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Declaraciones de Resico o el típico tabú de que “no debo facturar ningún gasto si estoy en Resico”

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Uno de los “eslogan” que más se escuchaban y leían con la creación del Régimen Simplificado de Confianza, era que sería ideal para aquellas personas que no gustaban de estar solicitando factura cada que realizan un gasto de su actividad económica y que, precisamente, este Régimen lo que busca es simplificar el tema de la gestión de impuestos y administración para los contribuyentes y basarse en la confianza de la población para el pago de impuestos.

Esto no lo digo yo, sino la exposición de motivos del paquete económico 2022.

La exposición de motivos, para darles un poquito de contexto, es donde se plasma el por qué de alguna reforma a la ley, adiciones o incluso la derogación de un régimen, es decir, la intención que tiene el legislador al hacer estos movimientos.

Y te da muchísima luz porque así logras comprender, cuál es la esencia de tal cambio, qué es lo que se busca o se pretende lograr con ello.

Sin embargo, a pesar de que este régimen no aplica a las deducciones (gastos que cumplen requisitos fiscales) para el pago de su Impuesto Sobre la Renta, si viene marcado en el artículo 113-G fracción IV, como una obligación el obtener y conservar los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) que amparen sus gastos e inversiones.

Entonces, ¿por qué si no se va a permitir la deducción de estos gastos, sí lo marcan como una obligación para los contribuyentes? Y si el contribuyente no conoce esta parte de la ley o no es bien informado, estaría cometiendo un incumplimiento fiscal.

Por otro lado, tenemos el tema del Impuesto al Valor Agregado (IVA) el cual, para poder acreditar el IVA de tus gastos e inversiones, es requisito que se cuente con el CFDI correspondiente.

Así que nuevamente, el irse por la premisa de “no necesitarás pedir factura en este Régimen, pues es muy simplificado” podría acarrearle inconvenientes al contribuyente.

Es recomendable, incluso resulta necesario, siempre acudir con un profesional en busca de asesoría y orientación, pues un contribuyente que no está en este medio, difícilmente va a comprender las disposiciones fiscales vigentes y las repercusiones de no cumplirlas.

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María Isabel Armenta

Contadora y financiera. Egresada de la Universidad de Occidente, con especialización en Impuestos y una maestría en Impuestos,del Instituto de Especialización para Ejecutivos.
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Actualizado el 27 de marzo de 2024
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