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Primeros plazos para emitir Nómina Electrónica Grupo 1

Conoce más acerca de los plazos de habilitación para Nómina Electrónica Grupo 1

El 18 de agosto, en Colombia, inicia el proceso de habilitación de Nómina Electrónica para los primeros plazos para emitir Nómina Electrónica grupo 1, un tema de gran importancia para los emprendedores y empresas.

Si quieres conocer de qué se trata la Nómina Electrónica y cuál es tu grupo, te compartimos una guía de gran utilidad para implementar este proceso.

Nota: Recuerda que solo esta primera habilitación para la emisión de la Nómina Electrónica corresponde al Grupo 1; si tu emprendimiento o empresa pertenecen a otro grupo y deseas habilitar la Nómina Electrónica en este mes, deberás comenzar a emitir la facturación en octubre.

¿Qué es la Nómina Electrónica y por qué la exige la DIAN?

La Nómina Electrónica es un documento electrónico que permite que todos los pagos que los empleadores o empresas realizan a sus empleados, sean considerados como un descuento tributario.

Es decir, los pagos realizados a sus empleados pueden ser considerados como deducciones en el impuesto de renta e impuesto descontable en IVA.

 La Nómina Electrónica es un documento importante para la administración tributaria ya que con ella serán más ágiles los trámites, análisis y detección de posibles anomalías.

¿Quiénes están obligados a implementar la Nómina Electrónica?

De acuerdo a la información emitida por la DIAN, toda empresa o persona natural que tenga empleados deberá hacerlo, sin importar el número.

En Alegra nos interesa que estés concentrado solo en tu emprendimiento o negocio, por  eso te compartimos una guía de información útil que te puede acompañar en el proceso para emitir la Nómina Electrónica.

Ahora bien, es importante cumplir con los primeros plazos para emitir la Nómina Electrónica, de acuerdo al número de empleados por empresa.

Ya que sabes qué es la nómina electrónica, te compartimos el calendario de implementación de la Nómina Electrónica:

Grupo

Fecha de inicio habilitación

Fecha máxima para iniciar con la generación y transmisión del documento soporte de pago de nómina

Intervalo en relación con el número de empleados

Desde

Hasta

1 18/08/2021 01/09/2021 Más de 250
2 01/10/2021 101 250
3 01/11/2021 11 100
4 01/12/2021 1 10

*Mediante la Resolución No. 000028 del 28 de febrero de 2022, las empresas con 1 a 10 empleados pueden realizar la primera generación y transmisión del documento soporte de pago de nómina electrónica y las notas de ajuste del citado documento, así: Los meses de diciembre de 2021, enero y febrero de 2022, los diez primeros días hábiles del mes de mayo de 2022. Y los meses de marzo, abril y mayo de 2022 los diez primeros días hábiles del mes de junio de 2022.

*La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, estableció que los sujetos NO obligados a expedir factura electrónica que requieran soportar los costos y deducciones en el impuesto sobre la renta y complementarios, deberán realizar la primera generación y transmisión del documento soporte de pago de nómina electrónica correspondiente al mes de junio de 2022, durante los 10 primeros días hábiles del mes de julio de 2022.

 

Mantente actualizado sobre la Nómina Electrónica, las novedades que tiene la DIAN  y el proceso de habilitación, en este vídeo:

 

¿Cómo se debe emitir la Nómina Electrónica? 

Para poder cumplir con la Nómina Electrónica de la DIAN, debes tener en cuenta que el soporte de pago de Nómina Electrónica se deberá presentar los primeros 10 días del mes siguiente al que se realice el pago a los empleados. 

Por ejemplo, si tu empresa o emprendimiento acaba de pagar las nóminas de tus empleados en el mes de septiembre, deberás presentar el soporte de pago en los primeros diez días de octubre.

Es decir, durante esos días, deberás enviar un formato XML con los conceptos que pagaste a tus empleados en el mes.

Para ello, debes considerar tener los datos básicos del empleador y el empleado, definir los conceptos de devengados y los conceptos de deducciones.

Además, como lo solicita la DIAN, el documento a emitir  por la Nómina Electrónica deberá contener la siguiente información:

  1. Encontrarse denominada como “documento soporte de pago de nómina electrónica”.
  2. Nombres y apellidos o razón social del empleador, incluyendo el NIT.
  3. Nombres, apellidos e identificación del empleado.
  4. El código único de documento soporte de pago de nómina electrónica (CUNE).
  5. El número consecutivo de control interno, implementado por el empleador.
  6. Valor devengado por el empleado, acompañado de los correspondientes conceptos.
  7. Las deducciones realizadas, con sus conceptos.
  8. El valor total pagado al empleado.
  9. El contenido del “Anexo técnico documento soporte de pago de Nómina Electrónica” establecido en el artículo 20.
  10. El medio de pago, que el sujeto utiliza para hacer la entrega de la contraprestación
  11. Fecha y hora de generación.
  12. La firma digital del sujeto al momento de la generación como elemento para garantizar la autenticidad del documento de Nómina Electrónica.
  13. Nombres y apellidos o razón social del fabricante del software, incluyendo el NIT y el nombre del software y proveedor de soluciones tecnológicas.

Si eres un emprendedor, una herramienta de emisión de Nómina Electrónica como Alegra te ayudará a realizar esta de manera más sencilla y es gratuita hasta dos empleados. 

Te compartimos este vídeo para emitir Nómina electrónica, paso a paso: 

Esperamos que esta guía te ayude a resolver tus dudas y cumplir con los primeros plazos para emitir Nómina Electrónica Grupo 1.

Prepara a tu empresa para la emisión de la nómina electrónica, en Alegra te ayudamos a que sea de manera sencilla:

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2, Ago 2021 5 min de lectura

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