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Los 10 decretos de RESICO para toda persona moral

te compartimos los puntos más importante sobre RESICO, el nuevo régimen para personas morales

¿Existen decretos en RESICO, el nuevo régimen para personas morales en México? Creemos que si el objetivo de RESICO es hacer una máxima simplificación de la declaración de impuestos y contabilidad para los contribuyentes de México, entonces debe tener reglas muy claras para su aplicación. 

Si estás un poco perdido en el tema o simplemente quieres perfeccionar tu dominio sobre RESICO, te contamos los 10 decretos que resumen por completo lo que toda persona moral debe saber para sacar el máximo provecho de este régimen. 

En contexto: recuerda que RESICO es para cualquier persona que realice actividades empresariales, presten servicios de arrendamiento de bienes o se dediquen a AGAPES. La Secretaría de Administración Tributaria (SAT) lo preparó desde finales de 2021 y entró en vigor el 1° de enero del presente año.

1. Ser persona moral con menos de $35 millones de ingresos en el ejercicio anterior

Si se cumple con ese requisito entonces no es opcional la migración a RESICO. Ya sea que se notifique al SAT antes del 31 de enero esta actualización de actividades económicas y obligaciones o no, de igual forma serás trasladado al nuevo régimen. Recuerda que la persona moral debe estar constituida sólo por personas físicas. 

💡Tip Alegra: Si es persona moral de nueva creación, sólo debes estimar que no supere los $35 millones de ingresos anuales.

Persona moral que no puede tributar en RESICO:

  • Las que tengan socios, accionistas o integrantes que participen en otras sociedades mercantiles donde tengan el control de la sociedad o de su administración, o cuando sean partes relacionadas.
  • Las que realicen actividades a través de fideicomiso o asociación en participación.
  • Las instituciones de crédito, seguros, fianzas, almacenes generales de depósito, arrendadoras financieras y uniones de crédito
  • Las que tributen en el Régimen Opcional para Grupos de Sociedades
  • Las Coordinadas y quienes tributen en RESICO
  • Las que estén en el Régimen de las Personas Morales con Fines no Lucrativos.
  • Las Sociedades Cooperativas de Producción.

2. ISR simplificado que trabaja a favor de la persona moral

Pagos provisionales mensuales: a más tardar del día 17 del mes inmediato posterior al que corresponde el pago, con un ISR del 30%. Te compartimos una checklist para que determines la utilidad fiscal:

✅  Sumar el total de los ingresos efectivamente COBRADOS del mes/ejercicio.

✅  Restar las deducciones autorizadas efectivamente erogadas del mes/ejercicio.

✅  Restar la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas pagadas del mes/ejercicio.

✅  Restar las pérdidas fiscales ocurridas en ejercicios anteriores que no se hubieran disminuido (si aplica).

✅  Acreditar al ISR que se determine los pagos provisionales del mismo ejercicio efectuados con anterioridad.

✅  Acreditar al ISR la retención que se le hubiera efectuado al contribuyente en el ejercicio por instituciones que componen el sistema financiero.

💡 Tip Alegra: En RESICO los pagos provisionales no se calculan con base a un coeficiente de utilidad en lugar de ello se calcula la tasa del 30% a la utilidad fiscal real de la empresa ya que se maneja a través del flujo de efectivo.

3. Precisión en los ingresos efectivamente percibidos/cobrados 

Te resumimos lo que son los ingresos percibidos: 

  • Pagos en efectivo, en bienes o en servicios, aún cuando correspondan a anticipos, depósitos o cualquier otro concepto, sin importar el nombre con el que se les designe.
  • Títulos de crédito emitidos por una persona distinta de quien efectúa el pago.
  • Cheques: el ingreso en la fecha de cobro o cuando los contribuyentes transmitan los cheques a un tercero, excepto cuando dicha transmisión sea en procuración.
  • Cuando el interés del acreedor quede satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones.
  • Cuando efectivamente se perciba la enajenación de bienes que se exporten. Si no se cumplen 12 meses desde la exportación se deberá acumular el ingreso transcurrido dicho plazo.

💡 Tip Alegra: Si tienes materias primas, productos semi terminados o terminados adquiridos antes de RESICO, deberán seguir bajo el mismo ISR hasta agotarlas. 

4. Precisión en las erogaciones efectivamente deducibles

Te resumimos lo que son las erogaciones deducibles:

  • Devoluciones que se reciban o descuentos/bonificaciones que se hagan o inversiones.
  • Adquisiciones de mercancías y materias primas.
  • Gastos netos de descuentos, bonificaciones/devoluciones.
  • Intereses pagados derivados de la actividad, y los que se generen por capitales tomados en préstamo con comprobante fiscal correspondiente.
  • Cuotas a cargo de los patrones pagadas al IMSS.

💡 Tip Alegra: También podrías hacer aportaciones complementarias a las reservas para fondos de pensiones o jubilaciones del personal, así ayudarás a los demás y ahorrarás.

5. Inversiones deducibles en el ISR siempre que no excedan los $3 millones de pesos

En este caso aplican: activos fijos, gastos y cargos diferidos, y las realizadas en periodos pre operativos, determinadas por sus porcentajes máximos autorizados sobre el monto original de la inversión +  los impuestos efectivamente pagados por adquisición o todos los procesos requeridos durante la importación.

Cualquier inversión adquirida antes del 1° de enero de 2022 deberán seguir aplicando los porcentajes máximos de deducción según los plazos que hayan transcurrido.

💡 Tip Alegra: En comparación con los porcentajes aplicables en el régimen general, los de RESICO son iguales o muy superiores. Puedes ver la tabla específica con cada tipo de inversión aquí.

6. Requisitos para que las erogaciones sean deducciones autorizadas

A considerar que se deben cumplir otras disposiciones fiscales. Aquí te dejamos la checklist:

✅  Que sean efectivamente erogadas. 

✅  Inversiones deducidas en el ejercicio en el que se inicie su utilización o en el ejercicio siguiente.

✅  Son indispensables para la obtención de ingresos.

✅  Se restarán una sola vez.

✅  Pagos de primas se deberán hacer conforme a la Ley del ISR.

✅  Pagos a plazos: la deducción procederá por el monto de las parcialidades efectivamente pagadas en el ejercicio.

✅  Tratándose de inversiones, no se les dé efectos fiscales a su revaluación.

7. Disminución de pérdidas fiscales dentro de los 10 ejercicios siguientes 

Para verificar si hay pérdidas fiscales se debe comprobar que los ingresos efectivamente percibidos en el ejercicio sean menores a las deducciones autorizadas (adicionando la PTU pagado).

En este caso, las personas morales tendrán 10 ejercicios posteriores para agotarla. Pero si te brincas un ejercicio, perderás el derecho de continuar. 

Para sacar la PTU debes restar de la totalidad de los ingresos acumulables del ejercicio, las deducciones autorizadas.

8. Obligaciones fiscales súper simplificadas

Te compartimos esta checklist de las obligaciones fiscales que como persona moral debes cumplir en RESICO:

✅ Generar y solicitar TODOS tus CFDI.

✅  Generar los estados de posición financiera y levantar inventarios.

✅  Hacer la declaración anual en el primer trimestre siguiente al ejercicio.

✅  Declarar los saldos insolutos de los préstamos al 31 de diciembre del ejercicio anterior.

✅  Llevar registro de las operaciones que se efectúen con títulos de valor.

✅  Informar sobre préstamos y aumentos de capital.

9. IVA conocido e inalterable en RESICO

A pesar de la reestructuración del ISR, el Impuesto del Valor Agregado (IVA) no sufrió ningún tipo de cambio o mecánica diferente para su pago. Seguirá siendo mensual, conforme a lo dispuesto en la ley.

💡 Tip Alegra: Si necesitas una aclaración rápida y fácil de qué son ISR e IVA y cuándo aplican, te recomendamos esta nota.

10. Interrupción de requisitos implica expulsión de RESICO

Si no cumples con los requisitos, deberás presentar el aviso para la actualización de actividades y obligaciones ante el SAT en el ejercicio inmediato siguiente, porque lamentablemente ya no podrás declarar con RESICO. 

Esto sí implica una pérdida económica, ya que los deducibles del ISR en RESICO favorecen por completo a las personas morales. Debes ser cuidadoso con los límites de cada mes para presentar tus declaraciones, si necesitas una ayuda extra para cuidar tus ahorros te recomendamos una herramienta digital donde podrás llevar tu administración y sistema de facturación. Tener todo mucho más organizado y automatizado te ofrecerá la tranquilidad de que estarás aprovechando las mejores características de RESICO.

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Actualizado el 23 de abril de 2024
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