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Todo lo que debes conocer sobre la Declaración Sugerida del IVA

La DIAN ha dispuesto un nuevo servicio virtual que consiste en la Declaración Sugerida del IVA, el cual entrará en vigencia a partir del tercer bimestre de 2021, como parte de su proceso de transformación tributaria.

Como estamos próximos a la fecha de constitución de esta normativa, hemos decidido presentarte los datos más destacados sobre la Declaración Sugerida del IVA, para que de esta manera puedas estar al día con la DIAN y obtener sus beneficios.

¡Empecemos!

¿Qué es la declaración sugerida del IVA y cuál es su objetivo?

Nos referimos a la declaración sugerida del IVA como el mecanismo diseñado por la DIAN para que los contribuyentes puedan facilitar cierta información derivada de sus facturas electrónicas.

Con la finalidad de aportar en la mejora y cumplimiento de las obligaciones fiscales, del mismo modo que se obtienen beneficios tales como la disminución de los costos tributarios.

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¿A quienes va dirigida la declaración sugerida del IVA?

La DIAN, ha establecido que la declaración sugerida del IVA vaya dirigida a aquellos contribuyentes que estén obligados a realizar el pago o declaración del Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) y para aquellos a los que se disponga de información correspondiente a la facturación electrónica.

¿Qué casillas de la declaración estarán diligenciadas en el formulario de la declaración sugerida?

Cuando se hace la declaración sugerida del IVA, se debe proporcionar información por medio del “Formulario 300”, diseñado por la DIAN. Los datos a ingresar en este formulario se obtienen a partir de la factura electrónica. 

A continuación, te mostramos la información que se pondrá a tu disposición para el tercer bimestre de 2021, a modo de que puedas realizar tu Declaración sugerida del IVA sin inconvenientes: 

Sección de Ingresos – Información para ser tenida en cuenta en los siguientes renglones  

  • Suma de Renglones 27 y 38. Por operaciones gravadas al 5%.
  • Suma de Renglones 28, 36 y 37. Por operaciones gravadas a tarifa general.
  • Renglón 29. A.I.U. por operaciones gravadas (base gravable especial).
  • Renglón 35. Por operaciones exentas.
  • Renglón 39. Por operaciones excluidas.
  • Renglón 42. Devoluciones en ventas anuladas, rescindidas o resueltas. 

Sección de Compras Nacionales – Información para ser tenida en cuenta por compras a facturadores electrónicos – No incluye información sobre operaciones de comercio exterior  

  • Suma Renglones 50 y 52. De bienes y servicios gravados a la tarifa del 5%.
  • Suma Renglones 51 y 53. De bienes y servicios gravados a tarifa general.
  • Renglón 54. De bienes y servicios excluidos, exentos y no gravados.
  • Renglón 56. Devoluciones en compras anuladas, rescindidas o resueltas en el período.

Sección Liquidación Privada – Información para ser tenida en cuenta en la liquidación del Impuesto Generado 

  • Suma de Renglones 58 y 64. A la tarifa del 5%.
  • Suma de Renglones 59, 61, 62 y 63. A la tarifa general.
  • Renglón 60. Sobre A.I.U. en operaciones gravadas (base gravable especial).
  • Renglón 65. En retiro de inventario para activos fijos, consumo, muestras gratis o donaciones.
  • Renglón 66. IVA recuperado en devoluciones en compras anuladas, rescindidas o resueltas. 

Sección Liquidación Privada – Información para ser tenida en cuenta en la liquidación del Impuesto Descontable 

  • Suma Renglones 71, 73 y 74. Por compras de bienes y servicios gravados a la tarifa del 5%.
  • Suma Renglones 72, 75 y 76. Por compras de bienes y servicios gravados a la tarifa general.
  • Renglón 79. IVA resultante por devoluciones en ventas anuladas, rescindidas o resueltas.
  • Renglón 84. Saldo a favor del período fiscal anterior.

 

Paso a Paso de la declaración sugerida del IVA

La DIAN ha publicado una guía del paso a paso (Apréndelo en un DIANx3), que te acompaña en el proceso de declaración sugerida del IVA. Te mostramos los detalles del proceso: 

1- Debes estar inscrito en RUT y contar con un usuario en http://www.dian.gov.co/

2- Al ingresar, haz clic en “Diligenciar y presentar”.

3- Selecciona el “Formulario 300”.

4- En el Formulario 300 debes asignar los datos solicitados: año, periodicidad y el período. Luego haz clic en “Crear”.

5- Selecciona una respuesta conforme a tu realidad jurídica, económica y financiera.

6- Lee los términos y condiciones generados por el sistema. Si estás de acuerdo, haz clic en “Aceptar”.

7- Se desplegará la información sugerida para tu declaración. Verifícala teniendo en cuenta que estos valores han sido tomados de la información del Sistema de Factura Electrónica sobre tus operaciones económicas y financieras. Una vez aceptes la información sugerida, podrás realizar la distribución en las respectivas casillas de los valores que se sugieren.

#Nota: Si la información sugerida no coincide con los valores relacionados, te arrojará un mensaje. Si tienes la seguridad de la distribución de valores realizada en los renglones para los que aplique, haz clic en confirmar, si no, haz clic en cerrar y distribuye adecuadamente los valores.

8- Al aceptar la información sugerida, la misma será trasladada al formulario de la declaración. Deberás complementar ciertos campos, aportando la información de los demás conceptos, conforme con tu realidad jurídica, económica y financiera. Al completar los datos y estar de acuerdo con la información suministrada, haz clic en  “+”.

9- Una vez verifiques los ajustes y diligencies cada una de las secciones del Formulario 300, incluyendo las casillas que están en cero y que de acuerdo con tu realidad jurídica, económica y financiera debas diligenciar, haz clic en el botón “+” (desplegando el icono “Guardar”).

10- Presenta la declaración y realiza el respectivo pago, si hay lugar a ello. Firma la declaración haciendo uso de la Firma Electrónica, haciendo clic en el botón “Firmar”, luego haz clic en “Firmar y autorizar”.

Genera la clave dinámica que será enviada al correo registrado en el RUT, cierra la ventana, digita el código y la contraseña de la Firma Electrónica y haz clic en “Firmar”. Una vez generado el mensaje de firma exitoso, haz clic en “+”, y luego en el botón presentar “>”. Haz clic para cerrar el mensaje. Se habilitará el botón PDF y el pago vía electrónica.

#Nota: Si tienes valor a pagar, hazlo con el servicio de pago electrónico. Si no haces uso de esta opción, imprime dos (2) copias del Formato 490 y llévalas al banco para que realices el pago de la obligación.

¿Cómo puedo saber si tengo una declaración sugerida?

Para determinar si cuentas con una declaración sugerida del Impuesto sobre las Ventas – IVA puedes realizar la consulta así:

¿Qué beneficios se tienen por la declaración sugerida del IVA?

Estas y otras normativas que ha diseñado la DIAN, buscan mejorar el sistema de recaudación tributaria por medio de la digitalización de procesos, donde no solo se ahorra tiempo y sino que se contribuye con el medioambiente. 

Entre los beneficios tributarios de la declaración sugerida del IVA se pueden mencionar la disminución del porcentaje de los impuestos y de igual modo que se evitan futuras sanciones, pues se está cumpliendo con lo dispuesto por la DIAN.

Para este proceso recuerda que debes estar al día con el proceso de facturación electrónica. Si todavía no cuentas con un sistema emisor de factura electrónica, no te preocupes, pues ¡Alegra es la mejor solución! ya que nuestro software cumple con todos los requerimientos que ha establecido la DIAN.

Ahora que conoces cómo es la declaración sugerida del IVA, te recomendamos ver más del contenido especializado que tenemos en nuestra web: “DIAN – Anexo técnico versión 1.8 – Resolución 000012 del 09 febrero de 2021”.

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Actualizado el 21 marzo, 2024
7 min de lectura

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