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Guía para pymes: Impuesto Sobre la Renta para personas físicas IR-1

Impuesto Sobre la Renta para Personas Físicas

¿No sabes cuáles son tus obligaciones fiscales como persona física? 🚨 ¡Cuidado! Esto podría resultar en errores al declarar impuestos y enfrentar sanciones legales. Pero no te preocupes, aquí encontrarás una guía detallada sobre el Impuesto Sobre la Renta para personas físicas, desde cuáles son las tasas de interés, cómo declararlo, hasta dónde realizar los pagos. ¡Sigue leyendo! 👇.

¿Quiénes son consideradas personas físicas?

Son quienes, de manera independiente, realizan una actividad económica, ya sea ejerciendo una profesión u oficio que genere obligaciones tributarias. Se dividen en cuatro tipos:

  • Profesionales liberales, que no reciben salarios en relación de dependencia, como abogados, ingenieros, médicos y contadores.
  • Personas con múltiples ingresos, provenientes de salarios o actividad profesional independiente.
  • Personas que realicen actividades comerciales, industriales, agropecuarias, mineras y similares en el país sin constituirse en empresa o sociedad.
  • Prestadores de servicios y otras ocupaciones lucrativas, como inversiones de capitales en acciones como tecnología, acciones en compañías, patentes, etc.

¿Qué es el Impuesto Sobre la Renta para personas físicas?

Es un arancel que grava los ingresos, utilidades, beneficios o rentas obtenidos por las personas naturales residentes o domiciliadas en el país durante el período fiscal, que corresponde al año calendario (de enero a diciembre).

¿Cuáles son las tasas del ISR para personas físicas?

Existen tasas progresivas del 15%, 20% y 25%, según la siguiente escala vigente desde 2017:

Escala anualTasa
Renta hasta RD$416,220.00Exento
Renta desde RD$416,220.01 hasta RD$624,329.0015% del excedente de RD$416,220.01
Renta desde RD$624,329.01 hasta RD$867,123.00RD$31,216.00 más el 20% del excedente de RD$624,329.01
Rentas desde RD$867,123.01 en adelanteRD$79,776.00 más el 25% del excedente de RD$867,123.01

💡 #AlegraDato: la escala salarial puede ajustarse anualmente según la inflación acumulada del año anterior, conforme a las cifras publicadas por el Banco Central de la República Dominicana.

¿Cómo se aplica el ISR para personas físicas?

EL ISR de personas físicas se calcular de esta manera:

  • Deduciendo los gastos comprobados de los ingresos brutos para contribuyentes con contabilidad organizada, calculando el impuesto sobre la Renta Neta Imponible. Los costos y gastos deben ser reportados obligatoriamente en el Formato de Compras de Bienes y Servicios (606).
  • Restando la exención contributiva de los ingresos brutos para contribuyentes sin deducciones sobre costos y gastos, y sin contabilidad organizada.

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¿Cuáles son las exenciones del Impuesto Sobre la Renta para personas físicas?

Las personas físicas estarán exentas del ISR si:

  • Su renta anual no supera la suma de RD$416,220.00.
  • La regalía pascual es equivalente a la duodécima parte del salario anual.
  • Realiza aportaciones a la Seguridad Social.
  • Cuenta con indemnizaciones por accidentes de trabajo.
  • Tiene indemnizaciones de preaviso y auxilio de cesantía, conforme a lo establecido en el Código de Trabajo y las leyes sobre la materia.
  • Cuenta con una compensación por enfermedad o lesión pagadera en virtud de un seguro de salud o invalidez.

¿Quiénes están sujetos al Impuesto Sobre la Renta?

Según el artículo 269 del Código Tributario, el impuesto sobre la renta se aplica a todas las personas y entidades residentes en el país, así como a las sucesiones indivisas de causantes con domicilio local. Este impuesto afecta las rentas generadas tanto dentro como fuera del país, abarcando inversiones y ganancias financieras.

Además, las personas físicas, jurídicas o entidades no residentes o no domiciliadas en la República Dominicana estarán sujetas al impuesto sobre las rentas de fuente dominicana, según lo establecido en el artículo 270 del Código Tributario.

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¿Cómo se calcula el impuesto sobre la renta de las personas físicas?

Este se calcula sobre la base de los ingresos netos obtenidos durante el año fiscal, aplicando la escala anual y las tasas correspondientes, las cuales se ajustan anualmente por inflación. Echa un ojo a ambos casos:

  • Personas asalariadas, se aplica a trabajadores de empresas privadas o instituciones públicas. Los empleadores retienen el impuesto si los ingresos superan el monto exento. Se calcula sobre el salario neto mensual, obtenido tras restar el monto descontado por seguridad social del salario bruto anual.
  • Profesionales Liberales o Independientes, se calcula sobre la Renta Bruta, es decir, se retiene el 10% del total de los ingresos recibidos por servicios prestados a cambio de honorarios o pagos.

¿Cuándo se debe presentar la declaración jurada del Impuesto Sobre la Renta para las persona física?

Las personas físicas deben presentar su declaración fiscal anual con cierre al 31 de diciembre, a más tardar el 31 de marzo del año siguiente.

¿Las personas físicas en el régimen simplificado deben presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta?

Las personas físicas en el Régimen Simplificado de Tributación (RST), deben usar el formulario RST-RS1 si están en el sistema basado en ingresos o el RST-RS3 si están en el sistema de compras.

💡#AlegraDato: la fecha límite para la presentación de la declaración jurada es el último día laborable de febrero del año siguiente.

¿Cuáles gastos debo reportar en mi declaración jurada?

Toda actividad económica que implique gastos documentados con facturas de crédito fiscal, como:

¿Cómo presentar el Impuesto Sobre la Renta personas físicas?

Sigue estos pasos para presentar el ISR de personas físicas:

  1. Reúne los documentos necesarios: Declaración Jurada del Impuesto sobre la Renta (IR-1), comprobantes de gastos y rentas, y documentos de identificación personal.
  2. Accede a la Oficina Virtual
  • Ingresa con tu usuario y clave del contribuyente.
  • Selecciona el menú “Formularios” y elige “Declaración Interactiva”.
  1. Presenta la Declaración Jurada
  • Completa el formulario IR-1 con tus datos personales y rentas.
  • Asegúrate de incluir todos los gastos deducibles.
  • Verifica y confirma la información antes de enviarla.
  1. Pago del impuesto
  • Realiza el pago en línea a través de la Oficina Virtual o presentar la declaración impresa en una Administración Local.

💡#AlegraDato: el IR-1 se presenta en el siguiente orden secuencial: Anexo B, Anexo A y el Formulario de Declaración IR-1.

¿Dónde pagar la declaración jurada de Impuesto Sobre la Renta para las personas físicas?

Existen tres opciones para pagar la declaración jurada del impuesto sobre la renta de personas físicas en República Dominicana:

  1. Pagos en línea por internet.
  2. Vía ventanilla.
  3. Administraciones locales y colecturías.

👉 Para pagos iguales o superiores a quince mil pesos (RD$15,000.00) en las Administraciones Locales de Impuestos Internos, usa cheques certificados o de administración a nombre del Colector de Impuestos.

¿Cuál es la fecha límite de presentación y pago de la declaración jurada de Impuesto Sobre la Renta para las personas físicas?

Deben presentar su declaración jurada y pagar el impuesto correspondiente antes del 31 de marzo del año siguiente al cierre del ejercicio fiscal, que va del 1 de enero al 31 de diciembre. Por ejemplo, el periodo fiscal de enero a diciembre de 2024 se declara y paga a más tardar el 31 de marzo de 2025.

¿Qué pasa si no pago el Impuesto Sobre la Renta para las personas físicas?

Si pagas después de la fecha límite, se aplicará un recargo por mora del 10% sobre el valor del impuesto inicial, más un 4% adicional por cada mes o fracción de mes subsiguiente. Además, se acumulará un interés indemnizatorio del 1.10% mensual sobre el monto total a pagar.

¿Qué son los anticipos?

Son los pagos adelantados y obligatorios del Impuesto sobre la Renta (ISR), que se compensarán con el impuesto anual al presentar la próxima Declaración Jurada.

calculo-anticipos-personas-fisicas

¿Cómo se calculan los Anticipos?

Para las personas físicas y sucesiones indivisas domiciliadas en el país, los anticipos se basan en el impuesto liquidado del ejercicio anterior. Están obligadas a realizar pagos equivalentes al 100% del impuesto liquidado (Casilla 11 del IR-1) en el ejercicio anterior, distribuidos en los siguientes meses y porcentajes:

Porcentajes a pagarFechas límites de pago
Primer anticipo 50%30 de junio
Segundo Anticipo 30%30 de septiembre
Tercer Anticipo 20%30 de diciembre

¡Ya tienes toda la información sobre el Impuesto Sobre la Renta persona física! Evita sanciones y cumple debidamente con esta obligación. ¿Qué mejor manera que hacerlo con Alegra? Con nuestro sistema contable, automatizas tu contabilidad y generas facturas con un clic. Disfruta de 15 días gratis 🚀.

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Luis Maraví

Comunicador y periodista que ama la contabilidad, los retos y las películas de superhéroes. Lo que más valoro es una buena conversación sobre negocios y emprendimiento.

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Actualizado el 18 de noviembre de 2024
8 min de lectura

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