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Anexo técnico 1.9: lo nuevo de la facturación electrónica en Colombia

Anexo técnico 1.9

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales —DIAN— expidió la Resolución 000008 que aplaza las fechas de implementación para la generación y transmisión de los documentos electrónicos y la adopción del anexo 1.9 de facturación electrónica.

Estos ajustes son cruciales para las empresas que deben alinear sus procesos de facturación con las nuevas directrices fiscales, garantizando así el cumplimiento y la eficiencia operativa en el nuevo marco regulatorio. ¿Sabes qué requisitos debes cumplir en tu organización? ¡Veamos de qué trata! 👇

¿Qué dice el anexo técnico 1.9?

El Anexo técnico 1.9 es la última actualización impuesta por la DIAN, la cual establece nuevas normativas y estándares para la emisión de facturas electrónicas. 

Este anexo aborda desde los formatos de los documentos hasta los métodos de transmisión y almacenamiento, asegurando que los datos sean manejados de manera más eficiente y segura.

¿Cuáles son los cambios más relevantes que trae el Anexo técnico 1.9?

Los cambios introducidos en el Anexo técnico 1.9 afectan diversos aspectos de la facturación electrónica. Los más relevantes incluyen:

  • Verificación de datos del emisor: los datos del perfil de tu organización en tu plataforma de facturación electrónica deben coincidir exactamente con los registrados en el RUT. Si no coinciden, tus documentos electrónicos serán rechazados.
  • Notas crédito sin referencia de factura de venta: ahora es obligatorio incluir la fecha de elaboración de la factura de venta en el XML de la nota crédito.
  • Nuevos motivos DIAN para notas crédito/débito: se han eliminado el motivo “Otros” y se han añadido “Descuento comercial por pronto pago” y “Descuento comercial por volumen de ventas”.
  • Nuevo tipo de identificación: Se ha incluido el tipo de identificación PPT (Permiso Protección Temporal).
  • Información adicional para el control cambiario: se adicionan los campos “Modo de operación”, para las transacciones de compra y venta de divisas.
  • Códigos de tributo para impuestos saludables: se incluyen los códigos para los impuestos al consumo de bebidas azucaradas, productos comestibles ultraprocesados y licores.

Profundiza más sobre la facturación electrónica con: Facturación electrónica en Colombia: de la A a la Z

¿Quién debe facturar electrónicamente en 2024?

Todos los contribuyentes registrados ante la DIAN que realicen actividades económicas que generen IVA o impuesto al consumo están obligados a implementar la facturación electrónica. Esto incluye grandes empresas, pymes y hasta algunos tipos de freelancers y emprendedores.

¡Mira nuestro video y aprende más sobre los cambios en el anexo técnico 1.9! 🤓

¿Cuál es la fecha de implementación de la facturación electrónica 1.9?

El plazo final para la implementación obligatoria del Anexo técnico 1.9 es el 1 de mayo de 2024. Este plazo aplica tanto para los nuevos emisores como para aquellos que ya están utilizando la factura electrónica y necesitan actualizar sus sistemas.

Calendario de implementación del documento POS electrónico

Ten presente que la resolución 000008 del 31 de enero de 2024 también modifico el calendario de implementación para el documento equivalente electrónico POS. El calendario establecido por la DIAN es el siguiente:

  • 1 de mayo de 2024: grandes contribuyentes.
  • 1 de junio de 2024: declarantes del impuesto sobre la renta que no tengan la calidad de grandes contribuyentes.
  • 1 de julio de 2024: no declarantes del impuesto sobre la renta y sujetos que no tengan ninguna de las calidades mencionadas.

Conoce más del POS electrónico con nuestro artículo: Descubre si tu negocio está obligado a implementar el POS electrónico en 2024

Calendario de implementación para los otros documentos equivalentes

Documento equivalente electrónicoFecha máxima de implementación en 2024
Servicios públicos domiciliarios1 de agosto
El tiquete de transporte de pasajeros1 de agosto
El extracto1 de agosto
El tiquete o billete de transporte aéreo de pasajeros1 de septiembre
La boleta, fracción, formulario, cartón, billete o instrumento en juegos de suerte y azar diferentes a los juegos localizados1 de septiembre
El documento en juegos localizados1 de septiembre
El documento expedido para el cobro de peajes1 de octubre
El comprobante de liquidación de operaciones expedido por la Bolsa de Valores.1 de octubre
El documento de operaciones de la bolsa agropecuaria y de otros commodities.1 de octubre
La boleta de ingreso a espectáculos públicos de las artes escénicas, y otros espectáculos públicos1 de noviembre
La boleta de ingreso a cine1 de noviembre

¿Qué hacer si mi software de facturación electrónica no es compatible con el Anexo técnico 1.9?

Si tu software actual no cumple con las nuevas especificaciones del Anexo técnico 1.9, es crucial contactar a su proveedor para discutir las opciones de actualización o cambio de software. 

🚀 Tip Alegra: Alegra ya tiene estas actualizaciones para asegurar la compatibilidad y el cumplimiento.

¿Hay sanciones por no cumplir con la facturación electrónica 1.9?

Sí, las sanciones por no cumplir con los requisitos de facturación electrónica pueden ser significativas. Estas incluyen multas, cierres temporales de establecimientos y otras penalizaciones que pueden afectar gravemente la operación de tu negocio.

👉Recuerda que el valor de la sanción mínima en 2024, es de $471.000 pesos.

Para más detalles sobre este y otros temas relevantes que impactan a tu empresa, te invitamos a seguir explorando el Blog de Alegra. 

¡Aquí encontrarás recursos constantemente actualizados y consejos expertos que te ayudarán a navegar con éxito las complejidades del entorno empresarial y fiscal de Colombia!

👓 En resumen...

El Anexo Técnico 1.9 introduce cambios significativos en la facturación electrónica para 2024 en Colombia. Entre las novedades están la verificación exacta de datos del emisor, la inclusión de nuevos motivos para notas crédito/débito, y la adición de códigos de tributo para impuestos saludables. Todos los contribuyentes deben cumplir con estas normativas a partir del 1 de mayo de 2024.

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Andrea Jaramillo

Apasionada del universo contable, financiero y tributario. Con años de experiencia en redacción y marketing de contenidos. Especializándome en finanzas y contabilidad. Fuera del teclado, soy la fan #1 de mi gata Mei y las hamburguesas.
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jose vicente BAQUERO baquero zapata
jose vicente BAQUERO baquero zapata
2 meses hace

Andrea buena tarde la factura del agua las empresas publicas que requisitos deben cumplir y su paquete esta apto para el cumplimiento de este tipo de empresas?

Luis Maraví
Luis Maraví
Admin
Respuesta a  jose vicente BAQUERO baquero zapata
2 meses hace

¡Hola, José! Para emitir facturas de servicios públicos domiciliarios, como la factura del agua, las empresas deben cumplir con los requisitos establecidos en el Anexo Técnico 1.9 de la DIAN. Nuestro paquete de facturación electrónica de Alegra está apto para cumplir con estos requisitos, asegurando que tu empresa pueda facturar de manera eficiente y conforme a la normativa vigente.

Actualizado el 17 mayo, 2024
5 min de lectura

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