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República Dominicana: conoce los nuevos Tipos de Comprobantes Fiscales Especiales

Tipos de Comprobantes Fiscales Especiales

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) emitió el pasado mes de abril la Norma general 05-19 sobre los nuevos Tipos de Comprobantes Fiscales Especiales, la cual tiene como objetivo regular el uso de las facturas y fomentar su cumplimiento tributario.

En este comunicado se informó que esta nueva normativa incluye los siguientes comprobantes:

  • Comprobante para Regímenes Especiales.
  • Comprobante Gubernamental, Comprobante de Registro Único de Ingresos.
  • Comprobante de Compras.
  • Comprobante Fiscal Electrónico (e-CF).
  • Comprobante para Gastos Menores.
  • Comprobantes para Pagos al Exterior.
  • Comprobante para Exportaciones.

Esta entidad explicó que, según lo estipulado en el artículo 5 del Decreto 254-06, “en aquellos casos en que, por la naturaleza de los sectores o las actividades empresariales o profesionales, la DGII lo haya autorizado, con la finalidad de evitar perturbaciones en el desarrollo de las actividades económicas en cuestión, se podrán utilizar documentos especiales como comprobantes fiscales”.

Con esta nueva norma, los Comprobantes para Pagos al Exterior podrán ser emitidos por concepto de pago de rentas gravadas de fuente dominicana a personas físicas o jurídicas no residentes fiscales obligadas a efectuar la retención total del Impuesto sobre la Renta, según lo estipulado en los artículos 297 y 305 del Código tributario.

De igual forma, se crearon los Comprobantes para Exportaciones, los cual serán usados para reportar las ventas de bienes fuera del territorio nacional utilizados por los exportadores nacionales, empresas de zonas francas y Zonas Francas Comerciales.

Nueva Estructura del e-CF

En cuanto a los Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-CF), este organismo los define   en el artículo 11 de esta norma como aquellos documentos electrónicos firmados digitalmente que acreditan la transferencia de bienes, entre en uso o la prestación de servicios, los cuales a su vez deben cumplir siempre con los requisitos establecidos en el Decreto Número 254-06.

De igual forma, esta normativa establece que el e-Cf tendrá que estar firmado con un certificado digital de persona física, sólo podrá ser utilizado por los contribuyentes que previamente hayan sido autorizados por la DGII y cumplirá la misma función que los comprobantes fiscales previamente establecidos.

Con esta norma la DGII también dio a conocer la siguiente estructura para del Número de Comprobantes Fiscal Electrónico, la cual cabe destacar, solo es aplicable para los comprobantes electrónicos:

  • La letra “E” indica la serie, los siguientes dos dígitos especificarán el tipo de comprobantes y los últimos 10 dígitos corresponden a la secuencia, sumando un total de 13 caracteres.

Con la entrada en vigencia de esta nueva ley, los contribuyentes están obligados a modificar rápidamente sus facturas e incluir estas normativas en sus sistemas contables, es por ello que en Alegra ya hemos agregado todos estos cambios en nuestra plataforma para que ahorres tiempo y esfuerzo registrando tus ventas.

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Actualizado el 28 de mayo de 2024
3 min de lectura

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