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Así funciona la nueva Ley de Facturación Electrónica en República Dominicana

Ley de facturación electrónica en República Dominicana

¿Aún no sabes cómo funciona la Ley de facturación electrónica? No te preocupes, aquí te lo decimos todo. Esta normativa establece la obligatoriedad de emitir comprobantes fiscales de forma electrónica, contribuyendo a una mayor eficiencia, transparencia y control fiscal.

¡Urgente! La ley de facturación electrónica en República Dominicana cambia todo para tus facturas en 2026. ¿Estás listo para evitar multas y cumplir sin estrés? Sigue leyendo esta guía completa de la Ley 32-23, actualizada con las últimas prórrogas del Aviso 12-25 de la DGII.

A continuación, respondemos las preguntas más frecuentes sobre esta normativa, su implementación y lo que significa para los contribuyentes dominicanos. Sigue leyendo.

¿Qué es la Ley 32-23?

La Ley 32-23 es la normativa que obliga a usar comprobantes fiscales electrónicos (e-CF) en lugar de facturas en papel. Regula el uso obligatorio del comprobante fiscal electrónico (e-CF) en República Dominicana. Esta norma busca mejorar la transparencia fiscal, reducir el fraude y facilitar la supervisión por parte de la DGII.

NormaLey 32-23
Entrada en vigorMayo 2023
ObligatoriedadMayo 2026

¿Es obligatoria la facturación electrónica bajo la Ley 32-23?

¡Sí! 😉La Ley 32-23 establece que la facturación electrónica será obligatoria para todas las empresas y contribuyentes que vendan bienes o servicios. 

La Ley de facturación electrónica DGII exige e-CF validados por la DGII, sin excepciones para nadie después de las fechas límite 😱. Esto implica que desde mayo de 2026, todas las empresas deberán adoptar este sistema para cumplir con las normativas fiscales del país.

¡Conoce todo acerca de la nueva Ley 23-32! Te dejamos aquí la guía gratuita de facturación electrónica para empresas en República Dominicana.

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Calendario oficial y prórrogas de la Ley de Facturación Electrónica (Ley 32-23) en RD

La Ley 32-23 de facturación electrónica tiene plazos por tamaño de empresa. Grandes nacionales empezaron en 2024, grandes locales y medianos tienen prórroga facturación electrónica 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025. Y las pequeñas y micro, gracias al Aviso 12-25, hasta mayo 2026.​

Grandes nacionalesGrandes y medianos localesPequeñas y micro empresas
✅ Mayo 2024🔴 Límite al 31 de diciembre del 2025🟡Mayo 2026

👉 Revisa tu grupo en la Oficina Virtual de la DGII para no perder la prórroga facturación electrónica

Sanciones de la Ley de Facturación Electrónica DGII por incumplimiento

No cumplir con la ley de facturación electrónica puede costarte caro, y la DGII no juega. Las multas vienen de los artículos 24 al 30 de la ley, y se basan en reglas antiguas como la Ley 11-92.

Aquí una lista de sanciones clave 👇. 

  • Multas en dinero: de 5 a 30 salarios mínimos (alrededor de RD $100,000 a RD $600,000 o más) por no usar facturas electrónicas, emitir sin permiso o errores en el formato, según artículo 257 de la Ley 11-92.
  • Cierre del local: temporal o permanente si repites errores graves, como facturas falsas, con cárcel de 1 a 5 años y multas dobles al valor de la factura (artículo 30).
  • Pérdida de beneficios: no puedes deducir gastos ni usar créditos fiscales si tus facturas no son válidas.

¡No te arriesgues! La mayoría de las sanciones no se aplican solo por no facturar, sino por errores en el formato del XML que envíes a la DGII. Con Alegra, te aseguramos que todas tus facturas cumplen con los requisitos técnicos exigidos por la ley. El sistema valida automáticamente cada factura antes de enviarla, lo que te protege de errores y posibles sanciones.

Prórroga facturación electrónica 2025: ¿quiénes aplican?

¡Presta atención! La DGII publicó el Aviso 12-25 en mayo de 2025, dando una prórroga de facturación electrónica de seis meses a grandes contribuyentes locales y medianos.

Esto mueve la facturación electrónica fecha límite para contribuyentes que están en proceso de adaptación, con un plazo hasta el 31 de diciembre del 2025.

👉 Puedes solicitar la prórroga en Oficina Virtual de la DGII o un centro de ayuda en persona. 

Beneficios e incentivos fiscales por cumplir con la Ley 32-23 de Facturación Electrónica

Cumplir con la Ley 32-23 no solo evita sanciones, sino que también trae ventajas grandes; además de ser un cambio  digital, ahorra tiempo y papel, hace todo más transparente y reduce errores. También, tiene incentivos fiscales por empezar temprano 👇. 

  • Créditos para impuestos: hasta RD$2,000,000 para empresas grandes. Se usan para pagar ITBIS, renta o activos.
  • Deducciones rápidas de gastos.
  • Certificado de crédito por adoptar temprano.

Estos incentivos hacen que valga la pena adaptarse pronto a la ley de facturación electrónica.

Diferencia entre la Ley 32-23 y la Norma 06-18

La Norma 06-18 establecía las bases sobre comprobantes fiscales, donde las facturas electrónicas no eran obligatorias para todos.

La Ley de facturación electrónica República Dominicana (Ley 32-23) hace todo obligatorio, con fechas fijas, formato XML estricto y certificados digitales. Reemplaza el papel por completo, añade sanciones fuertes y da incentivos nuevos. 

😉Es como pasar de opcional a regla dura para mejorar el control de impuestos.

AspectoNorma 06-18Ley 32-23
ObligatoriaNoSí, total en 2026
FormatoPapel/impresorae-CF digital XML
ValidaciónLocalDGII central

3 Modalidades para cumplir la Ley 32-23 de Facturación Electrónica 

Existen tres formas principales de cumplir con la Ley 32-23:

ModalidadPara quiénVentajas/Desventajas
Facturador gratuito DGIIVolúmenes muy bajosGratis, pero manual y sin soporte.
Desarrollo propioEmpresas técnicasControl total, pero caro y cambios constantes.
Proveedores CertificadosTodos (recomendado)Fácil, actualizaciones automáticas, soporte 24/7.


Alegra es un Proveedor de Servicios autorizado que te libera de la carga técnica. Cuando la DGII actualiza una norma o formato, nosotros actualizamos la plataforma automáticamente. Tú solo te preocupas por vender; nosotros, por la ley.

¿Cuáles son los beneficios de la Ley de factura electrónica?

Adoptar la facturación electrónica trae ventajas tanto para los contribuyentes como para la administración tributaria. Aquí te contamos las más importantes:

ley-de-facturacion-electronica

Para generar un comprobante fiscal electrónico (e-CF), los remitentes utilizan un software de facturación que genera el comprobante en formato estándar XML, siguiendo las especificaciones técnicas del Impuestos Internos.

¿Cómo se está implementando la Ley General de Facturación Electrónica en la República Dominicana?

Según el artículo 37 de la ley, se estableció un calendario categorizando los plazos según el tipo de contribuyente: 

Tipo de contribuyentePlazo de vigenciaFecha límite
Grandes Contribuyentes Nacionales12 meses después de la entrada en vigor de la ley.Grupo 1: 15 de enero de 2024. Grupo 2: 15 de marzo de 2024. Grupo 3: 15 de mayo de 2024.
Grandes Contribuyentes Locales y Medianos Contribuyentes Nacionales24 meses después de la entrada en vigor de la ley.15 de mayo de 2025.
Pequeños, Micro y no Clasificados36 meses después de la entrada en vigor de la ley.15 de mayo de 2026.

👉 Aprende mucho más sobre los comprobantes fiscales electrónicos en República Dominicana.

¿Cómo emitir factura electrónica en República Dominicana?

Para cumplir con la Ley 32-23 de facturación electrónica, los contribuyentes deben contar on una serie de requisitos técnicos y legales establecidos por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). Aquí te los compartimos:

Para facturar electrónicamente, necesitas cumplir con estos requisitos:

  1. Inscribirte en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).
  2. Tener autorización para emitir comprobantes fiscales.
  3. Estar al día en el cumplimiento de tus obligaciones tributarias.
  4. Disponer de un certificado digital para trámites fiscales, hecho por una entidad de certificación de confianza.
  5. Contar con un software para la emisión de comprobantes fiscales electrónicos (e-CF).

¿Sabías que con Alegra puedes emitir tus facturas electrónicas y e-CF en un solo clic? 👇.

¿Cuáles son las obligaciones del emisor electrónico?

Una vez que te conviertas en emisor electrónico, tienes deberes que cumplir:

  • Incorporar tu Certificado Digital vigente en todos los e-CF emitidos.
  • Imprimir el comprobante fiscal electrónico cuando lo pida un receptor no electrónico.
  • Recibir todos los documentos fiscales válidos de tus proveedores.
  • Mostrar a la DGII toda la información requerida.
  • Conservar los e-CF según lo establecido en el Código Tributario.

Conoce más sobre este documento fiscal: 

¿Qué pasa si no cumplo con la Ley de facturación electrónica?

El incumplimiento de los plazos establecidos por la DGII podría conllevar sanciones tributarias, tales como:

  • Multas por omisión o emisión incorrecta de comprobantes.
  • Suspensión temporal de la autorización para operar.
  • Limitaciones en la deducción de gastos.

¿Existen incentivos por adoptar la facturación electrónica?

Además de las obligaciones, la Ley 32-23 también contempla beneficios para quienes adopten tempranamente la facturación electrónica. Este consiste en un certificado de crédito fiscal que será otorgado a los contribuyentes de la siguiente manera 👇.

Mipymes:

  • RD$300,000.00 para las grandes Mipymes.
  • RD$200,000.00 para medianos contribuyentes.
  • RD$75,000.00 para pequeños contribuyentes.
  • RD$25,000.00 para microempresas y no calificados.

Grandes Nacionales, crédito de hasta dos millones de pesos (RD$2,000,000.00) y podrá ser usado para:

  • Anticipos del Impuesto sobre la Renta.
  • ITBIS operacional.
  • Impuesto Sobre la Renta.
  • Impuesto sobre los Activos.

💡#AlegraDato: quienes utilicen el facturador gratuito de la DGII o estén bajo regímenes especiales con exenciones fiscales no recibirán estos incentivos.

La transición hacia la facturación electrónica representa una oportunidad para modernizar los procesos contables, aumentar la competitividad y cumplir de forma más eficiente con las obligaciones fiscales. Estar informado sobre la Ley de facturación electrónica, también conocida como Ley 32-23 de facturación electrónica, y adaptarse a tiempo es clave para aprovechar los beneficios e incentivos de esta nueva etapa tributaria.

Preguntas frecuentes 

¿La Ley 32-23 elimina las impresoras fiscales?

Sí, la Ley 32-23 reemplaza las impresoras fiscales por el sistema de facturación electrónica. Una vez que usas e-CF, no necesitas imprimir todo; solo das una copia si el cliente la pide, pero el original es digital y va a la DGII..

¿Qué hago si soy una empresa nueva creada en 2025?

Si eres una empresa nueva creada en 2025, deberás cumplir con la Ley 32-23 desde el momento de tu creación, siguiendo los plazos establecidos para tu tipo de empresa.

¿Puedo usar Alegra si soy del Régimen Simplificado (RST)?

Sí, Alegra está completamente adaptado para empresas que se encuentran en el Régimen Simplificado (RST), ayudándote a cumplir con la Ley 32-23 sin complicaciones adicionales.

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👓 En resumen...

El artículo destaca la Ley 32-23 en República Dominicana, vigente desde mayo de 2023, que obliga el uso de comprobantes digitales para modernizar la facturación y reducir la evasión fiscal. Los plazos de implementación varían según el tipo de contribuyente, con incentivos fiscales para adopciones anticipadas.

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Fernanda Alva

Redactora experta en temas empresariales, financieros y contables en más de 7 países de Latinoamérica y España. Apasionada por conectar con mi audiencia a través de las letras en el entorno digital.
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Actualizado el 1 de abril de 2026
10 min de lectura

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