Índice
ToggleLa implementación de la obligatoriedad de factura electrónica en República Dominicana avanza con plazos definidos para distintos grupos de contribuyentes. Actualmente, los Grandes Contribuyentes Locales y Medianos enfrentan la fecha límite, mientras que el resto de los contribuyentes deberán adoptarla en el próximo año. En este artículo, abordaremos los detalles clave de la normativa, los plazos de implementación y las soluciones tecnológicas disponibles para cumplir con la exigencia.
¿Quiénes deben implementar la factura electrónica obligatoria en 2025?
Según la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Ley de Facturación Electrónica 32-23, el calendario de adopción establece lo siguiente:
- Desde el 15 de mayo de 2025, los Grandes Contribuyentes Locales y Medianos Contribuyentes deberán emitir facturación electrónica de manera obligatoria.
- El 15 de mayo de 2026, será la fecha límite para Pequeños, Micro y No Clasificados.
Para conocer si tu empresa está dentro de los contribuyentes obligados, puedes consultar el listado oficial publicado por la DGII.
Tipos de comprobantes fiscales electrónicos (e-CF)
Dentro del ecosistema de la facturación electrónica, existen distintos tipos de comprobantes fiscales electrónicos (e-CF) que los contribuyentes deben conocer:
- AFE (Autorización de Facturación Electrónica): Permite a los contribuyentes emitir facturas electrónicas validadas por la DGII.
- AC (Autorización de Comprobantes): Regula el uso de los comprobantes fiscales electrónicos.
- POS (Punto de Venta): Sistemas que facilitan la emisión y gestión de facturas electrónicas en comercios.
- AF (Autorización de Facturación): Esquema que habilita la generación de facturación electrónica con requisitos específicos.
Beneficios de la obligatoriedad de factura electrónica
Implementar la factura electrónica obligatoria ofrece múltiples ventajas para los contribuyentes y el Estado:
- Reducción de costos administrativos: menos uso de papel y procesos automatizados.
- Mayor seguridad y transparencia: disminución del fraude fiscal y mayor control tributario.
- Agilidad en la gestión contable: integración con software de contabilidad y automatización de reportes.
- Facilidad en auditorías: simplificación de la fiscalización por parte de la DGII.
¿Cómo cumplir con la obligatoriedad de la factura electrónica?
Para garantizar el cumplimiento de la normativa, los contribuyentes deben seguir los siguientes pasos:
- Verificar su inclusión en los listados de la DGII.
- Seleccionar un proveedor autorizado de facturación electrónica.
- Implementar un software de contabilidad compatible con el sistema de e-CF. Consulta más sobre software de contabilidad.
- Asegurar la integración con un sistema de punto de venta (POS) para la facturación ágil en comercios. Más información en punto de venta.
- Realizar pruebas y certificarse ante la DGII para emitir e-CF correctamente.
Última fecha para la implementación total de la factura electrónica
El calendario de adopción establece que para el 1 de enero de 2026, la facturación electrónica será obligatoria para todos los contribuyentes en República Dominicana. Es crucial que las empresas que aún no han iniciado el proceso tomen las medidas necesarias para garantizar su cumplimiento antes del plazo final.
La factura electrónica obligatoria representa un paso hacia la modernización fiscal y administrativa en República Dominicana. Los Grandes Contribuyentes Locales y Medianos deben cumplir con la normativa desde este año, mientras que el resto de los contribuyentes tiene hasta el próximo año para implementarla.
Si aún no has iniciado la transición, es fundamental evaluar opciones tecnológicas que faciliten el proceso. Conoce más sobre la factura electrónica obligatoria y prepárate para cumplir con la regulación a tiempo.
¡Ya conoces los beneficios de la factura electrónica! Simplifica el proceso con Alegra, el software de facturación electrónica preferido por las empresas dominicanas. Disfruta de 15 días gratis.
¿De cuánta utilidad te ha parecido este contenido?
¡Haz clic en una estrella para puntuarlo!
Promedio de puntuación 5 / 5. Recuento de votos: 1
Hasta ahora, ¡no hay votos!. Sé el primero en puntuar este contenido.