiores a RD$4,800,000. Para empresas, la tasa general se mantiene en 27%, salvo un recargo transitorio del 30% entre 2026 y 2028 para negocios con ingresos iguales o superiores a RD$1,000 millones. Durante 2026 sigue vigente la tabla actual.
Fuentes
- Resolución DDG-AR1-2026-00001 — DGII, 2026
- Ley núm. 30-26 de medidas pro-crecimiento económico, simplificación fiscal y mitigación de la crisis internacional — Presidencia de la República Dominicana, 2026
- Impuesto sobre la Renta — DGII
- Ley 11-92 (Código Tributario) — Arts. 287, 289–295, 296, 297, 305, 305-A, 308, 309
- Tabla de retención del ISR 2026 — Siempre al Día Alegra RD





Muchas gracias, Laura.
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