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ToggleImagínese agilizando sus obligaciones tributarias y contables con una opción diseñada para pequeños empresarios en Costa Rica. ¡De eso se trata el Régimen Simplificado!
Con este artículo no solo comprenderá a fondo este tipo de régimen, sino que también descubrirá los beneficios que este le aportaría a su negocio. Más aún, al finalizar, sabrá con certeza si el Régimen Simplificado se ajusta a sus necesidades y cómo lo puede aprovechar. 👇
¿Qué es el régimen simplificado en Costa Rica?
El Régimen Tributario Simplificado es una opción establecida por el Ministerio de Hacienda, para facilitar a personas físicas o jurídicas el cumplimiento voluntario de los impuestos sobre el valor agregado (IVA) y la renta.
Según el decreto 25514-H, el régimen simplificado aplica cuando se ofrecen servicios o productos a consumidores finales en menor escala. las siguientes actividades económicas:
- Comercio minorista.
- Bares, cantinas, tabernas o similares.
- Venta de comidas y bebidas.
- Cafés, ventas de repostería y panaderías.
- Pequeños productores agrícolas que venden en ferias del agricultor.
- Servicio de taxi.
- Viveros (que no produzcan almácigos) y floristerías.
- Fabricación artesanal de productos y su reparación.
- Estudios fotográficos, de serigrafía y sublimación.
- Pesca artesanal en pequeña y mediana escala.
¿Cómo funciona el régimen simplificado en Costa Rica?
El régimen simplificado en Costa Rica ofrece una alternativa más sencilla para cumplir con las obligaciones tributarias, comparado con el régimen tradicional (este punto lo abordaremos con más profundidad).
Esto es lo que debes tener en cuenta sobre este tipo de régimen:
- El acceso y retiro es voluntario.
- Aplica para actividades económicas específicas (mencionadas en la sección anterior).
- Es posible combinar actividades comerciales, pero solo entre las permitidas por el régimen.
- Permite un solo establecimiento o canal para la venta al público.
- No pueden ser franquicias ni explotación de marcas o nombres comerciales.
- Los activos fijos utilizados no pueden superar los 350 salarios base.
- Las declaraciones sobre la renta e IVA son trimestrales (se basan en las compras, no en los ingresos).
- Tiene límites de compras al año y para contratar empleados.
¿Qué beneficios tiene el régimen simplificado?
La principal ventaja que ofrece este régimen es la facilidad para cumplir con las obligaciones tributarias de forma voluntaria, aunque se pueden enumerar los siguientes beneficios:
- Simplificación: no es necesario llevar una contabilidad formal detallada, solo se deben conservar las facturas de las compras realizadas y esto reduce la carga administrativa.
- Adaptabilidad: el impuesto a abonar con la declaración de renta e IVA dependerá de las compras realizadas. Es decir, el monto se ajusta a la actividad económica que tuvo tu negocio en los últimos tres meses.
- Ventas exentas de IVA: los contribuyentes del Régimen Simplificado no deben facturar con impuesto sobre el valor agregado.
Diferencia entre régimen tradicional y simplificado Costa Rica
Veamos las diferencias entre estos dos tipos de regímenes en Costa Rica:
Atributos | Régimen Simplificado | Régimen Tradicional |
Opción voluntaria | Sí. | No. Es obligatoria. |
Actividades económicas | Especificadas por el reglamento. | Califican todas las actividades económicas. |
Las obligaciones tributarias se calculan en base a | Compras. | Ingresos. |
Reportes contables complejos | No. Solo amerita un reporte de compras. | Sí. Se deben presentar las principales partidas del balance y estado de resultados. |
¿Cómo saber si soy régimen simplificado?
Usted puede aplicar voluntariamente a este régimen si realiza alguna de las siguientes actividades económicas, no supera el límite de compra establecido por año ni tiene más de los empleados indicados en la tabla:
Actividades de 1 a 5 empleados | Compras anuales | Aplica |
Comercio minorista | 150 salarios base. | ☑️ |
Bares, cantinas, tabernas o establecimientos similares. | ||
Venta de comidas y bebidas. | ||
Cafés, ventas de repostería y panaderías. | ||
Pequeños productores agrícolas que venden en ferias del agricultor. | ||
Viveros (que no produzcan almácigos) y floristerías. | ||
Fabricación artesanal de productos y su reparación. | ||
Estudios fotográficos, de serigrafía y sublimación. | ||
Pesca artesanal en pequeña y mediana escala. | 8 salarios base. | ☑️ |
Servicio de taxi. | No varía. | ☑️ |
¿Su negocio entra en esas actividades? ¡Perfecto! Ahora veamos cómo se puede registrar en el régimen simplificado. 👇
¿Cómo inscribirse al régimen simplificado?
Inscribirse al régimen simplificado es muy fácil, solo debes seguir los siguientes pasos:
- Ir al portal de Administración Tributaria Virtual (ATV) y crear una cuenta de usuario.
- Seleccione una actividad económica que califique para régimen simplificado (esto es importante o no se habilitará el formulario de inscripción).
- Complete el formulario de inscripción al régimen y ¡listo! Así quedará inscrito en este régimen.
Tenga en cuenta que deberá seguir accediendo a ese mismo portal (ATV) para completar declaraciones autoliquidativas D.105 Impuesto sobre la Renta y D.105 Impuesto al Valor Agregado de forma trimestral.
Facturación régimen simplificado (como factura el régimen simplificado)
Los contribuyentes del régimen simplificado no están obligados a emitir facturas, pero sí pueden entregar documentos semejantes de forma voluntaria. 👇
¿Qué es una factura de régimen simplificado?
Un comprobante físico semi impreso o una factura electrónica como emisor y receptor no confirmante, esto último significa que la información no es validada por Hacienda.
Esta es la información que deben contener los comprobantes:
- Indicación de que el documento es una factura.
- Fecha y lugar de expedición.
- Descripción de los bienes y/o servicios.
- Nombre y número de identificación de quien lo expide.
- Nombre y número de identificación del comprador
- Correo electrónico del emisor.
Hablando de facturas, este artículo te puede interesar: los mejores programas de facturación en Costa Rica gratis y pagos.
¿Si soy régimen simplificado debo facturar con IVA?
Los contribuyentes del régimen simplificado quedan exentos de cobrar sus productos o servicios con IVA.
Sobre estos dos últimos puntos puede leer más al respecto en este documento que publicó el Ministerio de Hacienda.
Si bien este régimen es fácil de llevar, puede ser aún más ágil con un sistema de contabilidad y facturación como Alegra. ¡Anímese! Tendrá 15 días de prueba gratis para saber si se adapta a sus necesidades:
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