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ToggleLa prórroga facturación electrónica 2025 representa una medida clave para los contribuyentes que enfrentan dificultades en la transición hacia el nuevo sistema digital obligatorio. Esta extensión de plazo, otorgada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), busca facilitar la correcta implementación de la e-Factura y evitar sanciones por incumplimiento. En este artículo te explicamos quiénes pueden solicitarla, bajo qué condiciones, y qué pasos seguir para cumplir a tiempo. Sigue leyendo y evita complicaciones.
¿Qué es la prórroga facturación electrónica 2025 y por qué se otorgó?
Es una extensión del plazo concedida por la DGII a ciertos contribuyentes, con el fin de facilitar la adopción de la factura electrónica obligatoria. Esta medida fue necesaria debido a retrasos técnicos, alta demanda de certificaciones y la necesidad de una implementación más ordenada. Entre las causas más relevantes se encuentran la sobrecarga de trámites en la DGII y la necesidad de muchas empresas de adaptar sus sistemas.
¿Quiénes pueden solicitar la prórroga facturación electrónica 2025?
Este beneficio aplica solo a Grandes Contribuyentes Locales (GCL) y Contribuyentes Medianos que hayan iniciado su proceso de implementación antes del 15 de mayo de 2025. Es decir, no todos pueden solicitarla: quienes no hayan comenzado o justificado adecuadamente el retraso, quedan excluidos.
Requisitos para solicitar la prórroga facturación electrónica 2025
Antes de beneficiarse de la extensión, es importante cumplir con ciertos criterios formales. Esta sección explica las condiciones indispensables que deben cumplir los contribuyentes para acogerse a la prórroga:
- Presentar el Formulario de Solicitud de Emisor Electrónico ante la DGII, disponible en su Oficina Virtual o en los Centros de Servicios.
- Haber iniciado el proceso de implementación de la factura electrónica.
- Estar al día con sus obligaciones tributarias.
La prórroga será concedida automáticamente a quienes cumplan estos requisitos, sin necesidad de presentar una solicitud adicional.
¿Qué deben hacer los contribuyentes durante la prórroga?
Una vez obtenida la extensión, los contribuyentes deben aprovechar este período de gracia para culminar su proceso de transición al sistema electrónico. A continuación, te explicamos cómo usar este tiempo de manera efectiva:
- Completar la solicitud formal como Emisor Electrónico si aún no lo han hecho.
- Realizar pruebas de emisión de e-CF e integrar sus sistemas contables con los de la DGII.
- Finalizar la adecuación tecnológica interna y asegurar la certificación oficial como Emisor Electrónico antes del 15 de noviembre de 2025.
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Consecuencias de no cumplir con la prórroga facturación electrónica
La prórroga tiene carácter único y no se prevé otra extensión. No cumplir con la fecha límite implica:
- Multas por incumplimiento según la Ley 32-23.
- Posible suspensión de NCF en papel.
- Invalidación de facturas físicas emitidas después del plazo.
- Pérdida de respaldo fiscal tanto para el emisor como para el cliente.
La prórroga facturación electrónica 2025 es una oportunidad crucial para completar el proceso de implementación y evitar sanciones. Si quieres cumplir con la DGII, maximizar tus ingresos y garantizar el éxito financiero de tu empresa, usa Alegra: la solución digital certificada que te permite emitir e-CF, automatizar reportes y mantener tu negocio en orden. ¡Pruébalo gratis por 15 días y transforma tu facturación hoy mismo!
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