- ¿Cuáles son los principales cambios introducidos por la Reforma Tributaria 2025 en Colombia?
- ¿Qué sectores económicos se verán más afectados por los nuevos impuestos de la reforma?
- ¿Cómo impactará la Reforma Tributaria en las pequeñas y medianas empresas?
- ¿Cómo afectará la reforma tributaria a los contribuyentes individuales en términos de impuesto sobre la renta?
- ¿Existen incentivos fiscales para empresas que adopten prácticas sostenibles bajo la nueva reforma?
Aunque el Gobierno colombiano tiene la intención de presentar en el 2025 una nueva reforma tributaria, que sería por lo menos por 12 billones de pesos para financiar el presupuesto de gastos del presente año, lo cierto es que su aprobación no es segura, dado que en el 2024 fue rechazada la propuesta de una segunda reforma tributaria.
No obstante, para este 2025 si veremos una serie de nuevos impuestos y cambios fiscales importantes para Colombia, tras el Decreto 175 del 14 de febrero de 2025, en el marco de un estado de conmoción interior en la región del Catatumbo.
Aunque estos impuestos estarían vigentes hasta el 31 de diciembre de 2025, el Ministro de Hacienda, Diego Guevara, ha expresado la intención de convertir estos impuestos en permanentes a través de una reforma tributaria que se presentará en el Congreso.
¿Cuáles son los principales cambios introducidos por la Reforma Tributaria 2025 en Colombia?
Los impuestos establecidos mediante el Decreto 174 del 14 de febrero de 2025, son:
- IVA del 19% a juegos de azar en línea: se aplicará IVA (19%) a las apuestas y juegos de suerte y azar operados por internet.
Contribución del 1% a las exportaciones de petróleo y carbón: las empresas petroleras y carboníferas deberán pagar un impuesto equivalente al 1% del valor en la primera venta o exportación de petróleo crudo y carbón.
Impuesto de Timbre del 1% en trámites notariales y documentos oficiales: se crea un impuesto de timbre del 1% sobre ciertos trámites y servicios expedidos por el Estado. Esto incluye la expedición de pasaportes, apostillas, registros notariales (como copias de escrituras públicas) y otras certificaciones.
Aunque nacieron como temporales por 90 días, estos impuestos podrían quedarse de forma indefinida en caso de aprobarse la Reforma Tributaria 2025.
Lee también 👉 Nuevos impuestos en Colombia 2025: guía para empresarios
Ahora, respecto a la Reforma Tributaria que el Gobierno espera llevar al Congreso en el 2025, se plantea un ajuste para estimular la competitividad de las empresas. Una de las propuestas es reducir la tarifa general del impuesto de renta para pequeñas y medianas empresas (PYMEs) del 35% actual al 30%
Esto aliviaría la carga tributaria de las PYMEs, compensando en parte otros impuestos. (Cabe señalar que la tarifa del 35% se mantendría para grandes empresas, y en sectores como el financiero existe una sobretasa temporal adicional).
¿Qué sectores económicos se verán más afectados por los nuevos impuestos de la reforma?
Los sectores directamente afectados por el Decreto Decreto 175 del 14 de febrero de 2025, serían:
- Sector de hidrocarburos y minería (petróleo y carbón)
- Sector de juegos de azar en línea
- Sector de trámites legales y servicios notariales (el impacto se traslada para entidades estatales, sector inmobiliario y comercio exterior, principalmente, debido a su alta dependencia de este tipo de trámites.
Sectores afectados por la Reforma aprobada en el 2022:
- Sector financiero y grandes empresas: si bien no es un nuevo impuesto per se en 2025, cabe recordar que las entidades financieras en Colombia enfrentan desde 2023 una sobretasa temporal en el impuesto de renta (3 puntos porcentuales adicionales sobre la tarifa general) que las lleva a tributar cerca del 38% – 40% de renta. Este recargo, aprobado en la anterior reforma del 2022, sigue vigente hasta 2025.
Además, la nueva reforma contempla limitar ciertos beneficios como la deducción del ICA para empresas grandes, lo que incrementa su carga tributaria neta. Por tanto, bancos, aseguradoras y grandes contribuyentes podrían ver reducidos algunos alivios que tenían.
- Industria de bebidas azucaradas y alimentos ultraprocesados: aunque no es un cambio introducido en 2025, desde el 1 de enero de 2025 entraron en vigor las tarifas más altas del impuesto a las bebidas azucaradas y a los alimentos ultraprocesados, aprobados en la Reforma de 2022.
Esto afecta a fabricantes y comercializadores de gaseosas, jugos azucarados, snacks y otros productos gravados, los cuales han tenido que ajustar sus precios y estrategias.
Es un ejemplo de cómo los cambios fiscales 2025 en Colombia no solo provienen de la nueva reforma sino también de la aplicación escalonada de impuestos ya legislados.
¿Cómo impactará la Reforma Tributaria en las pequeñas y medianas empresas?
- Reducción de la tarifa de renta corporativa: el gobierno propuso disminuir la tarifa del impuesto de renta del 35% al 30% para las PYMEs. Este cambio busca impulsar la competitividad de los negocios pequeños y medianos, equiparándolos con tarifas más cercanas al promedio regional.
- Mantenimiento del régimen SIMPLE y otros regímenes especiales: no se reportan cambios adversos en los regímenes especiales que benefician a micro y pequeñas empresas. El Régimen SIMPLE de tributación, que consolida varios impuestos en una sola cuota para simplificar la vida a pequeños negocios, se mantiene disponible. Esto es importante para emprendedores y pequeños comerciantes, ya que pueden seguir optando por tributaciones simplificadas con tasas reducidas dependiendo de sus ingresos y sector.
- Facilidades e incentivos: la reforma tributaria que propone el Gobierno para el 2025, plantea alivios en servicios públicos, a través de la “opción tarifaria”. Esta medida permitiría al Gobierno asumir, mediante títulos de deuda pública, las facturas vencidas de energía eléctrica de los estratos 1, 2 y 3 (los de menor ingreso) acumuladas durante la pandemia.
Si bien esto no es un tema tributario directo, sí es una acción paralela que libera presión financiera a los hogares más vulnerables, compensando en algo cualquier efecto inflacionario que pudieran tener los nuevos impuestos.
Igualmente, continuarán vigentes programas como los subsidios a la nómina (PAEF) que apoyaron el empleo formal durante la crisis, y se mantienen beneficios para quienes vinculen trabajadores jóvenes o madres cabeza de familia mediante deducciones en la base del impuesto.
¿Cómo afectará la reforma tributaria a los contribuyentes individuales en términos de impuesto sobre la renta?
Aunque el Decreto 175 del 14 de febrero de 2025, no contempla medidas para personas naturales, la Reforma Tributaria de 2022, si estableció cambios que continúan vigentes para el 2025 👇.
Aspecto | Descripción |
Aumento de la tarifa máxima del impuesto de renta para altos ingresos | Se plantea un incremento de la tarifa marginal más alta del impuesto de renta, de 39% a 41%, para quienes ganan más de 31,000 UVT al año (aproximadamente $1,459 millones de pesos anuales). |
Mantenimiento de las tarifas para tramos medios y bajos | Para la gran mayoría de contribuyentes individuales, no se proponen aumentos en las tarifas actuales de renta. Los rangos de renta gravable seguirán con tarifas graduales desde 0% hasta 39% (41% si se aprueba el incremento). |
Eliminación de exenciones y tratamientos preferenciales | La reforma tributaria de 2022 ya redujo muchas exenciones y beneficios en el impuesto de renta de personas naturales, impactando a los contribuyentes a partir de la declaración de 2023 (por ejemplo, limitó la deducción por cuentas AFC, eliminó la posibilidad de deducir ciertos gastos laborales para independientes, y fijó topes más bajos a rentas exentas).No se proponen nuevas eliminaciones de exenciones. |
Impuesto al patrimonio y dividendos | Las personas naturales de elevado patrimonio siguen sujetas al impuesto al patrimonio entre 0.5% y 1% sobre patrimonios líquidos superiores a $3,000 millones, vigente hasta 2026. Además, los dividendos continúan gravados con tarifas que van del 0% al 20%. |
¿Existen incentivos fiscales para empresas que adopten prácticas sostenibles bajo la nueva reforma?
En Colombia, las empresas que implementan prácticas sostenibles pueden acceder a diversos incentivos fiscales diseñados para fomentar la inversión en proyectos ambientales y de energías renovables. Según la Ley 1715 de 2014, modificada por la Ley 2099 de 2021, se establecen beneficios como 👇.
- Descuentos en el impuesto de renta por inversiones ambientales: las empresas que realicen inversiones en control, conservación y mejoramiento del medio ambiente pueden seguir accediendo a descuentos tributarios. Por ejemplo, existe un descuento de hasta el 25% del impuesto de renta por la inversión realizada en proyectos de gestión eficiente de la energía (GEE).
Asimismo, proyectos que reduzcan emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) o iniciativas de economía circular suelen ser deducibles en una proporción significativa. Estos incentivos, vigentes desde antes, continuarán para motivar a más compañías a invertir en tecnologías limpias.
Además, las empresas que operan en Zonas Francas Verdes pueden beneficiarse de una tarifa especial de impuesto de renta del 20%, frente a la tarifa general del 35%.
- Rentas exentas para energías renovables y ecoturismo: la legislación colombiana ya contempla que las rentas provenientes de la generación de energía a partir de fuentes no convencionales (eólica, solar, biomasa) pueden ser exentas durante un período, al igual que ciertos ingresos por servicios de ecoturismo.
Con la reforma no se ha indicado que estos beneficios se eliminen; por el contrario, se espera que sigan vigentes para apoyar la transición energética. Una empresa que produzca energía solar, por ejemplo, puede obtener hasta 15 años de renta exenta cumpliendo requisitos de la Ley 1715, y eso permanecería como estímulo.
- Exclusiones y tarifas reducidas de IVA para bienes ambientalmente amigables: en Colombia se aplican exclusiones de IVA a bienes y servicios relacionados con actividades de impacto ambiental positivo. Por ejemplo, la compra de equipos para control ambiental (equipos de monitoreo de emisiones, tratamiento de aguas, reciclaje de residuos) está excluida de IVA, abaratando su adquisición. Igualmente, hay una tarifa preferencial de IVA (5%) para vehículos eléctricos, híbridos y sus baterías y cargadores.
Estos incentivos continuarán, facilitando que las empresas renueven su flota con vehículos eléctricos o instalen maquinaria menos contaminante a menor costo impositivo. - Deducciones por fuentes no convencionales de energía: las empresas que inviertan en proyectos de energías renovables (solar, eólica, pequeñas hidroeléctricas) o en gestión eficiente de energía pueden deducir hasta el 50% de la inversión realizada de su impuesto de renta, distribuido en 15 años. Además, esas inversiones gozan de exención de IVA y aranceles en la importación de equipos necesarios.
Estas disposiciones provienen de leyes anteriores (como la Ley 1715 de 2014) y siguen vigentes; la Reforma 2025 no solo las respeta sino que en el discurso oficial se ha planteado la importancia de promover una “economía baja en carbono”, por lo que no se descarta que en la reglamentación se agilicen trámites para acceder a estos incentivos.
- Créditos fiscales y “obras por impuestos” verdes: también existen mecanismos como Obras por Impuestos, donde una empresa puede destinar parte de sus impuestos a ejecutar directamente proyectos en zonas necesitadas. Dentro de este esquema, proyectos ambientales (reforestación, protección de cuencas, energización con renovables en comunidades) podrían ser elegibles, convirtiéndose en incentivos indirectos a la sostenibilidad. Si bien la reforma 2025 no introduce un nuevo “crédito fiscal verde” explícito, aprovecha herramientas ya disponibles para canalizar inversión privada hacia objetivos sostenibles con beneficio tributario.
- Depreciación acelerada: se permite una amortización acelerada de los activos relacionados con proyectos de energías renovables y eficiencia energética, permitiendo depreciar hasta el 33.33% del valor del activo cada año como gasto deducible sobre el impuesto de renta.
Te puede interesar 👉 Descuentos tributarios para empresas en Colombia (2025)
Para que tu empresa esté preparada a los nuevos cambios tributarios, la clave está en informarse a fondo sobre los cambios que afectan a cada contribuyente, ajustar presupuestos y precios, y mantener un control riguroso de los gastos y las provisiones para impuestos. Además, estar al tanto de posibles modificaciones legislativas y adoptar estrategias fiscales flexibles será fundamental para mantenerse al día con las nuevas regulaciones.
En este contexto, contar con un software de gestión como Alegra puede ser de gran ayuda para tomar decisiones con inteligencia empresarial.
Con Alegra, puedes gestionar tus finanzas de forma proactiva, adaptando tus procesos fiscales a los cambios tributarios y asegurando que tu empresa se mantenga al día con sus obligaciones. Así, no solo cumples con la ley, sino que también optimizas tus recursos para un futuro financiero más sólido y sostenible.