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ToggleEl Sistema de Registro Electrónico (SIRE) de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) es una herramienta clave para cumplir con las obligaciones fiscales y gestionar los registros contables de manera eficiente, fundamental para el correcto funcionamiento de las empresas en el Perú. Aquí descubrirás qué es el SIRE Sunat, cómo funciona, quiénes deben usarlo, los plazos establecidos y su impacto en las nuevas empresas.
¿Qué es el SIRE Sunat?
Es una plataforma desarrollada por la Sunat, con el propósito de modernizar y agilizar la presentación de información contable y tributaria de las empresas en el Perú, como:
- La generación y gestión de Registro de Ventas e Ingresos Electrónico (RVIE).
- Registro de Compras Electrónico (RCE).
De esta forma, las empresas podrán simplificar la gestión y el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
¿Cómo funciona el SIRE Sunat?
Este sistema permite a los contribuyentes presentar electrónicamente los registros de ventas y compras, permitiendo:
- Centralizar los registros, facilitando a la Sunat el acceso a información actualizada.
- Utilizar formatos predefinidos, garantizando uniformidad en la presentación.
- Automatizar los procesos de registro, reduciendo errores y agilizando la presentación.
- El acceso permanente a los registros, facilitando el seguimiento y la toma de decisiones.
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¿Cuándo entra en vigencia el SIRE Sunat?
El SIRE entra en vigencia de forma escalonada según el tipo de contribuyente y las disposiciones de la Resolución de Superintendencia N° 300-2014/SUNAT. A continuación, te presentamos el cronograma de implementación:
Período | Contribuyentes |
Julio 2023 | Contribuyentes incluidos en el Anexo N° 7 de la Resolución N° 112-2021/SUNAT. |
Octubre 2023 | Contribuyentes del RER y MYPE Tributario obligados al Sistema de Libros Electrónicos al 30/09/2023. |
Agosto 2024 | Contribuyentes del RER y MYPE Tributario obligados a llevar los registros al 31/07/2024. |
Enero 2025 | Contribuyentes no considerados Principales Contribuyentes, obligados al 31/12/2024. |
Julio 2025 | Principales Contribuyentes obligados al 31/12/2024. |
Además, la vigencia puede variar según el período en que los contribuyentes adquieran la obligación de llevar registros electrónicos, conforme a las resoluciones correspondientes.
¿Cómo saber si estoy obligado a presentar SIRE?
A partir de enero de 2025, estarán obligados a usar el SIRE los contribuyentes que, al 31 de diciembre de 2024, deban llevar los registros de compras y ventas según la Ley del IGV, sin importar si lo hacen de forma física o electrónica.
¿Ya estoy llevando mis libros en el PLE? ¿Debo migrar al SIRE?
El SIRE es un sistema diseñado para reemplazar gradualmente los registros de compras y ventas del PLE y el SLE. Por lo cual, eventualmente, estará obligado a llevar tus registros electrónicos en este sistema.
Los libros electrónicos que deberás llevar dependen de tu régimen tributario y tus ingresos:
Régimen | Ingresos Anuales | Obligaciones Contables |
Régimen General | Hasta 300 UIT | Registro de Compras, Registro de Ventas, Libro Diario Simplificado |
Entre 300 UIT y 500 UIT | Registro de Compras, Registro de Ventas, Libro Diario, Libro Mayor | |
Entre 500 UIT y 1700 UIT | Registro de Compras, Registro de Ventas, Libro Diario, Libro Mayor, Libro de Inventarios y Balances | |
Más de 1700 UIT | Contabilidad Completa: incluye todos los libros anteriores y específicos como el Libro Caja y Bancos, entre otros | |
Régimen MYPE Tributario | Hasta 300 UIT | Registro de Compras, Registro de Ventas, Libro Diario Simplificado |
Entre 300 UIT y 500 UIT | Registro de Compras, Registro de Ventas, Libro Diario, Libro Mayor | |
Entre 500 UIT y 1700 UIT | Registro de Compras, Registro de Ventas, Libro Diario, Libro Mayor, Libro de Inventarios y Balances | |
Régimen Especial de Renta | No aplica ingresos anuales específicos | Registro de Compras, Registro de Ventas |
¿Qué pasa si no uso el SIRE?
El incumplimiento de la presentación del Registro de Compras y Ventas Sunat a través del SIRE puede llevar a sanciones y multas. Según el numeral 10 del art. 175 del código tributario, puedes llevar las siguientes sanciones:
INFRACCIONES | SANCIÓN | ||
Artículo 175: Constituyen infracciones relacionadas con la obligación de llevar libros o registros o contar con informes u otros documentos. | Tabla I 0.6% de los IN (10) | Tabla II 0.6% de los IN (10) | Tabla III 0.6% de los I o cierre (2) (3) |
Numeral 10: No registrar dentro de los plazos máximos de atraso: ingresos rentas, patrimonio, bienes, ventas, remuneraciones o actos gravados; o registrarlos por montos inferiores en el libro o registro electrónicoque se encuentra obligado a llevar de dicha manera de conformidad con las leyes o resolución de Superintendencia de la Sunat. |
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Recién abrí mi empresa, ¿estoy obligado al SIRE?
Si abriste tu empresa en 2025, la obligación de usar el Sistema Integrado de Registros Electrónicos dependerá de tu régimen tributario y operaciones. Estos son los puntos clave:
- Obligación General
Desde enero de 2025, todos los contribuyentes que al 31 de diciembre de 2024 deban llevar los registros de ventas, ingresos y compras estarán obligados a usar el SIRE, incluidas las empresas del Régimen General, sin importar su fecha de constitución.
- Régimen MYPE y RER
Las empresas bajo el Régimen MYPE Tributario (REMYPE) o el Régimen Especial de Renta (RER) ya están obligadas a usar el SIRE desde períodos anteriores, como julio de 2024 en algunos casos.
- Nuevas Empresas
Si abriste tu empresa en 2025 y no tenías obligaciones previas, deberás empezar a usar el SIRE desde el primer día del tercer mes posterior a adquirir la obligación de llevar registros o al optar por ser emisor electrónico, según corresponda.
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